Reciente aún la decisión del TC en su Sentencia 92/2019, de 15 de julio que hacía suyo el razonamiento contenida en la Sentencia del TJUE 8 de mayo de 2019 (Asunto Villar Láiz) y que resolvía sobre la aplicación –en el marco de una política legislativa del concepto de discriminación indirecta- se dicta por el TJUE una nueva resolución en la que se alude a dicha doctrina pero analizando el carácter discriminatorio de una medida de reestructuración empresarial.
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