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Asunto que iniciamos en octubre de 2020, teniendo muy claro desde el minuto cero que la situación de enfrentamiento visceral entre las partes solo terminaría si extinguíamos el contrato de trabajo. Sólo era cosa de ponerle precio, que es algo que hacemos todos los días en la jurisdicción social. Planteamos una primera demanda con idea de “romper el hielo” y hacer intervenir a algún profesional que le hiciera ver a la empresa que mejor negociar una salida que perpetuar aquello por los siglos de los siglos. Utilizamos un procedimiento de trámite rápido y preferente que no precisa conciliación administrativa previa. Y para empezar, tenemos mala suerte con el reparto del asunto. Es repartido a un Juzgado que aprovecha cualquier excusa para suspender el juicio con la excusa de forzar a las partes llegar a un acuerdo. Pero no hacen un solo movimiento real y efectivo para “ayudar” a las partes a conseguirlo. Si no pactamos, se suspende el juicio. Una y otra vez. Es la técnica del aburrimiento: Conseguir el acuerdo a base del agotamiento físico y moral de los litigantes.

Esto si, tenemos buena suerte con el abogado contrario: Lo tenía igual de claro que nosotros, pero su cliente seguía, como el nuestro, enrocado en sus planteamientos. Y cuanto más tiempo pasaba, mayor era la brecha entre las partes. 

Tras dos suspensiones del juicio por causas absolutamente peregrinas y pensando en que nunca íbamos a poder celebrarlo a aquél paso, en Julio 2021, decidimos interponer una nueva demanda, un poco a la desesperada, esta vez solicitando la extinción del contrato a instancias del trabajador (art. 50 ET). Tenemos más suerte con el reparto, pero nos señalan a casi un año vista. Asi que seguimos en el “otro” Juzgado. Tras dos suspensiones más, llega, otra vez, la fecha del juicio. Es junio de 2022. La Magistrada titular del Juzgado no está y hay un sustituto que no pone pegas para celebrar, pero tampoco ayuda a conciliar. Sale sentencia horrible para nuestros intereses ya no tanto porque perdemos, sino porque no se resuelve prácticamente sobre nada de lo que se planteaba en la demanda, por lo que sigue sin resolverse el problema de fondo. Supuestamente la sentencia, por el tipo de procedimiento, no admite recurso, pero nos dan pie a ello y lo anunciamos. Nos dan plazo para formalizar el recurso y así lo hacemos.

Justo al día siguiente de presentar el recurso, ya en este mes de julio 2022, teníamos señalado el juicio de la extinción. Tras un intento fallido de conciliación ante el LAJ, en lugar de enviarnos a celebrar a Sala, nos dicen que esperemos. Y nos hacen pasar a hablar con SSª, solo los letrados. SSª coincide con nosotros en que aún ganando el juicio la empresa no adelantaba nada y que si lo ganaba el trabajador, la empresa tendría que desembolsar una considerable cantidad de dinero que tampoco parecía muy razonable. La única buena solución es el acuerdo. Y SSª decide implicarse y tomar las riendas. Me hace llamar al trabajador y empieza a interlocutar con él. Le habla con tranquilidad, casi que con cariño, le explica todo con seriedad, sin estridencias, pero sin ahorrar en el baño de realidad. Le habla de riesgos, posibilidades.. Pero lo más importante, es que le habla. Mi cliente, poco a poco, va saliendo de su planteamiento cerrado y va cediendo. Pero no forzado, convencido. Es evidente que necesitaba esta conversación. Que necesitaba, por encima de cualquier otra cosa, tener la sensación de que alguien que tuviese alguna posibilidad real de arreglar aquello, le escuchase. Ni tan siquiera que le diese la razón. Y aquella persona entró al trapo, aceptando unas condiciones que nos parecieron razonables a SSª y a mi. 

Luego le toc ó a la otra parte: El mismo proceso supongo, porque lo cronometré), vol vemos a entrar solo los letrados y empezamos a perfilar tras un buen rato (no ya el acuerdo en firme. Lo tenemos. SSª se da por satisfecho y agradece nuestra colaboración. 

Salimos a hablar con los clientes y sale un fleco que finalmente es resuelto de nuevo con la intervención del Juez quien insiste en agradecer a ambos letrados nuestro trabajo. Finalmente conseguimos firmar el acuerdo sobre las 14 horas. Habíamos empezado a las 10:30 horas mañana.

Puedo dar fe de que e l asunto terminó de la mejor manera posi de la ble para ambas partes y en este caso, por mucho que se empeñó SSª en agradecernos cosas a los letrados, la verdad es que si hay algo que agradecer es su implicación, su infinita paciencia y sobre todo su gran, grandiosa humanidad al tratar con las personas . Que eso es algo que a veces, demasiadas, se olvida: Que nuestro negociado en la jurisdicción social es más de personas que de dineros, que también, pero menos.

Casi dos años de idas y venidas, para resolver algo que un buen Juez fue capaz de solucionar en apenas cuatro horas …. Maratonianas.




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