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Bruselas, 10 abr (EFECOM).- El Tribunal General de la Unión Europea (TJUE) dio este miércoles la razón al banco Dexia en su recurso que cuestionaba las contribuciones que la Junta Única de Resolución (JUR) exigió a las entidades financieras en 2022 para construir el fondo europeo de recuperación.

El tribunal europeo -que cuestiona por segunda vez en apenas tres meses las contribuciones exigidas a los bancos- considera que la JUR "rebasó un límite anual impuesto por la normativa aplicable" al calcular las cantidades que debían aportar al Fondo Único de Resolución (FUR), que se utiliza en casos de quiebras bancarias.

En el fallo, los jueces europeos explican que la JUR no podía exigir cada año unas contribuciones que excediesen en conjunto el 12,5 % del objetivo final del fondo, que era de casi 80.000 millones de euros.

Por tanto, el límite anual se situaba en unos 9.999 millones y la JUR "incumplió la referencia exigida" cuando estableció contribuciones de 14.253 millones para 2022.

En consecuencia, anula dicha decisión en la parte que afecta a Dexia y da a la JUR seis meses para que adopte las "medidas necesarias" para cumplir con la sentencia de hoy, sobre la que todavía cabe recurso.

El TGUE justifica este plazo alegando que si la JUR estuviera obligada a reembolsar con efectos inmediatos el importe de la contribución a Dexia y al resto de bancos que han recurrido con sus mismos argumentos se estaría privando al fondo de recursos "que pueden resultar necesarios para garantizar la estabilidad de la zona euro y la estabilidad financiera de la Unión".

El FUR es un fondo de emergencia que puede utilizarse en tiempos de crisis y tiene como objetivo evitar que las entidades de crédito y determinadas empresas de servicios de inversión quiebren una vez se agotan las demás opciones.

Se trata de un fondo financiado por el propio sector bancario que se constituye por medio de las contribuciones que pagan las entidades de los 21 países integrados en la unión bancaria, y el importe de las contribuciones se establece en función del tamaño y el riesgo de las entidades.

Con la sentencia de hoy, el TGUE ya ha cuestionado en dos ocasiones las contribuciones anuales exigidas por la JUR a los bancos europeos.

En diciembre del pasado año, el tribunal dio la razón a algunos bancos franceses y uno alemán que también habían recurrido las cantidades que debieron aportar a dicho fondo en 2021 alegando que el importe no era "coherente".

En ese asunto, el Tribunal General de la UE consideró que la JUR había incumplido su "obligación de motivación" a la hora de determinar el nivel de financiación anual para el periodo de contribución de 2021. 




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