La iniciativa busca acabar con la "paradoja de la injusticia": actualmente es más fácil obtener indemnización por un día de prisión preventiva que por años de condena firme errónea. La propuesta alinea la legislación española con los Tratados Internacionales (CEDH y PIDCP) y el artículo 10.2 de la Constitución
Una Comisión Promotora integrada por especialistas del ámbito jurídico de la que forma parte la abogada Celia Carbonell, Premio Hay Derecho 2024, ha registrado este martes en el Congreso de los Diputados una Proposición de Ley para reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). El objetivo es subsanar una "omisión técnica" que impide que cientos de personas que cumplen condenas injustas sean resarcidas de forma efectiva por el Estado.
Carbonell ha sido testigo directo de un error judicial al defender a un inocente. En el año 1992, el Sr Ahmed Tommouhi fue objeto de una condena penal firme por la comisión de diversos delitos ocurridos en 1991 contra la libertad e indemnidad sexual. Estuvo en prisión casi 16 años, extinguiendo la totalidad de la pena en el año 2009.
En el 2021, esta abogada, interpuso recurso extraordinario de revisión ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. En el 2023 el Alto Tribunal dictó sentencia estimatoria, fundamentada en la aparición de elementos probatorios de tal entidad que determinaron la anulación de la sentencia condenatoria reconociendo la inocencia del Sr. Tommouhi.
Tras la anulación de la sentencia su abogada ha instado el procedimiento de responsabilidad patrimonial del Estado por error judicial. En vía administrativa la pretensión indemnizatoria fue desestimada por silencio administrativo. En los tribunales, vía contenciosa administrativa, se interpuso recurso ante la Audiencia Nacional, este órgano jurisdiccional dictó sentencia desestimatoria. El tribunal argumento la inexistencia de un error judicial ostensible y manifiesto denegando la indemnización.
En la actualidad, el asunto se haya a sub iudice ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la Sala Contencioso - Administrativa. El pronunciamiento de la Sala sería el primero que se conoce en este tipo de asuntos.
El fin de una discriminación arbitraria
Bajo el marco legal actual, el artículo 294 de la LOPJ reconoce el derecho a indemnización a quienes sufren prisión preventiva y luego son absueltos. Sin embargo, para quienes cumplen una pena de prisión tras una sentencia firme que luego es anulada por el Tribunal Supremo, el camino hacia la reparación es una "misión imposible" que exige demostrar una negligencia judicial grave.
"Es una contradicción flagrante: el Estado asume su responsabilidad cuando priva de libertad legalmente de forma cautelar, pero pone barreras insalvables cuando el error es mayor y la privación de libertad es definitiva", señala la propia abogada
Según nos explica, la reforma se sustenta en el "Bloque de Convencionalidad", denunciando que España incumple sistemáticamente el Protocolo nº 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Según estos tratados, el solo hecho de la anulación de una condena debe dar lugar a una indemnización, sin necesidad de demostrar dolo o culpa del juez.
Nuestra publicación ha podido conversar con esta letrada para conocer sus impresiones sobre esta iniciativa que, caso de cristalizar, podría llenar el vacío legal existente que hay en nuestro país sobre este tipo de asuntos. Curiosamente los errores judiciales cada vez son más frecuentes y hay ciudadanos como el caso de Tommouhi que luego se demuestra que fueron inocentes.

Celia Carbonell, promotora de la iniciativa, aparece Ahmed Tommouhi, ya en libertad, aunque fue objeto de una condena penal firme por la comisión de diversos delitos ocurridos en 1991 contra la libertad e indemnidad sexual. Estuvo en prisión casi 16 años, extinguiendo la totalidad de la pena en el año 2009. (Foto ACIJUR)
L&T:. Muchos se estarán preguntando si esta propuesta no es realmente una cuestión de dinero ¿qué tienes que decir para aquellos que así lo piensen?
C.C:. No es una cuestión de dinero, es una cuestión de dignidad. El Estado no puede cometer el error más grave posible —quitarle la libertad a un inocente— y luego esconderse tras trámites burocráticos para no pedir perdón ni reparar el daño.
P. ¿Es una injusticia que la ley no reconozca este tipo de indemnización?
R. Es una paradoja de la injusticia, me explico, actualmente nuestra ley protege más a quien entra en prisión de forma preventiva que a quien es condenado por error. Es decir: a menos tiempo en la cárcel, más fácil es cobrar; a más tiempo y mayor error, más obstáculos pone el Estado. Es el mundo al revés.
P. A nivel europeo ¿ocurre lo mismo? Me refiero si tenemos en cuenta la normativa europea.
R. España está en 'fuera de juego' internacional. Hay un incumplimiento internacional. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la ONU ya nos dicen que esto es ilegal. No estamos pidiendo un favor, estamos pidiendo que España cumpla con los tratados que ya ha firmado.
P. Es el error judicial, en España ¿una "Misión Imposible"?
R. Hoy en día, para que te indemnicen por una condena injusta, tienes que demostrar que el juez actuó con maldad. Nosotros decimos que basta con que se demuestre que eres inocente. El error es del sistema, y el sistema debe responder, pero no solo con el injustamente condenado, también con las víctimas a la que se les hizo creer que habían encontrado al culpable.
Un Estado de Derecho requiere de seguridad jurídica para sus ciudadanos. La seguridad jurídica no es solo que las leyes se cumplan, es si el Estado se equivoca y te rompe la vida, el Estado te ayude a reconstruirla. España es un país al que le cuesta mucho reconocer sus errores judiciales.
P. ¿Como es posible que en pleno siglo XXI se produzca un error judicial de este tipo? ¿ Qué es lo que está fallando en nuestro sistema?
