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Los abogados del turno de oficio en Cataluña hemos sufrido recortes en las míseras retribuciones  que percibimos sin tener en cuenta el coste de la prestación del servicio hasta tal punto que cobramos menos ahora que hace 20 años.  Asumimos una extraordinaria y grandísimas responsabilidad, somos imprescindibles y asumimos una gran cantidad de asuntos, a cambio un abogado de oficio está expuesto a enfermedades, accidentes de trabajo, y a una actividad a la que debe dedicar su vida en cuerpo y alma.

Los abogados de oficio NO estamos ni defendidos por nuestros colegios profesionales, ni representados, debido, a que el funcionamiento que a mi juicio no es democrático de la mayoría de nuestros colegios profesionales, hace que la mayoría de las juntas de gobierno de nuestros colegios profesionales no estén integradas  por abogados que tengan un buen porcentaje de su actividad profesional, dedica a la prestación de este servicio público.

La complejidad ser autónomo y tener que dedicarse a resolver inmunidad de problemas para mantener la profesión de abogado, han hecho que muchos letrados se hayan distanciado por completo de la realidad de nuestros colegios profesionales y que hace que muchos colegiados se sientan  además decepcionados por Juntas de Gobierno que no han servido ni siquiera para reivindicar un aumento de las retribuciones del turno de oficio que cubra al menos la prestación del servicio público que financiamos los abogados hoy en día los abogados, porque la inversión mínima que en justicia gratuita hace el estado hace que ese servicio para muchos colegios profesionales, sea deficitaria y que para muchos  despachos de abogados  pequeños y medianos, así como para muchos autónomos sea literalmente una ruina, especialmente si analizamos el tiempo invertido por los letrados y la responsabilidad civil que se asume, entre otras cosas, a cambio de perder dinero en la mayoría de ocasiones.

Es lamentable que ningún colegio de abogados se haya dignado en exigir que se abone la nocturnidad en el servicio de guardias, la festividad, la peligrosidad que se asume, el coste del transporte, fotocopias y material necesario para el ejercicio de la profesión y por el contrario  se fomente la competencia desleal, mediante servicios pro bono que benefician a unos pocos despachos grandes que quieren prestar una imagen caritativa y publicitarse a bajo coste y o beneficiarse fiscalmente.

 

Cada vez menos abogados inician su ejercicio profesional por cuenta propia y cada menos se inicia en la prestación de ese servicio dado las dificultades que ello entraña, por lo que realmente el sistema de justicia gratuita está herido de muerte.

Desde ALTODO CATALUÑA queremos reivindicar la necesidad de hacer un sistema de justicia gratuita y turno de oficio que sea sostenible económicamente para todos los ciudadanos y los primeros los profesionales que prestamos ese servicio, porque si no se cuida a los profesionales que hacen posible el sistema, no puede existir un sistema de justicia garante del Estado  Social y democrático de Derecho.  Por ello REIVINDICAMOS Y PEDIMOS A TODOS LOS PARTIDOS POLITICOS UNA REFORMA DE LA LEY DE JUSTICIA GRATUITA Y DE LAS LEYES DE COLEGIOS PROFESIONALES, ESTATALES Y AUTONOMICAS QUE CREEN UN ESTATUTO DE LOS ABOGADOS DE OFICIO GARANTICE A LOS PROFESIONALES  LOS SIGUIENTES DERECHOS:

  1. “ DERECHO A UNA RETRIBUCIÓN DIGNA”:

Es necesario que se acuerde una retribución digna de todas y se abonen en base al precio de mercado, el abogado es el mismo y por tanto debe retribuirse en base al precio medio de mercado al profesional en base a todas y cada una de las actuaciones profesionales que se realizan. Las actuaciones que impliquen disponibilidad como las guardias de asistencias al detenido deberán ser retribuidas por cada día  efectivo de guardia, ya que a veces se llega hacer guardia que implican estar a disposición del juzgado hasta 5 y 6 días y sólo se abona por estar 24 horas de guardia.

Deben abonarse la prestación del servicio nocturno y en festivos y especialmente debe retribuirse la nocturnidad y debe abonarse el coste del transporte, especialmente los desplazamientos que conllevan las guardias.

 

  1. “ DERECHO DE LOS ABOGADOS DE OFICIO A PARTICIPAR EN LAS DECISIONES COLEGIALES QUE NOS AFECTAN”:

Sólo quienes prestamos el servicio del turno de oficio tenemos que decidir las cuestiones que nos afectan. Las comisiones del turno de oficio deben estar formadas por quienes decidan exclusivamente quienes prestan el servicio, mediante un sistema electoral democrático y transparente que garantice que sus miembros no sean a designación arbitraria por las Juntas de Gobierno, como sucede en la actualidad en la mayoría de los colegios profesionales.

Es imprescindible además que los módulos del turno de oficio que cada año se negocian con las consejerías de justicia, siempre a la baja, sean  una propuesta de una Asamblea constituida por los abogados que prestan el servicio del turno de oficio y no sean negociadas de forma opaca, por gerentes de alto standing, empleados varios y en definitiva sin la participación de los que prestamos el servicio.

 

3- “DERECHO A LA MÁXIMA PROTECCIÓN SOCIAL DEL ESTADO”: Es necesario que los abogados de oficio seamos compensados por los enormes perjuicios que las ridículas retribuciones del turno de oficio han implicado y por ello es justo que se reconozca el derecho a la pensión de jubilación contributiva mínima a todos los profesionales que acrediten haber prestado sus servicios un mínimo de 15 años, dada la contribución que con la financiación del sistema de justicia gratuita.

Y es necesario que se reconozca como causa de suspensión de juicios y procedimientos la enfermedad del abogado, no es posible que abogados con gravísimas enfermedades tengan que arrastrase literalmente por juzgados haciendo en muchas ocasiones, peligrar incluso su propia vida.

 

4” RECONOCIMIENTO DE LA CONDICIÓN DE AUTORIDAD AL ABOGADO DE OFICIO”: Debe velarse por que los abogados seamos tratados con dignidad por jueces, fiscales y especialmente estemos protegidos frente a las agresiones que sufrimos a diario y por ello es necesario que seamos reconocidos como autoridad y protegidos como merecemos.

 

5º “CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL Y FAMILIAR”: Es necesario que se regulen determinados supuestos, como la  maternidad, el cuidado de familiares o hijos enfermos, o el derecho a contraer matrimonio y en definitiva debe garantizarse que los abogados tengan el mismo derecho a la conciliación de la vida familiar y personal que los trabajadores por cuenta ajena.

Pedimos a todos los partidos políticos las necesarias reformas legislativas para la aprobación del estatuto de abogado de oficio, a nuestros compañeros de toda España la concienciación de la realidad actual de nuestros colegios profesionales y la necesidad de su participación e implicación en la defensa de unos derechos inexistentes y que sólo con nuestra implicación, lucha y sacrificio porque resurjan derechos para ejercer con dignidad nuestra profesión, peleemos por cambiar una realidad que actualmente es indecente y a la ciudadanía pedimos su empatía, compresión y apoyo en la defensa de nuestros legítimos Derechos para ejercer con dignidad nuestra profesión para que podamos velar por el Estado Social y Democrático de Derecho y por la defensa de los derechos fundamentales de la ciudadanía.




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