Las capitulaciones matrimoniales son la convención o pacto por el que los cónyuges o prometidos acuerdan el estatuto patrimonial por el que ha de regirse su matrimonio. Es ya clásica la definición de capitulaciones matrimoniales dada por el profesor Díez-Picazo, que las conceptúa como el negocio de Derecho de Familia a través del cual los cónyuges o futuros cónyuges establecen las reglas relativas a su régimen económico matrimonial o cualesquiera otras disposiciones por razón de su matrimonio.
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