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No salimos de nuestro asombro leyendo el consejo que la asesoría de UGT ofrece a una trabajadora embarazada que acaba de formalizar su contrato y se encuentra en periodo de pruebas.

“La injusticia en cualquier parte es una amenaza a la Justicia en todas partes”. Martin Luther King.

Nos hacemos eco de un artículo de la asesoría laboral de UGT publicado en elplural.com, el día 19 de mayo, que responde a la consulta de una trabajadora embarazada de 12 semanas que ha sido contratada por una empresa y cuyo contrato tiene pactado un periodo de pruebas de 2 meses.

La trabajadora está timorata por las repercusiones laborales que pueda tener si la empresa llega a ser conocedora de su embarazo y cree que, de ocurrir, sería despedida durante el periodo de prueba.

De inicio, el periodo de pruebas en todo contrato lo que establece es un tiempo donde las partes se prestan para conocerse mutuamente de cara al futuro de la relación y durante el cual, trabajadora y empresaria, a través de un acto de liberalidad, pueden desistir de la relación contractual sin necesidad de justificar la causa.

La asesoría de UGT concreta la reforma llevada a cabo del artículo 14.2 del estatuto de los trabajadores (8 de marzo de 2019) que estableció una protección reforzada durante el periodo de prueba de las mujeres embarazadas. Explica UGT que “se trata de un canon reforzado y de una inversión de la carga de la prueba a favor de la trabajadora, de suerte que el desistimiento empresarial en estos casos, al igual que acontece con el despido, está protegido con la nulidad objetiva, esto es, si no hay causa -que no puede ser la libre voluntad del empresario- el despido sería nulo y, por lo tanto, no podría optar por echarla de la empresa abonándole la indemnización legal que, en este caso, sería muy baja por la escasa antigüedad, sino que tendría que mantenerla en su puesto de trabajo.”

Lo que queda reforzada es la protección de las trabajadoras en estado de gestación durante el periodo de pruebas frente a desistimientos y despidos que traigan causa de ese estado en la mujer trabajadora. Por supuesto, el empresario podrá despedir durante este periodo en aquellas circunstancias en que la causa que se acredite sea conforme a derecho (v.g. despido disciplinario).

Hasta aquí nada que objetar sobre el asesoramiento jurídico de UGT a la trabajadora. Sin embargo, he tenido que leer varias veces la parte final del artículo y debo confesar que sigo sin salir del asombro. Este es el fragmento de la respuesta de UGT a la trabajadora:

“Somos conscientes de que trabajo y trabajadora embarazada es un binomio de difícil convivencia para una parte del empresariado -esperemos que cada vez menor-. Por ello, no le aconsejamos que usted comunique su decisión, pues podría determinar que, en el supuesto de que pretendan despedirla, pudieran “preparar” el terreno y la prueba de eventuales incumplimientos. Y lo decimos siendo conscientes, como también lo somos, de la indignidad que supone, desde el punto de vista personal, que usted tenga que ocultar su estado si no quiere hacerlo.”

Vayamos por partes:

“Somos conscientes de que trabajo y trabajadora embarazada es un binomio de difícil convivencia para una parte del empresariado.”

De todo hay en la viña del señor, pero ni son recomendables los prejuicios, ni deben pagar justos por pecadores.

“Por ello, no le aconsejamos que usted comunique su decisión, pues podría determinar que, en el supuesto de que pretendan despedirla, pudieran “preparar” el terreno y la prueba de eventuales incumplimientos.”

Sí, leen bien, la asesoría de UGT recomienda a la trabajadora que oculte su estado de gestación al empresario, prejuzgando de entrada a este último por las probables represalias que pudiera tomar contra su estado natural de gestación. Indudablemente, ni el empresario puede preguntarle por su estado de cara a la contratación ni usted está obligada a comunicarlo, pero de ahí a enrocarse en un silencio impostado podría resultar como una suerte de victimización del embarazo y de la mujer embarazada que no ayuda, a mi juicio, a los esfuerzos y avances alcanzados en materia de igualdad.

“Y lo decimos siendo conscientes, como también lo somos, de la indignidad que supone, desde el punto de vista personal, que usted tenga que ocultar su estado si no quiere hacerlo.”

Un verdadero oxímoron el de UGT que viene a decir algo así como: ¡Oculte su embarazo por muy indigno que le resulte! ¡resígnese mujer, los derechos sociales se conquistan renunciando momentáneamente a ellos, ocultando la verdad, y aceptando que no existe más camino que el de ser más pillo que el otro!¡No eche usted cuenta de aquellos que nombran a una tal Clara Campoamor o Concepción Arenal, eso ya no se lleva y nosotros somos más listas y modernas!

Nos gustaría llamar la atención de aquellas mujeres a las que les llegue este artículo ofreciéndoles nuestra particular respuesta jurídico-sindical a la cuestión planteada.

Para nosotros, la cuestión es más simple. La igualdad formal se adquiere a través del reforzamiento de la igualdad material mandatada a los poderes públicos para que promuevan las acciones o medidas necesarias por mor de que la igualdad entre mujeres y hombres sea efectiva y real. Eso es lo que hicieron esas precursoras mujeres, luchar por sus derechos y no esconder eternamente su realidad estigmatizándola.

Concepción Arenal tuvo que vestir con ropas de hombre para acceder a la Universidad porque las inquietudes intelectuales les estaban vedadas a las mujeres. Han pasado dos siglos y entendemos que hoy existen herramientas para combatir estas conductas vulneradoras de los más elementales derechos humanos.

Nuestro consejo sería radicalmente opuesto al de la UGT. Si ha sido seleccionada y va a ser contratada, acuda con los representantes de los trabajadores de la empresa y comuníquelo al empresario, así podrá ser honesta con la empresa y consigo misma. Si posteriormente, el empresario opta por despedirla durante el periodo de pruebas de manera infundada, prepárese para combatir con todos los elementos que le brinda el derecho. Las leyes están para combatir las trampas y no al revés.

“La obra maestra de la injusticia es parecer justo sin serlo.” Platón.

Enlace al artículo de elplural.com:

https://www.elplural.com/economia/asesoria-laboral-ugt/embarazo-despido-periodo-prueba_289392102




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