R. Bueno, este error es del siglo anterior, pero se sigue fallando en lo mismo: quedarnos solo con el testimonio de la víctima. Es curioso que a medida que el sistema judicial se vuelve más garantista y tecnificado, persisten fallos que parecen propios de épocas pretéritas.
Como jurista, puedo decirte que no hay una única causa, sino una confluencia de debilidades estructurales y procesales. Faltan medios y sobran promesas.
Puedo hablarte de algunos casos mediáticos que, desde mi humilde punto de vista, se ha cometido un error judicial, sobre todo aquellos que pasan por un Tribunal del Jurado.
El sistema falla cuando confunde la "cosa juzgada" (la seguridad de que las sentencias no cambien) con la "infalibilidad del juez". La justicia del siglo XXI debe ser humilde, si el Estado se equivoca y arruina la vida de un ciudadano, la reparación debe ser automática e integral, sin obligar a la víctima a un nuevo calvario judicial para demostrar que el error fue "suficientemente grave".
P. ¿Llega a recuperarse una persona que ha sufrido ese error judicial y puede volver a rehacer su vida, o realmente le queda un trauma de por vida?
R. No puedo dar una respuesta cierta a eso porque no lo he vivido en mi propia carne, pero a poco ejercicio de empatía que uno sea capaz de realizar no creo que exista ni recuperación ni reparación para algo así. Estar en prisión durante casi 16 años, encerrado, sin poder estar con tu familia, sin poder labrarte un futuro, todo eso sabiendo que eres inocente.
Piénsalo. Es muy duro. El Sr. Tommouhi entró en un mundo y salió en otro tecnológica, económica y socialmente diferente. Sales y no tienes nada, pérdida de vínculos familiares, estigmatizado, la gente sigue dudando de que seas inocente. La rehabilitación jurídica no conlleva la rehabilitación vital. No, no creo que uno pueda recuperarse de algo así.
“Lo costoso para los ciudadanos de una democracia es que el Estado mire hacia otro lado ante este tipo de situaciones”
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Imagen de la Exposicion de Motivos de esta Proposicion de Ley que se ha presentado en el Registro del Congreso este martes (Celia Carbonell)
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P. ¿Este tipo de indemnizaciones pueden ser costosas y por eso no se autorizan en la práctica? será esto muy costoso para las arcas públicas?
R. Lo que es costoso para la democracia es tener a inocentes en la cárcel sin reparación. Además, los casos de revisión de condena firme son excepcionales. No hablamos de un gasto masivo, sino de un acto de justicia mínima para casos dramáticos. Lo costoso para los ciudadanos de una democracia es que el Estado mire hacia otro lado ante este tipo de situaciones.
P. ¿Cuál es la responsabilidad, si la tienen, que tienen los jueces a los que se les acusa de este tipo de errores?
R. Desde el año 2015 se pasó de un sistema de "culpa del juez" a uno de "responsabilidad objetiva del Estado", descargando la presión sobre la figura del juez y centrándola en la responsabilidad de la Administración de Justicia como servicio público. El Estado decidió asumir la responsabilidad de los errores cometidos por los jueces y debe responder ante ello.
No es comprensible que alegase su imposibilidad por el coste que ello supone para las arcas. Si el Estado considera que no lo puede asumir tendrá que cambiar las normas. No querer asumir lo que legítimamente decidió asumir sería contradictorio. Otra paradoja de la injusticia.
P. ¿Cómo se cuantifica esa indemnización? ¿Hay algún baremo establecido?
R: Para evitar que la indemnización dependa de si te toca un tribunal más generoso o uno más restrictivo se hace necesario establecer un baremo que se aplique tanto a la prisión preventiva como a la prisión por condena una vez cumplida y declarada la inocencia.
Un día de libertad de un ciudadano vale lo mismo aquí que en cualquier otra ciudad, y el Estado debe saber de antemano cuánto le cuesta su error. Un baremo de “dignidad” con carácter progresivo y aplicando un factor de corrección dependiendo del tipo de delito por el que ha sido condenado y la situación familiar, respetando, como para cualquier ciudadano español, el Salario Mínimo Interprofesional. Se han dictado indemnizaciones totalmente ridículas que ni de asomo respetan ese SMI.
P. ¿Has pedido ayuda a alguien para que esta proposición pueda salir hacia adelante?
R. He pedido ayuda a muchas personas…representantes políticos tanto de izquierda como de derecha, asociaciones, incluso al Consejo General de la Abogacía. Hasta la fecha no he obtenido respuesta, pero esto no lo digo como una crítica, debemos de tener en cuenta que España es un país, como cualquier otro, que tiene un sinfín de problemas pendientes de resolver.
Es totalmente comprensible la falta de respuesta por existir otros asuntos que revisten de prioridad. Lo cierto es que dado el tiempo transcurrido hemos considerado que tocaba embarcarnos en este camino y crear una comisión promotora. Es verdad que solo somos tres, pero con muchas ganas y las ganas lo pueden todo.
Estoy convencida de que, si la Mesa admite esta propuesta, todas esas personas y asociaciones a las que he pedido ayuda van a estar ahí para la recogida de firmas. Sería decepcionante si no fuera así. Esta propuesta es legítima para cualquier ciudadano.
P. Si sale adelante y todo sigue su curso, ¿Cuál es el mensaje que quiere enviarles a los partidos políticos?
R. Esta comisión promotora insta a los grupos parlamentarios a apoyar esta reforma por "higiene democrática" y para garantizar que el derecho a la libertad personal (Art. 17 CE) tenga una garantía real de reparación cuando es vulnerado por el propio sistema judicial.