Como resalta la Sentencia Núm. 239/2019, de 2 de octubre, de la Audiencia Provincial de Jaén [1], respecto del delito de abandono de familia, "que se trata básicamente de un delito de omisión, por incumplimiento injustificado de los deberes de asistencia inherentes a la tutela y se requiere la capacidad para realizar la acción debida.
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