JUC


La acumulación de penas y la refundición de condenas se confunden con frecuencia, pero son figuras distintas. La acumulación fija el límite máximo de cumplimiento de varias penas (artículo 76 del Código Penal). La refundición suma las condenas a efectos penitenciarios para calcular beneficios como la libertad condicional (artículo 193 del Reglamento Penitenciario).

Una opera sobre el tope de la pena; la otra, sobre el cómputo penitenciario. Confundirlas lleva a errores de cálculo que afectan al tiempo real de prisión.

VER POST