JUC


Ernesto Pedro Casado Rodríguez

Presidente del Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia.

 

Tal vez sea buen momento, una vez que se han celebrado los actos formales de Apertura del Año Judicial, para reflexionar sobre la visión y perspectivas de futuro de la Justicia desde el punto de vista de los Letrados de la Administración de Justicia. Desde luego que venimos de un curso especialmente intenso y, que, previsiblemente el próximo lo será más. No queremos ahora hacer valoraciones políticas, sino que pretendemos limitarnos a realizar apreciaciones estrictamente técnicas, que como es habitual en nuestra forma de actuar, aporten soluciones a la realidad que venimos observando.

Si el pasado año estuvo marcado para los Letrados de la Administración de Justicia, por la preparación y puesta en marcha de importantes reformas, este curso estará condicionado, sobre todo, por su desarrollo y consolidación en la práctica diaria. La entrada en funcionamiento de los Tribunales de Instancia, el desarrollo de la Ley Orgánica 1/2025, la transformación de la Oficina Judicial, los cambios en nuestras condiciones profesionales y la necesidad de avanzar definitivamente en la digitalización han situado a nuestro Cuerpo al frente de uno de los procesos de transformación más complejos de las últimas décadas.

Por ello tenemos ahora la obligación y responsabilidad de poner de nuestra parte todo lo necesario para que el proceso de despliegue llegue a tener la eficacia que le es exigible. Y en esa línea se ha situado el CNLAJ; en este tiempo, hemos querido aportar nuestra visión allí donde se está construyendo la Justicia del futuro, destacamos las deficiencias, para proponer soluciones y que se puedan extraer del diseño todos los beneficios que entendemos que debería proporcionar porque realmente aún hay mucho margen de mejora.

El Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia, ha defendido siempre la necesidad de modernizar nuestra Administración de Justicia y de avanzar hacia una nueva organización. Nuestra posición nunca ha sido la del inmovilismo. Lo que hemos reclamado es que una transformación de esta magnitud se haga con planificación, formación, contando con los profesionales que estamos implicados en ello y, muy importante, con los medios suficientes.

Pero la realidad es que la implantación ha tenido carencias importantes para afrontar una reforma de estas dimensiones. La falta de medios personales y tecnológicos, la ausencia de criterios homogéneos y la insuficiente gestión del cambio han generado dificultades que estamos viviendo diariamente. Por ello, hemos reclamado y seguimos reclamando al Ministerio de Justicia y a los responsables políticos, que asuman su responsabilidad y que se establezcan criterios homogéneos para todo el territorio, protocolos claros y se dote de medios suficientes, sobre todo humanos, y especialmente de Letrados de la Administración de Justicia. Crear unidades judiciales sin soporte personal y material es irreal, lo estamos viendo y reclamando diariamente.

Ahora que los Tribunales de Instancia ya forman parte de nuestro entorno, el objetivo debe ser que funcionen de forma eficaz. Y para ello los Letrados de la Administración de Justicia tenemos mucho que aportar, como directores de las Oficinas Judiciales y de los servicios comunes procesales. La reciente reclamación del Colegio ante la publicación de la Guía de Buenas Prácticas del CGPJ vuelve a responder a esta misma preocupación: necesitamos coordinación, homogeneidad y seguridad jurídica en la aplicación del nuevo modelo.

Homogeneidad y tribunales de Instancia

El CNLAJ viene exigiendo hasta la saciedad que se proporcione homogeneidad a la aplicación de la LO 1/2025, desde todos los puntos de vista.  Por supuesto  y esencialmente respecto al nuevo diseño organizativo, donde es necesario constituir y hacer funcionar el Tribunal y la Oficina Judicial que le da servicio, coordinar la relación entre ambos y hacerlo de modo coherente en todo el territorio nacional. Pero también en el resto de la ley y en concreto en la descontrolada puesta en marcha de los criterios MACS, que están haciendo dudar seriamente de la eficacia de las medidas incorporadas al texto legal, con muchas expectativas de éxito que se están viendo frustradas.

En este ámbito, hemos podido comprobar cómo la entrada en vigor de la LO 1/2025 ha revelado que son muchas las deficiencias detectadas en el propio texto legal. Sin duda se trata de una ley que debería haber sido ya reformada en algunos aspectos esenciales (esencialmente respecto al requisito de procedibilidad), pero también es cierto que gran parte de los problemas que se han presentado derivan de la forma en la que se ha producido su puesta en marcha y de los plazos previstos en las disposiciones transitorias.

