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La indemnización por despido improcedente vuelve a situarse en el centro del debate laboral en España. Aunque algunos trabajadores consideran que la compensación legal no refleja el perjuicio económico y personal sufrido tras perder su empleo, la jurisprudencia del Tribunal Supremo limita la posibilidad de reclamar una cantidad adicional por esa razón. Así lo analiza el despacho Català Reinón Abogados en su blog, a partir de las resoluciones judiciales que han consolidado el criterio aplicable y de las consecuencias que tiene para quienes deciden impugnar un despido.

Una indemnización fijada por ley

La cuestión principal es si un juez puede incrementar la indemnización prevista en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores cuando considera que la cantidad resultante es insuficiente para compensar las consecuencias del despido.

Según explica Català Reinón Abogados, el Tribunal Supremo ha establecido que esta compensación tiene una cuantía tasada, calculada principalmente en función del salario y la antigüedad. Por tanto, no puede aumentarse libremente atendiendo al perjuicio particular que haya sufrido cada trabajador.

El despacho resume este criterio señalando que la indemnización legal «es tasada». La fórmula busca ofrecer previsibilidad tanto a las empresas como a los empleados, aunque también ha suscitado críticas sobre si garantiza una reparación adecuada en todos los supuestos.

La sentencia del Tribunal Supremo 1350/2024, de 19 de diciembre, abordó la relación entre el sistema español y el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Posteriormente, la STS 736/2025, de 16 de julio, examinó también la Carta Social Europea revisada. De acuerdo con el análisis publicado por el equipo especializado en Derecho Laboral de Català Reinón, estas resoluciones no permiten que los jueces añadan automáticamente una compensación individual a la prevista legalmente.

Los tratados internacionales no permiten sumar una cantidad extra

El debate se apoya, en parte, en las normas internacionales que reconocen el derecho de los trabajadores despedidos injustificadamente a recibir una indemnización adecuada u otra reparación apropiada.

Sin embargo, el Supremo considera que estas disposiciones no autorizan, por sí solas, a convertir la indemnización española en una cantidad mínima sobre la que cada órgano judicial pueda añadir otra suma según las circunstancias personales del afectado.

Esto significa que alegar una antigüedad reducida, dificultades para encontrar otro empleo o un impacto económico especialmente intenso no basta, por sí solo, para obtener una compensación superior a la establecida en el Estatuto de los Trabajadores.

La excepción: cuando se vulneran derechos fundamentales

La limitación no implica que nunca puedan reclamarse otras indemnizaciones. Català Reinón Abogados distingue entre solicitar un incremento por la mera improcedencia del despido y reclamar daños derivados de una vulneración de derechos fundamentales.

Si existen indicios y pruebas de discriminación, represalias por ejercer derechos laborales, lesión de la libertad sindical u otra vulneración protegida, el trabajador puede solicitar una indemnización específica por los daños morales o materiales correspondientes.

En estos casos, la reclamación debe fundamentarse en la lesión concreta y acreditar su relación con la decisión empresarial. Como destaca el despacho, «la suma adicional tiene un título jurídico propio»: no se trata de elevar la indemnización ordinaria, sino de reparar una conducta ilícita distinta.

Revisar el salario y la antigüedad resulta decisivo

Ante la imposibilidad de aumentar libremente la cuantía, calcular correctamente la indemnización adquiere todavía más importancia. El salario regulador puede incluir, además del sueldo fijo, las pagas extraordinarias y determinados conceptos variables, como comisiones, incentivos o bonus, cuando corresponda legalmente.

También conviene comprobar la antigüedad reconocida por la empresa. Los contratos temporales sucesivos, las subrogaciones y otros cambios en la relación laboral pueden modificar el cómputo y, en consecuencia, el importe final.

El despacho recomienda revisar contratos, nóminas y demás documentación antes de aceptar el cálculo empresarial. Una base salarial incorrecta o una antigüedad mal determinada puede reducir significativamente la cantidad que corresponde percibir.

Por último, quienes quieran impugnar un despido deben tener presente el plazo general de 20 días hábiles y analizar desde el principio todas las posibles reclamaciones. La conclusión de Català Reinón Abogados es que la estrategia jurídica debe centrarse en los derechos que puedan acreditarse y en sus fundamentos específicos, en lugar de confiar únicamente en una petición de indemnización superior por considerar injusto el resultado legal.

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