Abogacía diligente en riesgo jurídico del consumidor digital
Por: Camilo Alfonso Escobar Mora, Ph.D., fundador de Protsumer, Entrenamiento de abogados en ciclo completo del conflicto sobre riesgo legal del consumidor digital protsumer.com.
Los abogados son diligentes cuando conocen en profundidad profesional los riesgos jurídicos frente al consumidor involucrado con el medio digital, es decir, cuando conocen los detalles jurídicos, que son las características que se debe atender (condiciones/requisitos que se deben cumplir) para la aplicación de los derechos y deberes -porque cuando se gestiona, diligentemente, el riesgo jurídico existe el ejercicio de los derechos y deberes en el vínculo jurídico preventivo o correctivo entre la empresa mercantil (comercial) y el consumidor donde esté presente lo digital (es decir, lo soportado en bits, que está presente, existe, en lo análogico, es decir, en átomos; o sea, en lo físico tradicional: la realidad, humanamente; diligentemente)-.
Un abogado es diligente cuando puede determinar, sólidamente, cuando ha existido cumplimiento (diligencia) o culpa (negligente o dolosa) en relación con los riesgos jurídicos vinculados con el consumidor en lo digital, es decir, cuando son capaces de detectar los riesgos jurídicos existentes y la forma en la que se debe cumplir con lo procedente jurídicamente, a la medida de cada quien incluido en el caso, incluido su propio ser (como/de abogado) y cuando asumen lo que les corresponda jurídicamente ante la gestión del todo de dicho riesgo, preventiva y/o correctivamente.
Deber poder saber qué riesgos jurídicos existen en la pre-disputa, la disputa y la post-disputa y, en definitiva, la manera en la que aplica el deber ser jurídico en casos (relaciones jurídicas) donde participen la empresa mercantil -comerial- y el consumidor, en relación con esta, estando presente lo digital dentro del todo del contexto (forma) del caso -digital/analógico/híbrido/definitivo/formado/total/existente) involucrado. Así sabe cómo cada quien en el caso debe ser diligente o quién o quiénes han ocasionado un conflicto -incumplimiento, culpa jurídica-.
Es decir, no se trata de entender que el abogado es diligente por el hecho de saber gestionar los riesgos específicos a su cargo directamente, cómo parcipante en el caso donde ejerza profesionalmente, sino de qué esté claro que la gestión del riesgo jurídico a su cargo significa que debe tener comprensión de la forma en la que los riesgos deben ser gestionados por cada quien en el caso, según como existan las personas como organizaciones e individuos humanos en él, y de lograr que exista dicha gestión, por parte de cada quien, a la medida de cada quien, en lo que dependa de su ser cómo abogado, según el caso, y de que si no se cumple con ello, por algunos o todos los demás, logre la solución, efectiva (completa, más simple posible), del conflicto -disputa- y de que en la post-disputa se obtenga el aprendizaje con lo sucedido en la pre-disputa, la disputa y la propia post-disputa y se den los ajustes, por ende, integral/oportuna/probada/válidamente para evitar futuros incumplimientos en lo posible, incluido lo previsible, jurídicamente, en lo relacionado con ello, según cada quien.
Esto no se conoce con el solo hecho de tener presentes unas normas al respecto sino contando con una organización de los fundamentos del derecho, es decir, de los indicadores -elementos, las condiciones- del cumplimiento e incumplimiento del derecho (indicadores jurídicos) y con la generación y aplicación de una metodología, contundente (universal, certera; diligente) al respecto. De hecho, en Protsumer logramos una de alto valor jurídico que simplifica (optimiza) el trabajo de los abogados al aumentar su capacidad jurídica frente a ello -los riesgos jurídicos del consumidor digital, a nivel preventivo y correctivo (proactivo)-.
