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Català Reinón Abogados Madrid
Las familias monoparentales cuentan hoy con un escenario jurídico muy distinto al que existía hace apenas unos años en materia de permisos por nacimiento y cuidado de menores. Así lo analiza Català Reinón Abogados en su blog, donde repasa la evolución normativa y jurisprudencial que ha llevado a ampliar la protección de estos hogares y a reconocer semanas adicionales de cuidado para los menores
El cambio comenzó a raíz de la sentencia 140/2024 del Tribunal Constitucional, que consideró insuficiente la regulación existente al impedir que las familias monoparentales pudieran acceder a un tiempo de cuidado equivalente al que reciben los menores de familias con dos progenitores. Según explica Català Reinón Abogados, la decisión del alto tribunal se apoyó en la necesidad de evitar que los niños nacidos en familias monoparentales recibieran una protección inferior por una circunstancia ajena a su voluntad.
Uno de los aspectos más relevantes de esta evolución jurídica llegó posteriormente de la mano del Tribunal Supremo. Tal y como recuerda el despacho, la sentencia 118/2025, de 19 de febrero, aplicó la doctrina constitucional y reconoció a una madre monoparental diez semanas adicionales de prestación. Pocos días después, la sentencia 121/2025 reafirmó ese mismo criterio, consolidando una línea jurisprudencial que se convertiría en referencia para numerosos procedimientos.
Como destaca la firma jurídica, “el Supremo reconoció diez semanas adicionales de prestación a la única progenitora”, una decisión que marcó un antes y un después en la interpretación de estos derechos. El análisis subraya además que durante 2025 se dictaron diversas resoluciones en la misma dirección.
La cuestión, sin embargo, no se limitaba a ampliar un permiso para el adulto responsable del menor. El verdadero fundamento de las resoluciones judiciales, según expone el despacho, estaba en la protección de la infancia. En este sentido, una de las ideas centrales de la doctrina es que “los hijos de familias monoparentales quedaban con menos semanas de cuidado protegido que los menores de familias biparentales”. Ese razonamiento fue determinante para que el Tribunal Constitucional vinculara la cuestión a los principios de igualdad y protección del menor.
No obstante, el panorama volvió a modificarse con la aprobación del Real Decreto-ley 9/2025, que reformó el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores. De acuerdo con el análisis de Català Reinón Abogados, la nueva regulación incorpora expresamente una duración reforzada para las familias monoparentales, lo que obliga a diferenciar entre los nacimientos producidos antes y después de la entrada en vigor de la reforma.
El despacho advierte de que “ya no es correcto aplicar automáticamente la regla jurisprudencial de diez semanas a cualquier nacimiento actual”, puesto que el régimen jurídico aplicable dependerá de la fecha concreta del hecho causante. Esa precisión temporal resulta esencial para determinar los derechos que corresponden en cada caso.
Otro elemento que subraya la publicación es la importancia de las disposiciones transitorias. Aunque la ley ha cambiado, siguen existiendo procedimientos abiertos relacionados con situaciones anteriores a la reforma. Para estos supuestos, las sentencias del Tribunal Supremo continúan teniendo una relevancia decisiva.
Asimismo, el análisis recuerda que el permiso laboral y la prestación económica de la Seguridad Social son derechos distintos, aunque estrechamente conectados. Por ello, las controversias pueden afectar tanto a la suspensión del contrato de trabajo como al reconocimiento de las prestaciones por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Finalmente, Català Reinón Abogados sostiene que la nueva regulación no elimina el valor de la doctrina judicial que impulsó el cambio. Al contrario, las resoluciones del Constitucional y del Supremo siguen siendo fundamentales para interpretar situaciones transitorias y para comprender el principio que ha guiado toda esta evolución legislativa: garantizar una protección reforzada de los menores que forman parte de familias monoparentales.