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Se introducen cambios importantes en la Ley para facilitar que el propietario pueda recobrar la posesión en los supuestos de ocupación ilegal de viviendas.

Esta modificación en la Ley (aprobado permite más facilidad para recobrar la posesión en los supuestos de ocupación ilegal de viviendas (se actualiza el tradicional “interdicto de recobrar la posesión“).

Como reza en el preámbulo, la ocupación ilegal, esto es, la ocupación no consentida ni tolerada, no es título de acceso a la posesión de una vivienda ni encuentra amparo alguno en el derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna.



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