Desde antes de su aprobación destacamos una carencia esencial en un texto que pretendía revolucionar la Administración de Justicia. No se había realizado una adecuada gestión del cambio,  y ello ha condicionado el destino posterior de la ley. Esta carencia ha sido determinante tanto en las disposiciones de naturaleza preferentemente procesal, como en las de carácter organizativo.

Efectivamente, las leyes no se agotan con su remisión al BOE, si quieren ser eficaces debe prepararse y gestionarse debidamente, antes y después, su entrada en vigor para que los efectos buscados en el texto legal puedan llegar a ser realmente efectivos. Debía haberse concienciado correctamente a los usuarios y profesionales afectados, de su necesidad, de su conveniencia, de la forma de desplegar el nuevo sistema, de la participación y corresponsabilidad que deberían haber tenido todos, tanto entes políticos, como colectivos profesionales; y por supuesto dotar a la Justicia de medios personales y materiales. Y finalmente controlar el despliegue, hacer un seguimiento eficaz y real del proceso, detectar los problemas y proponer soluciones. Y esto no se puede hacer sin voluntad real de todos los implicados, sin medios, y sin aplicaciones informáticas efectivas que sean capaces de gestionar las oficinas, el tribunal y los procesos.

Después del tiempo transcurrido es hora de preguntarnos:

  • ¿Qué se ha hecho en el último año para concluir la puesta en marcha de la oficina judicial del Tribunal de Instancia?
  • ¿Las CCAA con competencias han asumido sus obligaciones? Y de ser negativa la respuesta ¿qué se ha hecho para impulsar el proceso?
  • ¿Se ha controlado por alguien si el proceso va bien o mal? ¿Se han concretado puntos de control que nos permitan identificar el lugar y motivos donde pueda haber problemas?
  • ¿La Ley retrasa y encarece los pleitos? ¿O proporciona soluciones más rápidas que contribuyen a agilizar la Administración de Justicia?
  • Y finalmente: ¿Hay coherencia y homogeneidad en el proceso de implantación que nos permita responder de forma razonablemente igual en todas las oficinas judiciales del territorio español? ¿Se han aprobado los protocolos necesarios que deben gobernar el proceso?.

Sabemos que en la Justicia española participan el Ministerio de Justicia, las CCAA con competencias en medios personales y materiales (llega al 80% de los tribunales), y el CGPJ respecto del Tribunal en sí, de la organización de jueces y magistrados.

Este sistema tan complejo, requiere, por ello, necesariamente coordinación, y una revisión continua del proceso, que debe alcanzar esencialmente al despliegue mismo del diseño y que sea correctamente asumido en todo el territorio nacional, porque aunque sea anacrónico, aún no está implantado de forma real y efectiva en gran parte del mismo.

Por ello el CNLAJ viene haciendo una crítica constructiva dirigida a destacar las deficiencias del proceso, proponiendo las soluciones que entendemos que las corrigen; animando a todos nuestros compañeros a dar todo y a participar en el éxito del nuevo diseño, sin olvidar que en el momento actual, la realidad es mejorable; a reclamar soluciones similares para las mismas realidades; proporcionar mayor seguridad jurídica, igualdad en la prestación del servicio público de Justicia, reducción de incidencias, mejora de la eficacia y respuestas adecuadas a profesionales y ciudadanos.

Para ello son imprescindibles protocolos dirigidos esencialmente a la organización de las oficinas judiciales, distribución de funciones y responsabilidades, estructurar la tramitación procesal, mejorar y controlar el uso de herramientas tecnológicas y en consecuencia la atención a los profesionales y a la ciudadanía. Porque no es admisible la dispersión de criterios organizativos y procesales, con respuestas diferentes ante situaciones equivalentes. No es razonable que se esté trabajando sobre lo mismo de manera separada y descoordinada, que se están malgastando recursos públicos y obteniendo resultados mejorables.

Para resolverlo proponemos:

1. Que se actualicen unos protocolos básicos para todas las oficinas. La Ley Orgánica 1/2025 y las instrucciones generales conforman el marco común; sobre esa base, cada Secretaría de Gobierno debe aprobar, antes del despliegue, el protocolo de actuación de la Oficina judicial correspondiente, elaborado por la Secretaría de Coordinación Provincial y adaptado al diseño aprobado por la Administración competente y a la relación de puestos de trabajo.

