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Juan Ramón Montero Estévez, Presidente del Consejo Arbitral para el Alquiler de la Comunidad de Madrid y, Stefan Meyer, socio director de Monereo Meyer Abogados.

  • El convenio tiene como objetivo promover el procedimiento arbitral para la resolución de litigios en materia de vivienda y arrendamiento urbano

Monereo Meyer Abogados y el Consejo Arbitral de la Comunidad de Madrid han suscrito un convenio de colaboración para el fomento y difusión del arbitraje en materia de vivienda y arrendamiento de fincas urbanas.

Stefan Meyer, socio director de Monereo Meyer Abogados, comenta: “Estamos muy satisfechos de unirnos a este protocolo de actuación, como parte de la firme apuesta de nuestro despacho por promover fórmulas de resolución extrajudicial de conflictos, en particular en materia inmobiliaria y de arriendo”.

El Consejo Arbitral para el Alquiler es un órgano colegiado de carácter técnico y consultivo adscrito a la Consejería de Vivienda y Administración Local cuyo objetivo es otorgar las mayores garantías y velar por los derechos de propietarios e inquilinos en los arrendamientos urbanos.

Casi 1000 laudos arbitrales resueltos satisfactoriamente

Se trata de un sistema pionero en España y tiene entre sus miembros a juristas de reconocido prestigio. Cuenta en la actualidad con 90 árbitros, que se han ido incorporando a la mediación fruto de los convenios de colaboración firmados con instituciones profesionales y arbitrales, como los colegios de notarios, registradores, abogados y procuradores o los agentes de la propiedad inmobiliaria.

El Consejo Arbitral también ofrece a los litigantes un procedimiento sencillo y una cercanía entre las partes y el árbitro en la búsqueda de una buena solución que evite el recurso a la solución judicial. De hecho, el cumplimiento de los laudos que dicta el Consejo es mayoritariamente voluntario, y solo en casos muy contados se llega a la ejecución judicial.

La Comunidad de Madrid lleva a  cabo  una  importante  promoción  de  este sistema para la resolución de conflictos en el alquiler de viviendas, del que ya se han resuelto de forma satisfactoria y con mucha mayor agilidad cerca de 1.000 conflictos. El procedimiento arbitral tiene una duración media de tramitación que no supera los 40 días hábiles, y el coste es una mensualidad de renta.




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