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Nuevos movimientos del Juez Calama que es posible que obliguen al expresidente Zapatero a ser más diligente que hasta ahora ( Imagen rtve)

  • A juicio de destacados penalistas, el movimiento del juez Calama de implicar a las hijas de ZP responde a una estrategia cuidada

Novedades en la imputación de Zapatero. El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha ordenado un nuevo peritaje de las joyas intervenidas en la oficina del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero. El magistrado quiere ir más allá de la primera valoración, que cifró el conjunto en alrededor de 1,3 millones de euros, y ha encargado a la Joyería Yanes un estudio detallado que permita determinar su procedencia, antigüedad, composición y valor actual. La diligencia investiga un posible delito fiscal y de contrabando.

Calama ha dado también a la representación de Zapatero un plazo de tres días para aportar toda la documentación que tenga relacionada con las piezas. Facturas, certificados, documentos sucesorios, justificantes de compra o papeles relativos a posibles regalos podrían incorporarse ahora al procedimiento. La procedencia de las joyas permanece como una de las principales incógnitas de esta pieza judicial. Este y otros elementos lo analizan varios penalistas para nuestra publicación.

El juez acordó investigar a las hijas de Zapatero el pasado mes de julio por ser administradores formales de una empresa mercantil, Whathefav, cuya operativa aparece vinculada al entramado investigado por recibir fondos que están bajo sospecha. Y les atribuye los delitos organización criminal, tráfico de influencias y blanqueo de capitales. Lo hizo en el marco de la investigación del rescate de 53 millones de euros concedido por el Gobierno a la aerolínea Plus Ultra en plena pandemia.

Cambio en su defensa

   
  Alejandro Seoane cree que ante los últimos acontecimientos Zapatero tendrá que cambiar de estrategia de defensa  
     

En opinión de Alejandro Seoane, socio director de BP, Boutique Penal, el reciente rechazo de la nulidad planteada por Zapatero hace tan solo unos días, junto con las nuevas resoluciones del juez Calama, exigirán probablemente algunos cambios en la defensa del ex presidente. “Ahora la discusión sobre la consistencia de la investigación adquiere mayor protagonismo, ya que las nuevas diligencias podrán fortalecer determinados indicios o debilitarlos”, comenta.

“La pericial encargada a Yanes parece más que pertinente. Después del análisis preliminar de Ansorena, el magistrado busca algo más de cara a la investigación, necesita precisar las características, antigüedad, posible procedencia, todo ello además del valor de las joyas intervenidas. Su utilidad consiste en obtener datos técnicos que permitan contrastar explicaciones y orientar comprobaciones sobre su origen”, destaca

En su opinión, resulta evidente que una numeración, una marca de fabricante o la antigüedad estimada pueden conectar una pieza con documentos o poner en cuestión una versión ofrecida por la defensa. Ahí reside su verdadero potencial y utilidad. La fuerza del informe interesado por el magistrado dependerá de la fiabilidad de sus conclusiones y de cómo encajen con las demás evidencias de la investigación.

Para Seoane, “existe, sin embargo, un límite: determinar el origen geográfico de una gema no acredita quién adquirió la joya ni cómo entró en España. Y, por otro lado, además, no debemos olvidar que la pericial se acuerda en una pieza separada por contrabando, cualquier conexión con los hechos de la causa principal necesitará respaldo específico”.

“Por otro lado, cabe decir que ahora podría ser un momento idóneo para que la defensa pudiese intervenir e ir perfilando la versión sobre las joyas, tanto en cuanto a su procedencia como en relación a su valoración. No se debe olvidar que este nuevo informe puede no debilitar la posición de Zapatero e incluso llegar a favorecerlo”, indica

Este penalista señala que “respecto de las hijas del ex presidente, Laura y Alba Rodríguez Espinosa, citadas mediante providencia para el próximo 30 de noviembre, lo primero que llama la atención es la necesidad de conocer qué hechos se atribuyen a cada una. La providencia menciona un informe fiscal, pero no desarrolla los indicios que existe contra cada una”.

Ahora bien, lo que está claro, y debido a la información que ha ido saliendo desde el principio de este procesamiento, esta citación en calidad de investigadas era más que previsible. A mi juicio, incluso yo creo que es mejor para ellas que las hayan citado debido a que les permite ejercer su defensa desde este momento.

Este experto se pregunta si “ahora… ¿Veremos una estrategia de defensa diferente entre la seguida por las hijas y la del ex presidente? Pues, probablemente esto es lo que vaya a suceder y lo que puede resultar más recomendable para ambas ¿Y diferencias de estrategia entre las propias hijas?2

En definitiva, visto el panorama, para el ex presidente, el reto será gestionar cómo influyen las distintas declaraciones de testigos y las nuevas coinvestigadas (sus hijas), así como todos los documentos que pueda tener a su disposición.

Sobre la conformidad

 

   
  Marcelino Tamargo  subraya que es posible que  la imputación de sus  hijas sea  una  llamada a la conformidad de Zapatero  
     

Marcelino Tamargo, socio director de Espacio Legal y Abogado penalista especializado en Derecho Penal Económico. Cree que la imputación de las hijas es una llamada a la conformidad de Zapatero. Las decisiones dictadas por el titular del Tribunal Central de Instancia, el magistrado José Luis Calama, señalan el paso a una nueva fase en la instrucción.

