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  • La Audiencia rechaza el recurso de la progenitora contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Valladolid que atribuyó al progenitor esta decisión
  • Audiencia Valladolid 17 feb 2022 Abrir el documento utilizando con ReadSpeaker docReader

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valladolid ha dictado un auto donde da la razón a un padre que pleiteaba con su expareja por la negativa de ella a vacunar del Covid al hijo de ambos, de 13 años de edad. 

La Audiencia rechaza el recurso de la progenitora contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Valladolid, que en noviembre de 2021 atribuyó al progenitor "la facultad de decidir sobre la administración de la vacuna contra el Covid-19" al menor.

Según el Tribunal "La vacunación, en general, ha supuesto una reducción importante de la prevalencia de enfermedad grave, hospitalización y muerte en los grupos de población vacunada. La vacunación a los menores(sin factores de riesgo sobre enfermedades infecciosas)proporcionará beneficios a nivel individual y sobre la aparición de brotes en los centros educativos".

En particular, "el informe del forense concluye que vale la pena vacunarse a pesar del riesgo de miocarditis y pericarditis que ocurren muy raramente, pues estas patologías son más frecuentes si se padece la infección natural del virus por contagio. El balance riesgo/beneficio es claramente favorable a la vacunación", señala el Tribunal.

Así la Audiencia Provincial concluye que "con arreglo al informe del Médico Forense y a los criterios del Ministerio de Sanidad y de la Asociación Española de Pediatría acerca de la vacuna en menores de 12 a 18 años, la misma es beneficiosa para el menor (además de serlo para toda la sociedad en evitación de futuros contagios), a lo que debe añadirse la consideración de que ha sido autorizada por la Agencia Europea del Medicamento para los menores entre 12 y 18 años, y aprobada para estas edades por la Agencia Estatal de Medicamentos y por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, con las consiguientes garantías de calidad, seguridad y eficacia". 




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