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Bilbao, 16 ene (EFE).- Un juzgado de lo Social de Bilbao ha estimado que un accidente de tráfico sufrido por un trabajador un domingo por la tarde entre la residencia habitual, situada en Madrid, y la residencia en la que habita por cercanía a su puesto de trabajo, situada en Bizkaia, es un accidente de trabajo de los denominados "in itínere".

Según ha informado comisiones obreras, el trabajador afectado, perteneciente a la empresa Elecnor Servicios y Proyectos SAU, sufrió el accidente un domingo a la tarde en el desplazamiento entre la Comunidad de Madrid y Bizkaia, provincia esta última en la que reside entre semana por motivos laborales.

Al no poder desempeñar su trabajo debido a las molestias derivadas del accidente acudió a la mutua Asepeyo, que gestiona las contingencias profesionales de Elecnor Servicios, que no reconoció el origen profesional del accidente, debido al cual el trabajador ha tenido que permanecer de baja médica, sino que impugnó la resolución de la Seguridad Social que sí reconocía lo acontecido como accidente de trabajo.

Si bien el trabajador no se dirigía directamente al puesto de trabajo, la sentencia considera que la finalidad del viaje sigue determinada por una motivación laboral.

Se recalca que el trabajador viajaba un domingo al domicilio ubicado en Bizkaia para incorporarse al día siguiente a su puesto de trabajo, siendo esto una opción adecuada que no rompe el nexo causal entre trayecto y trabajo.

CCOO considera de importancia este fallo, que contribuye a adaptar el concepto de accidente "in itínere" a las características actuales del mercado de trabajo, con un número importante de población trabajadora teniendo su residencia habitual en un punto y la residencia cercana al puesto de trabajo en otro, mediando en ocasiones grandes distancias entre sí.




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