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El Tribunal General de la Unión Europea dictó el pasado 13 de julio, dos sentencias en las que condena respectivamente al Parlamento Europeo (PE) y al Banco Europeo de Inversiones (BEI) a abonar una indemnización por daños y perjuicios de 10.000 euros a unos empleados víctimas de acoso en el trabajo. Una práctica endémica que en nuestro país aún necesita algunas reformas que protejan al trabajador

En el caso del PE, Asunto T215/17, una asistente de una eurodiputada pudo demostrar que había recibido humillaciones, amenazas, muestras de desprecio, insultos y gritos. Desde el PE se vio el tema como una disputa pero no se amparó a la asistente.



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