“Al fijar la fecha del 30 de noviembre para la declaración como investigadas de Alba y Laura Rodríguez Espinosa, en paralelo al encargo de un peritaje gemológico de precisión a la firma Yanes sobre las joyas incautadas, el instructor no solo delimita el mapa del expediente; despliega una estrategia de presión procesal que busca quebrantar definitivamente tras el varapalo de la nulidad denegada, la resistencia del principal investigado”, indica

En su opinión, como “he venido sosteniendo en intervenciones anteriores, la inocencia de las hijas del expresidente sobre la ideación de la trama terminará imponiéndose. En el engranaje de la delincuencia económica compleja, resulta habitual que el entorno familiar figure formalmente al frente de sociedades vehículo —como en este caso la mercantil Whathefav— sin conocer el alcance o la verdadera finalidad de los flujos de capitales que por ellas transitan”.

“ El dolo penal exige un conocimiento efectivo del origen ilícito y de la dinámica de blanqueo, elementos que la instrucción difícilmente podrá sostener frente a quienes han actuado de manera meramente instrumental”, comenta

A su juicio, “sin embargo, desde el prisma de la técnica de la instrucción penal, el movimiento del juez Calama responde a una cuidada hoja de ruta. Al citar a las hijas, el instructor persigue un doble objetivo:

Determinar el titular real y la cadena de mando: El interrogatorio a las administradoras formales de las sociedades interconectadas busca desmontar las capas de opacidad, identificar quién ejercía como verdadero administrador de hecho (dominus negotii) y trazar el camino exacto del dinero percibido desde el entorno de Análisis Relevante o el rescate de Plus Ultra.Generar un efecto palanca para una confesión:

En su opinión, “en la praxis de la investigación de macrocausas económicas, el estrechamiento del cerco sobre el núcleo familiar directo genera una tensión emocional e institucional insostenible. Esta presión busca precipitar una colaboración de Rodríguez Zapatero con la Justicia mediante una confesión inmediata que aclare la trazabilidad financiera y permita delimitar las responsabilidades antes del arranque de las declaraciones del 30 de noviembre”

Para Tamargo, “por otro lado, la designación de la joyería Yanes para tasar el lote de joyas intervenido —con el ultimátum de tres días a la defensa para justificar su origen— apuntala la vertiente del delito fiscal y de blanqueo patrimonial. Frente a explicaciones genéricas que han debilitado la posición procesal de la defensa, la cuantificación experta dejará sin espacio las evasivas mediáticas”.

Este experto concluye indicando que desestimada la vía de las nulidades procesales, la única salida jurídica realista para el expresidente pasa por abandonar el hermetismo y asumir que la estrategia de aislar a la familia de la causa exige un movimiento firme de su defensa: o bien el aporte de una prueba pericial económica incontestable sobre la licitud de sus ingresos, o bien la apertura de vías de conformidad que protejan a su entorno de un innecesario desgarro procesal.

las declaraciones de sus hijas son clave

   
  Raul Pardo destaca que se hace precisa para Zapatero  la reconstrucción documental de la adquisición de cada pieza relevante, pues una explicación contrastable puede desactivar la hipótesis investigadora  
     

Para Raúl Pardo, socio director de Pardo Geijo Abogados,  en relación con las hijas de Rodríguez Zapatero, el análisis jurídico habrá de centrarse en quién ejercía el control efectivo de las operaciones de su empresa y qué conocimiento tenía cada una sobre los pagos recibidos, atendiendo tanto a las decisiones adoptadas como al sustrato económico de los contratos.” Es en ese terreno donde habrá de individualizarse la responsabilidad, mediante el examen de la intervención de cada investigada en la actividad societaria”, revela

“Por tal razón, resultará determinante la correspondencia entre los trabajos facturados y las prestaciones efectivamente realizadas, porque una actividad empresarial auténtica puede coexistir con operaciones destinadas a justificar pagos de distinta naturaleza. De ahí que acreditar que la empresa trabajaba y tenía clientes deje sin resolver una parte sustancial del problema si esa explicación no alcanza a las operaciones cuestionadas, cuyos importes deberán encontrar justificación en los servicios prestados”, subraya

Para este jurista “ahí radica la importancia de la declaración de ambas como instrumento de contraste entre esa realidad empresarial y la documentación intervenida, especialmente para esclarecer cómo se negociaban los encargos, quién fijaba los honorarios y quién disponía del dinero”.

En su opinión “la consistencia de las explicaciones dependerá de su concordancia con las comunicaciones y los movimientos bancarios, de modo que una invocación genérica de servicios de asesoramiento —algo que acostumbro a ver en otros procedimientos— difícilmente permitirá esclarecer operaciones económicas individualizadas”.

