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  • La Audiencia Provincial de Murcia ha atribuido a un padre la patria potestad en exclusiva respecto de las cuestiones psicológicas y médicas de su hija, incluyendo las relativas a alimentación y vacunaciones.
  • El tribunal considera que la postura de la madre de negarle la vacunación contra el Covid y el uso de mascarilla en el colegio perjudica el interés superior de la niña.

“La cuestión de vacunar o no a un menor es una cuestión directamente ligada a la patria potestad. Tuvimos que solicitar autorización judicial para ello”, explica María José Parra Martínez, abogada defensora del padre.  El Juzgado de Familia ya le había dado la razón.

El informe pericial recoge la oposición de la madre a que la niña sea vacunada contra el Covid, así como la imposición de una alimentación vegetariana y su oposición a que fuera al colegio y a que usara la mascarilla en el centro educativo. “El que la madre quisiera imponer su criterio ideológico sobre el bienestar de la menor hizo que el juez le otorgara al padre la facultad de decisión”, sostiene Parra Martínez.

Aunque ambos progenitores tienen capacidad para cuidar de la menor, y la guardia y custodia será compartida, “la aptitud del padre para la atención y cuidado de la menor resulta acreditada, puesto que la vacunación es beneficiosa a título sanitario, educativo y social”, afirma Parra.

También “procede acordar que se mantenga al padre el uso de la vivienda que venía siendo familiar, de la que es arrendatario”, indica la letrada, quien manifiesta que les ha  llevado tres años conseguirlo y que es un fallo pionero. “No existe jurisprudencia en este sentido”, cuenta.

La madre, disconforme con la resolución de instancia había recurrido la primera sentencia. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Murcia desestima el recurso de apelación. Dicha desestimación impone a la progenitora el pago de las costas de alzada.




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