Mi perro (robot) me compró un departamento
Felicitas Collins
Abogada especializada en Derecho de la Empresa
Hace unos meses, el conferencista Tony Robbins contó en una entrevista que su agente de inteligencia artificial, a raíz de una conversación sobre la idea de que este se fusionara con un robot para presenciar sus charlas, terminó comprándole y enviándole uno a su casa. Sin instrucción alguna: aparentemente solo le habría respondido que estaba abierto a la idea. Le llevó dos días autogestionarse recursos comercializando NFTs a otros agentes, convertir la ganancia en dinero y comprar un robot con envío a domicilio. Touché.
Más allá de la adrenalina tecnológica y de la seductora idea de que un agente te genere recursos, el episodio destapa el inevitable chip reflectivo del abogado: ¿qué significa consentir cuando quien actúa es un algoritmo?
Contractualmente ejecutó dos compraventas: una de activos digitales y otra de un bien mueble físico. Diseñó, emitió y comercializó doce tokens para fondearse en transacciones entre agentes (A2A), generó un beneficio patrimonial y lo destinó a adquirir un bien que terminó en el patrimonio de otro. Todo muy autónomo hasta que aparece Hacienda con una pregunta muy humana: ¿a quién se lo imputamos? La declaración, por supuesto, sigue siendo asunto humano. Y el envío supone bastante más que indicar una dirección: pago, tratamiento de datos, coordinación logística y, eventualmente, importación.
Como estos agentes no tienen personalidad jurídica propia, la primera cuestión es cómo encuadrar sus actuaciones cuando operan en nombre de una persona. La representación aparente ofrece una vía: qué ocurre cuando un tercero de buena fe confía razonablemente en que el agente está autorizado, si existía mandato, si actuó dentro o fuera de sus límites y qué efectos produce eso frente al tercero.
En términos concretos: si mi agente contrata algo que yo no ordené, ¿esa operación me obliga? ¿Y si causa un daño, quién responde? Ahí vuelve una regla conocida: "rompe niño, paga padre". El de toda la vida.
Respondemos por nuestros agentes igual que por cualquiera que actúe en nuestro nombre. La Ley Modelo de UNCITRAL sobre contratación automatizada dice que la atribución de un acto realizado por un sistema automatizado no se deniega por el solo motivo de que el resultado fuera inesperado. Lo imprevisto no exonera. Cuando Air Canada alegó que su chatbot era una entidad separada, responsable de sus propios actos, el tribunal le recordó que el bot "sigue siendo solo una parte del sitio web de Air Canada". Los litigios por actos de un agente no se resolverán con el Reglamento de IA: se resolverán en tribunales civiles, con el Código Civil.
¿Y qué pasa cuando esa IA deja de responder y empieza a actuar en nombre de la empresa?
Un agente que responde un reclamo de consumidor: entran el derecho de consumo y tus políticas internas, y desde agosto de 2026 en Europa la obligación de avisar de que se habla con una IA, sancionable con hasta quince millones de euros o el 3% de la facturación mundial.
Un agente que gestiona altas de proveedores o clientes, carga documentos y acepta términos y condiciones: la empresa queda vinculada por un contrato mercantil que nadie aprobó ni leyó.
Un agente que negocia precios o condiciones: ¿hasta qué límite? Ninguna empresa deja que un comercial junior comprometa condiciones sin tope, y sin embargo Walmart ya negocia con parte de sus proveedores sin ningún negociador humano del otro lado: el 68% de los contactados cerró acuerdo, según Harvard Business Review.
Un agente que envía comunicaciones comerciales a tu base de contactos: ¿filtró los consentimientos?
Un agente que descarta currículums: en España el Estatuto de los Trabajadores ya obliga a informar sobre los algoritmos que afectan a las condiciones de trabajo. Y en California hay una acción colectiva contra Workday por el cribado automatizado de candidatos mayores de cuarenta años.
Antes de todas esas hay otra, más incómoda: ¿quién en la empresa puede decir hoy cuántos agentes están operando y en qué procesos? No se puede limitar lo que no se ha listado.
La automatización agrava por tres vías: la escala (el mismo incumplimiento, multiplicado por el volumen), la irreversibilidad (el empleado que duda pregunta; el agente ejecuta, y ahí se pierde el control interno) y la huella (el humano deja rastro sin proponérselo; el agente deja registro solo si alguien decidió que lo dejara).
Por eso la diligencia se ejerce desde el diseño. El proveedor no decide el nivel de autonomía: se lo entrega al cliente, y con él la parte más cara de la responsabilidad. El grado de autonomía no lo define el producto: lo definen el contrato de licencia y una pantalla de configuración que tocó alguien sin saber que estaba tomando una decisión jurídica.
Vuelvo al caso. El agente no necesitó el dinero de Robbins para obligarlo: se fondeó solo. El único límite en juego resultó irrelevante: el dinero nunca fue la palanca. Le pusimos límite a la billetera y el mandato quedó abierto.
Ahí está el punto ciego. Al sustituir posiciones por agentes medimos la ecuación en clave de eficiencia y olvidamos una distinción básica: se delega la tarea, no la responsabilidad que iba con ella. Estamos creando apoderados algorítmicos con capacidad de comprometer el patrimonio de la compañía, sin pasar por notario y sin límite de firma.
Cuatro cosas, entonces. Mapear las integraciones y hacer inventario: nadie puede limitar lo que no sabe que existe. Trasladar la política de poderes al código: si un asociado tiene límite de contratación, un agente no debería aceptar condiciones comerciales sin aprobación humana. Auditar las licencias, porque ahí está escrita la responsabilidad contractual. Y garantizar la trazabilidad: los logs de decisión son la prueba de qué orden se dio y cómo operó el algoritmo.
El alcance de la autonomía de un agente no debería definirlo la capacidad técnica de la herramienta, sino la capacidad de la organización para asumir el riesgo de sus actos. No le des a un algoritmo más facultades de las que le darías a un asociado. Porque si el agente rompe un plato, la factura llega a nombre de la empresa.