El protocolo identifica servicios, áreas y equipos; delimita responsables; establece circuitos de entrada, reparto y tramitación; regula sustituciones, apoyos y redistribución de cargas; fija canales de comunicación; y conecta estas reglas con las funciones de los puestos de trabajo. El protocolo debe prever responsables y canales para registrar incidencias, medir cargas y tiempos, revisar la distribución del trabajo y proponer ajustes. Su aplicación no es estática: ha de adaptarse a la experiencia del servicio, a los cambios normativos y a las necesidades detectadas.

2. Trabajar en la coordinación con los órganos del Poder Judicial. Estableciendo espacios estables de trabajo entre la presidencia del Tribunal de Instancia, y los  responsables de la oficina judicial para unificar criterios, identificar incidencias y consensuar soluciones organizativas. Y lo que es esencial, priorizar el uso uniforme de aplicaciones informáticas y la comunicación plenamente electrónica.   Y en la misma medida ofrecer cauces de comunicación directamente con el CGPJ, buscando transparencia, participación de los profesionales afectados, y respeto a las competencias institucionales de cada uno.

3. Coordinación con las CCAA con competencias en materia de Justicia para asegurar que profesionales y ciudadanía reciban una respuesta equivalente en acceso, información, tramitación y calidad, con independencia de la comunidad autónoma en la que se tramite el asunto. Por eso se debería revisar periódicamente el calendario coordinado para el despliegue de los Tribunales de Instancia y de las oficinas judiciales, respetando la distribución constitucional y estatutaria de competencias. Si además se pudiera garantizar que los sistemas de gestión procesal y expediente judicial electrónico, intercambien información de forma segura, completa y trazable, con criterios comunes de identificación, datos y documentación, la Justicia mejoraría mucho.

4. El expediente judicial electrónico es imprescindible. La homogeneidad de la Administración de Justicia no puede limitarse a protocolos organizativos; exige que el procedimiento se gestione sobre un expediente judicial electrónico íntegro, interoperable y accesible con garantías equivalentes en todos los territorios.

La normativa actual exige la tramitación electrónica, disponer del expediente judicial electrónico y de comunicaciones digitales como elementos estructurales del servicio público. En consecuencia, el papel debe dejar de ser el soporte ordinario y conservarse únicamente en los supuestos excepcionales admitidos por la normativa o cuando resulte necesario para proteger el acceso efectivo de las personas afectadas por la brecha digital. Pero, insistimos, la eliminación del papel es una condición imprescindible para evitar diferencias de funcionamiento entre oficinas y territorios y para que pueda implantarse con éxito el nuevo diseño organizativo.

El nuevo año judicial nos plantea, por tanto, importantes desafíos. La consolidación de los Tribunales de Instancia y de la nueva Oficina Judicial seguirá siendo una prioridad. Tenemos que conseguir que la reforma se traduzca en una organización eficaz, homogénea y dotada de los medios necesarios.

Pero junto a ello, seguiremos reclamando desde el CNLAJ en el reconocimiento efectivo de nuestra negociación colectiva propia y el desarrollo de una verdadera carrera profesional para los Letrados de la Administración de Justicia. El Colegio ya ha realizado un importante trabajo en esta materia y no vamos a abandonar ese camino.

La reforma del sistema de productividad seguirá siendo también una reivindicación fundamental, al igual que la mejora de las condiciones del Registro Civil y la adecuada dotación de los servicios que dependen de nosotros. Seguiremos defendiendo el teletrabajo, la independencia técnica y profesional de los Letrados de la Administración de Justicia y nuestro papel esencial en la dirección de las Oficinas Judiciales y de los servicios comunes.

Y tendremos que afrontar, con decisión, la transformación tecnológica de la Justicia. No solo la tramitación y documentación electrónica de los expedientes judiciales debe ser una realidad efectiva en todos los órdenes jurisdiccionales, sino también asumir con responsabilidad la realidad de la inteligencia artificial, la automatización y la transformación digital, que no son ya cuestiones de futuro. Son parte de nuestro presente y debemos ser protagonistas de ese proceso para utilizarlas con criterio, de forma razonablemente organizada y con los límites que un servicio público como el de la Justicia exigen.