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La autorización de residencia por emprendedor se creó a través de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (artículos 68 a 70 de la referida ley). Además de la autorización de residencia por emprendedor, también se crearon otros tipos de autorizaciones como la de inversor (por compra de inmueble/s por valor superior a 500.000 € o por inversiones significativas) y la de profesional altamente cualificado. En este artículo, no obstante, hablaremos sobre el visado y autorización de residencia para emprendedores.

La ley de emprendedores creó un régimen especial de autorizaciones de residencia, basándose en el interés económico de este tipo de autorizaciones, reduciendo los plazos de resolución de los expedientes y presentando diferencias sustanciales respecto al régimen general de autorizaciones de residencia.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a un permiso de trabajo para emprendedores?

El principal requisito es que la actividad emprendedora sea considerada innovadora y con especial interés económico para el territorio español, sin que se exijan mínimos de inversión ni de creación de empleo.

No obstante, para considerar que la actividad emprendedora es innovadora y con especial interés económico, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

  • Los puestos de trabajo que se creará en España, pese a que, como hemos mencionado, no se exige un mínimo de creación de empleo.
  • El perfil profesional del extranjero solicitante, su formación, su experiencia profesional, el grado de implicación en el proyecto emprendedor y cuál sería el cargo que ocuparía el solicitante dentro del organigrama de la empresa. Si existieran varios socios, se estudiará la implicación de cada uno de ellos de forma individual, tanto de los que solicitan la autorización como de los que no.
  • El plan de negocio sobre el proyecto emprendedor. En este aspecto, hay que tener en cuenta que se debe detallar la actividad emprendedora que se realizará (descripción de los servicios o productos), la inversión con la que se cuenta inicialmente, la financiación, la forma jurídica de la empresa, el estado de tramitación de las licencias si son necesarias, el estudio de mercado, el valor añadido de la actividad para la economía española, así como la previsión de ingresos que se prevé, entre otros.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar dicha autorización?

Existen dos formas de solicitarlo, dependiendo si el solicitante se encuentra fuera de España o dentro de territorio español. En este último caso, debe estar regular en España, mediante otro tipo de autorización de residencia y/o trabajo, o bien mediante una autorización de estancia (una autorización de estancia por estudios o en situación de turista, por ejemplo).

En el caso que el solicitante se encuentre fuera de España, deberá solicitar un visado de residencia para emprendedores. Previamente a la solicitud de visado, deberá solicitar un informe favorable de interés general en la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en su país de residencia. Dicho informe confirmará si la actividad emprendedora tiene carácter innovador con especial interés económico para España.

Una vez obtenido dicho informe favorable, el extranjero podrá solicitar el visado de emprendedor, que le permitirá residir y trabajar y tiene una duración de un año, transcurrido el cual se podrá renovar. En el caso de dicha renovación, al extranjero le será concedida la autorización de emprendedor con una duración de dos años.

Por otro lado, en el supuesto que el solicitante se encuentre en España de manera regular, podrá solicitar el informe favorable de interés general ante la Dirección General de Comercio e Inversiones en España con los mismos requisitos que si se presentará la solicitud ante la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en el país de residencia del extranjero.

¿Cuáles son las diferencias entre la solicitud de visado por estar fuera de España y la solicitud de autorización por estar regularmente en territorio español?

La diferencia entre la solicitud fuera y dentro de España radica en que, si se solicita dentro de España, dicho informe de interés general se pedirá de oficio por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGEyCE), cuando el extranjero presente su solicitud de autorización de emprendedor. Por lo tanto, se podrá solicitar dicho informe de manera paralela a la tramitación de su autorización de emprendedor.

No obstante, hay que destacar que, aunque la solicitud de informe de interés general y de autorización de emprendedor se realicen en el mismo momento, dicha autorización se resolverá cuando se emita el informe favorable mencionado por la Dirección General de Comercio e Inversiones en España, por cuanto es un requisito imprescindible para su concesión.

También existen diferencias en cuanto al plazo de tramitación: los visados de emprendedor serán resueltos en un plazo máximo de 10 días, mientras que las autorizaciones se resolverán en un plazo máximo de 20 días.




Comentarios

  1. Daniel Alejandro

    buenas tardes pronto estaré viajando a España ( NAVARRA ) y la idea es obtener una residencia como emprendedor , lo que estoy necesitando es información sobre quienes son los que me podrían brindar el servicio de estudio de mercado que es lo que no puedo obtener aun sobre la actividad que voy a desarrollar...sera que las cámara de comercio de la localidad donde me resida pueda ayudarme con esto ?

  2. Cristina Aguilar

    Buenos días Neyla, Le hemos contestado a su correo electrónico. Saludos.

  3. Cristina Aguilar

    Buenas tardes Santiago, Le hemos contestado a su email. Un saludo.

  4. Santiago Ricci

    buenas tardes estoy interesado en la ley de emprenidmiento soy empresario , y actualmente estoy encolombia tengo mis empresas y uqiero llevar algunos proyectos españa para generar empleo, como pueden ayudarme... ustedes harian en plan de negocios adactado para españa, par apoderlo presentar y que costo tendria

  5. Cristina

    Buenos días José, La residencia se puede solicitar en España, si el solicitante se encuentra con un visado de turista. Un saludo.

  6. Jose Gracía cano

    ¿La residencia a traves de las ley de emprendedores por inversión de 5000.000 euros, se podria hacer desde España con un visado de turista, o a de hacerse necesariamente a traves de visado? Gracias

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