“En lo relativo a la calificación jurídica habrá de distinguirse la eventual simulación de operaciones de la participación en la ocultación de fondos delictivos, porque cada conducta tiene sus exigencias y, en el blanqueo doloso, el conocimiento de la procedencia delictiva es un elemento nuclear. La atribución de responsabilidad requiere, por tanto, precisar la intervención de cada hija y el alcance de su conocimiento”.

 Este penalista revela que “respecto de Rodríguez Zapatero y las joyas, resulta acertado que la pericial abarque elementos identificativos y antigüedad, además del valor, porque esas referencias pueden permitir la localización de fabricantes o vendedores y la reconstrucción de las sucesivas transmisiones. Y es que una numeración contrastable con un registro comercial puede ofrecer mayor rendimiento probatorio que una tasación global, al proporcionar un punto de apoyo para esclarecer la procedencia de las piezas”.

“Desde la perspectiva fiscal, habrá de determinarse el título jurídico de adquisición, puesto que una donación, una compraventa y una retribución en especie originan consecuencias tributarias diferentes. La cuantificación de una defraudación exige establecer previamente qué operación tuvo lugar, quién era el obligado tributario y cuándo nació la obligación, siendo la cuota defraudada resultante de ese examen la magnitud penalmente relevante”, advierte

Raul Pardo cree que “en materia de contrabando, deberán examinarse las circunstancias de introducción, tenencia o circulación de las piezas y su documentación aduanera, prestando especial atención al criterio de tasación, ya que el valor de reposición actual solicitado a los peritos habrá de relacionarse con las reglas legales de valoración y su referencia temporal”.

Por eso, para la defensa del expresidente, “se hace precisa la reconstrucción documental de la adquisición de cada pieza relevante, pues una explicación contrastable puede desactivar la hipótesis investigadora, mientras que las contradicciones con registros comerciales o bancarios pueden reforzarla”, recalca este jurista.

Desde su punto de vista, “en esa confrontación -entre la procedencia alegada y los datos comprobables- se concentra la trascendencia de la diligencia para su situación procesal”.

Peligra la credibilidad de Zapatero

   
  David Fechenbach indica que “la  credibilidad que pierdes durante la instrucción no la recuperas en el juicio. Y en el caso de un expresidente, además, se pierde también en lo político”  
     

En opinión de David Fechenbach, socio director de Fechenbach Abogados cree que la defensa del expresidente se ha equivocado, y bastante. Ahora mismo lo que está en juego en esta causa ya no es solo lo que se investiga, sino la credibilidad de su versión, y esa credibilidad se la han ido minando ellos mismos.

“Un investigado no está obligado a declarar ni a decir la verdad. Tampoco tiene que aportar nada que le perjudique. Eso vale para Zapatero igual que para cualquiera. El problema es que el derecho a callar no borra lo que uno ya ha dicho, y aquí se habló de más desde el primer día”, apunta

“En su declaración del 17 de junio, Zapatero entregó al juez una "autorización universal voluntaria" para que se revisara todo su patrimonio sin necesidad de requerimiento judicial. Quedaba muy bien ante la opinión pública. Pero cuando el juez Calama autorizó a la UDEF a pedir información bancaria suya y de su entorno, la defensa recurrió alegando intimidad y riesgo de una investigación prospectiva. El recurso se rechazó, y la Fiscalía les recordó lo que había dicho su cliente en junio. Si ofreces que lo miren todo y luego pones pegas cuando lo miran, el juez toma nota. Y tu palabra vale menos la próxima vez”, resalta

 Para Fechenbach “lo de las joyas es peor. Ese mismo día no contestó sobre las piezas encontradas en su despacho, tasadas en 1,3 millones, y dijo que en "una semana o diez días" aportaría la documentación. Han pasado tres meses sin que llegue nada. Mientras tanto, en julio fue a televisión a decir que eran un regalo de cortesía de hace años, algo que no ha contado al juez. Ahora Calama le da tres días para presentar lo que tenga y encarga otra pericia a una joyería distinta. Normal”-

En su opinión, “si no hubiera dicho nada, nadie podría reprocharle su silencio. Pero prometió una explicación y no la ha dado, y eso se interpreta como que los papeles no existen o no dicen lo que él esperaba. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ya admitió en el caso John Murray contra Reino Unido, en 1996, que cuando las pruebas exigen una explicación que solo el investigado puede dar, que no la dé puede tenerse en cuenta. Es decir, la defensa tenía un silencio que nadie podía tocar y lo ha convertido en un argumento para la acusación”.

Este penalista recuerda que “encima, el momento no puede ser peor. Julio Martínez, su socio, ya ha dicho al juez que quiere colaborar, y los antiguos responsables de Plus Ultra han reconocido pagos a su sociedad. A partir de ahí, todo lo que diga Zapatero se va a comparar con lo que digan ellos, y cualquier contradicción anterior le pesará. Sus hijas declaran el 30 de noviembre en ese contexto”.

David Fechenbach finaliza indicando que “la credibilidad que pierdes durante la instrucción no la recuperas en el juicio. Y en el caso de un expresidente, además, se pierde también en lo político. Yo siempre digo a mis clientes que en instrucción se habla con documentos o no se habla. A veces hablar menos es hablar más”.