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  • El dinero se destinará a quienes hayan registrado pérdidas que alcancen, como mínimo, el 30% de los ingresos del año pasado. Además, exigen el cumplimiento de una serie de condiciones básicas, como no tener domicilio en sitios registrados como paraísos fiscales.
  • Yannick Charton, socio fundador de Valio Consulting, informa que “la medida será de gran ayuda, sobre todo para los autónomos y empresarios de los sectores más afectados, a los que se les destinarán 7.000 millones del total de euros de la ayuda”.

Durante la última semana, el Gobierno, mediante un Consejo de Ministros extraordinario, aprobó la creación de un fondo de 11.000 millones de euros para ayudar a empresas y autónomos, sobre todo de sectores afectados como la hostelería, el turismo y el comercio.

En principio, el dinero se destinará a quienes hayan registrado en 2020 pérdidas que alcancen, como mínimo, el 30% de los ingresos del año anterior y que hayan tenido un resultado positivo en 2019. Además, exigen el cumplimiento de una serie de condiciones básicas, como no tener domicilio en sitios registrados como paraísos fiscales.

“La medida será de gran ayuda, sobre todo para los autónomos y empresarios de los sectores más afectados, a los que se les destinarán 7.000 millones del total de euros de la ayuda”, informa Yannick Charton, socio fundador de Valio Consulting. Y añade: “la única condición es cumplir con una serie de requisitos excluyentes, que se deberán tener en cuenta antes de iniciar el trámite”.

La diferencia sobrante, se utilizará para ayudar a recapitalizar empresas y reestructurar  los más de 120.000 millones de euros avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO). 

“Esto servirá, sobre todo, para que las empresas paguen costes fijos atrasados, proveedores y nóminas”, afirma Charton, “aunque hay que tener en cuenta que serán las comunidades y autonomías quiénes decidirán la aptitud de cada uno de los aplicantes para recibir las ayudas”, finaliza.

¿Cuáles son los plazos y requisitos excluyentes para recibir las ayudas?

Según el texto plasmado en el Real Decreto aprobado el pasado viernes, “las ayudas se podrán usar para pagar la deuda que se pueda tener desde el inicio de la pandemia en marzo de 2020 con proveedores o por el pago de gastos fijos como los salarios o los arrendamientos, o para deudas financieras y no financieras”.

Teniendo en cuenta ello, se expiden cuatro requisitos que se vuelven excluyentes a la hora de presentar el pedido de subsidio por parte de autónomos y empresas:

1- No se debe tener domicilio en un paraíso fiscal.
2- No se debe estar en concurso ni haber cesado la actividad en el momento de la solicitud.
3- Se debe estar al día con los pagos de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
4- No se deben repartir dividendos ni aumentar los salarios del equipo directivo durante un periodo de dos años y mantener la actividad hasta junio de 2022.

“En términos de plazos, se estima que en un mes y medio se firmarán los convenios con las comunidades, encargadas de repartir los fondos en base al impacto de la crisis en cada lugar, junto con el impacto del desempleo”, aclara Yannick Charton.

Por último, las empresas y autónomos participantes solo serán aquellos que se dediquen a alguna de las 100 actividades económicas recogidas en el Real Decreto, entre las que se destacan las más afectadas por la pandemia, como la hostelería, la restauración, el comercio, el transporte, la cultura  y el deporte.

 “La clave está en el tiempo de duración de las subvenciones, previstas hasta el final de 2021, con la condición que las empresas mantengan su actividad hasta junio de 2022", finaliza Charton.




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