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  • Casi la mitad de las ayudas a los progenitores ofrecidas por la Corporación entre 2019 y 2023 son solicitadas por letrados varones

El Colegio de Abogados de Granada puso en marcha en 2019 las prestaciones por paternidad, extendiendo a los letrados varones las ayudas de las que ya se beneficiaban las colegiadas desde 2008. Tras cinco años desde su implantación, casi la mitad de las prestaciones a progenitores concedidas por la Corporación ya son para padres, poniendo de manifiesto la cada vez mayor igualdad de género en la abogacía granadina.

En concreto, en el último lustro, el Colegio ha registrado 140 prestaciones, de las cuales 74 (53%) han sido para letradas, mientras que las 66 restantes (47%) beneficiaron a compañeros varones, un porcentaje muy similar al de la distribución por género del censo colegial, con un 42% de mujeres frente a un 58% de hombres. “Estas ayudas se instituyeron por la Junta de Gobierno para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral del censo y promover la igualdad de género, por lo que nos es muy grato comprobar cómo esa igualdad está asentada en nuestro colectivo profesional”, señala el decano de la Abogacía granadina, Leandro Cabrera.

Además, si se analiza la evolución de las prestaciones por paternidad, se advierte una tendencia al alza de las mismas. Así, mientras que en 2019 se concedieron 9 ayudas a padres, en 2023 la cifra ascendió a 19, es decir, más del doble. Incluso en los últimos dos años, las prestaciones por paternidad superaron en número a las de maternidad.

Casi 500 beneficiaros desde su implantación

Desde su creación inicial, las prestaciones a progenitores han beneficiado a un total de 430 colegiados y han supuesto una inversión económica de más de 85.000 euros por parte del Colegio. Esto supone que, de media, 27 integrantes de la abogacía granadina han accedido cada año a estas ayudas, cuantificadas en un promedio anual de 5.400 euros.

Cabe recordar que estas ayudas consisten en la exención de la cuota colegial mensual a las/os colegiadas/os ejercientes que hayan sido madres/padres y otros supuestos asimilados durante los cuatro meses siguientes a la fecha del nacimiento o supuesto asimilado, pudiendo compatibilizarse en el caso de que ambos progenitores sean colegiados y sumándose al resto de prestaciones a las que tienen derecho los profesionales en estos casos. Para acceder a las mismas, los interesados solo deben remitir su solicitud a la Secretaría del Colegio por correo electrónico, adjuntando certificación del Registro Civil o copia del Libro de Familia dentro del plazo de dos meses desde la fecha del nacimiento o supuesto asimilado.

 




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