Jorge Werner Montero Mundt
Este artículo tiene finalidad meramente informativa y no constituye asesoramiento jurídico. El contenido refleja la normativa y jurisprudencia vigente en la fecha de publicación. Para analizar su caso concreto, consulte con un abogado especializado. Allura y Peimondt ofrece consulta gratuita sin compromiso.
Actualizado: septiembre 2026
Si eres autónomo y tienes deudas que no puedes asumir, la Ley de Segunda Oportunidad —regulada por la Ley 25/2015, de 28 de julio, y reformada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, que modifica el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC)— te permite cancelar total o parcialmente esas deudas de forma legal, incluidas las contraídas con Hacienda y la Seguridad Social. No es un recurso excepcional: es un derecho reconocido expresamente para personas físicas en situación de insolvencia real que hayan actuado de buena fe.
Qué dice la ley: autónomos y particulares en pie de igualdad
La Ley 16/2022 suprimió el Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP), que funcionaba como paso previo para los autónomos, igualando su acceso al procedimiento concursal con el de los particulares. Hoy puedes presentar directamente la solicitud de concurso de persona física ante el juzgado competente, sin necesidad de intentar primero un acuerdo con tus acreedores.
Además, la reforma introduce un procedimiento especial para microempresas —previsto en los arts. 685 y ss. TRLC y aplicable también al autónomo que cumpla sus requisitos— que se tramita de forma más ágil, en parte digitalizada, lo que reduce costes y plazos.
Requisitos para acceder al BEPI siendo autónomo
El objetivo del proceso es obtener el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), regulado en los arts. 486 a 502 TRLC. Para acceder a él como autónomo debes cumplir los siguientes requisitos:
|
Requisito
|
Detalle
|
|
Ser persona física
|
Autónomos en activo y exautónomos que hayan cesado su actividad
|
|
Insolvencia real
|
Imposibilidad actual o inminente de cumplir regularmente las obligaciones de pago
|
|
Dos o más acreedores
|
Deudas con al menos dos personas o entidades distintas
|
|
Buena fe
|
No incurrir en ninguna de las excepciones del art. 487 TRLC; entre otras, haber sido condenado por determinados delitos económicos en los 10 años anteriores
|
|
Sin BEPI previo reciente
|
Si ya obtuviste una exoneración, deben pasar 2 años desde la exoneración definitiva si fue por plan de pagos, o 5 años si fue con liquidación (art. 488 TRLC)
|
|
Microempresa
|
Menos de 10 trabajadores y volumen de negocio inferior a 700.000 € o pasivo inferior a 350.000 €: condiciones para tramitarlo por el procedimiento especial de microempresas (art. 685 TRLC)
|
Qué deudas puedes cancelar como autónomo: privadas y públicas
Deudas privadas
Préstamos bancarios, tarjetas de crédito, deudas con proveedores, deudas cedidas a empresas de recobro y avales personales quedan exonerados en su totalidad si se concede el BEPI definitivo (art. 489 TRLC). El cambio de acreedor no afecta al derecho a la exoneración.
Deudas con Hacienda y Seguridad Social
El art. 489.1.5.º TRLC, tras la reforma de la Ley 16/2022, permite exonerar hasta 10.000 € con la Agencia Tributaria y hasta 10.000 € con la Seguridad Social, de forma independiente: en cada una, los primeros 5.000 € se exoneran íntegramente y, a partir de ahí, el 50 % de la deuda hasta ese máximo. Solo se aplica en la primera exoneración (art. 489.3 TRLC).
Deudas que no se pueden cancelar
Quedan excluidas, entre otras (art. 489.1 TRLC): obligaciones de alimentos, deudas por responsabilidad civil derivada de delito o por muerte o daños personales, multas penales y sanciones administrativas muy graves, y las deudas con garantía real dentro del límite de la garantía.
Puedes continuar tu actividad durante y después del proceso
La declaración de concurso no interrumpe la actividad profesional o empresarial (art. 111 TRLC), así que puedes continuar tu actividad durante todo el proceso y tras el BEPI. Los bienes legalmente inembargables no forman parte de la masa del concurso (art. 192.2 TRLC). Desde la declaración de concurso no pueden iniciarse ejecuciones ni apremios, incluidos los tributarios, y las ejecuciones en curso quedan en suspenso (arts. 142 y 143 TRLC).
Plazos reales del proceso en 2026
|
Tipo de procedimiento
|
Duración estimada
|
|
Concurso sin masa
|
4–8 meses
|
|
Plan de pagos sin liquidación
|
El plan dura 3 años con carácter general, y 5 si no se vende la vivienda habitual (art. 497 TRLC)
|
|
Con liquidación de activos
|
12–24 meses
|
Preguntas frecuentes
¿Puedo acogerme si soy autónomo y sigo trabajando?
Sí. La declaración de concurso no interrumpe tu actividad (art. 111 TRLC). No es necesario cesar el negocio.
¿Puedo cancelar deudas con Hacienda siendo autónomo?
Sí, hasta 10.000 € con la AEAT y otros 10.000 € con la Seguridad Social (art. 489.1.5.º TRLC): en cada una, los primeros 5.000 € íntegros y el 50 % del resto hasta ese máximo. Lo que no se exonera sigue debiéndose.
¿Qué pasa con deudas cedidas a empresas de recobro?
Se exoneran igualmente. El cambio de acreedor no afecta al derecho a la exoneración del BEPI.
¿Se protege mi vivienda habitual?
En la mayoría de casos, sí. Si la hipoteca está al corriente y optas por el plan de pagos, no se liquida tu patrimonio (art. 495 TRLC) y puedes conservar la vivienda; en ese caso el plan dura cinco años (art. 497 TRLC).
¿Cuánto tiempo debo esperar para volver a solicitar la Segunda Oportunidad?
El art. 488 TRLC fija 2 años desde el BEPI definitivo si se obtuvo por plan de pagos, o 5 años si fue con liquidación. Esa nueva exoneración no alcanza al crédito público.