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Las barreras de las personas con discapacidad han procedido siempre de su entorno, que han cercenado la posibilidad de su ejercicio. Por eso, esta nueva ley de apoyo en el ejercicio jurídico de las personas con discapacidad debe ir unida a una transformación de la mentalidad social y especialmente de aquellos profesionales del derecho. Esa fue una de las conclusiones de la Conferencia de los Lunes “Aspectos prácticos de la Ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad”, celebrada el 15 de noviembre, en la que intervino como ponente el abogado Torcuato Recover Balboa.

“Las limitaciones vinculadas tradicionalmente a la discapacidad no han procedido de las personas afectadas por ella, sino de su entorno: barreras físicas, comunicaciones, cognitivas, jurídicas que han cercenado sus derechos y la posibilidad de su ejercicio. Por eso, esta nueva ley debe ir unida a un cambio del entorno, a una transformación de la mentalidad social y especialmente de aquellos profesionales del derecho, que han de prestar sus respectivas funciones”, afirmó.

Las medidas de apoyo para las personas con discapacidad deberán, en su opinión, estar inspiradas también en el respeto a la dignidad de la persona y en la tutela de sus derechos fundamentales. “El sistema de apoyos tiene que respetar la voluntad y preferencias de la persona, evitar el conflicto de intereses y las influencias indebidas, estar sujeto a exámenes por la autoridad judicial  y que se apliquen en un plazo lo más corto posible”, recalcó. Y explicó que lo fundamental es “establecer un sistema de apoyos versátil,  diferenciado, para cada persona y para cada decisión”.

Para Recover, la Ley 8/2021 constituye “la mayor reforma en la legislación civil y procesal  que se haya  producido hasta ahora en esta materia. Adecúa nuestro ordenamiento jurídico a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, para garantizar el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad”.

El cambio es total, en su opinión: “Pasamos de la determinación de la ausencia de capacidad de obrar, que fue reconocido como una situación de ´muerte civil´,  al reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás, en todos los aspectos de la vida”, incidió.

Se supera así una “visión secular, incluso cultural, de la discapacidad, que ha venido justificando su segregación o un tratamiento poco menos que sanitario” en el que el sistema buscaba identificar las deficiencias, y que había justificado  que “la persona con discapacidad  intelectual, con deterioro cognitivo o enfermedad mental, fuese sustituido y representado por otros, y su palabra o decisión careciese de valor alguno”.

Por tanto, insistió en que “se impone un cambio de modelo; y para los operadores jurídicos- abogados, jueces, fiscales, notarios-, una nueva posición que les obligue a cambiar las estructuras mentales, los muebles  y el escenario en que se han desenvuelto siempre para facilitar que las personas con discapacidad sean las protagonistas de su vida”.

La conferencia, que fue seguida online por más de 1.200 personas, podrá visualizarse en los próximos días, junto con otras jornadas ya celebradas, en el siguiente enlace https://www.formacionabogacia.es




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