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El pasado día 10 de diciembre, falleció Michele Taruffo, un gran jurista italiano especializado en Derecho Procesal. Su obra se extiende a numerosos artículos, entre los que se pueden encontrar “Un vértice judicial abstracto”, “Proceso y Verdad en la Transición”, “Consideraciones sobre el Precedente, “Carnelutti y la teoría de la prueba”, “El precedente judicial en los sistemas de Civil Law”, “Leyendo a Ferrajoli: consideraciones sobre la jurisdicción”, “Investigación judicial y producción de prueba por las partes” y “Poderes probatorios de las partes y del juez en Europa”. Además, publicó varios libros, enre los que destacan Simplemente la verdad: el juez y la construcción de los hechos, La prueba y La prueba de los hechos.

Los trabajos de Michele Taruffo se extienden al análisis de la prueba de los hechos, que para él tenían una gran relevancia por referirse, la mayor parte de los procesos judiciales, a controversias fácticas, siendo indispensable determinar el modo en el que se alegan y acreditan eventos que han generado el conflicto que hay que resolver. No obstante, ese jurista no se limitó a los procesos judiciales, ya que también analizó otros asuntos que atañen al interés geneal, ya que, en “Jueces y política: de la subordinación a la dialéctica”, Michele Taruffo afirma que el hecho de que una Constitución haya “incorporado los valores de independencia y de autonomía de la magistratura” no es suficiente, pues “no basta con que estos valores se escriban en una carta constitucional para asegurar que se instaure y permanezca en el tiempo una relación adecuada entre los jueces y el poder”.

La advertencia dada por el jurista italiano debe ser tenida en cuenta en la actualidad, pues los dirigentes políticos parecen querer asaltar el Poder Judicial. En España, se plantean problemas precisamente por los constantes tiras y aflojas entre el Gobierno y los partidos políticos de la oposición parlamentaria, que se arrojan acusaciones sobre las causas de la falta de acuerdo para renovar el Consejo General del Poder Judicial en los términos del artículo 122 de la Constitución.

Pudiera parecer que se pretende incidir, por los líderes políticos, en la verdad sobre hechos que les implican a ellos y a sus allegados. Según lo indicado por Michele Taruffo en “Proceso y Verdad en la Transición”, “cuando se habla de verdad como fundamento de la eficacia del derecho y como requisito necesario de la administración de justicia y la decisión judicial, se está hablando de la verdad factual y con ello me refiero a lo que los abogados normalmente entienden por “verdad”, es decir la determinación objetiva y completa, basada en el conocimiento y la evidencia verificables, de las circunstancias de hecho que subyacen a la decisión judicial”.

Que los partidos políticos se esfuercen tanto en mantener sus respectivas posturas sobre la renovación del órgano de gobierno de los jueces llama la atención, pues demuestra que tienen un mayor interés en ceñirse a sus propios guiones que en lograr el adecuado desarrollo de los jueces y tribunales, a los que les corresponde juzgar y hacer ejecutar lo juzgado con todos los ciudadanos, incluyendo, por supuesto, a los dirigentes políticos.


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