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El proyecto de Ley, presentado por el PNV, se somete este martes a consideración en el Congreso de los Diputados y cuenta con el apoyo de toda la abogacía de Familia española (Foto Congreso Diputados)

El proyecto de Ley, presentado por el PNV, se somete este martes a consideración en el Congreso de los Diputados y cuenta con el apoyo de toda la abogacía de Familia española

La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) insta a todos los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados a respaldar mañana martes  la proposición de ley que busca suprimir la exigencia de acudir a los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) en los procedimientos judiciales de familia donde se vean afectados menores de edad.

La iniciativa legislativa presentada por el PNV cuenta con el apoyo de toda la abogacía de Familia del país, que ha advertido ante el Defensor del Pueblo y ante los partidos de los retrasos que está generando la obligatoriedad de los MASC antes de interponer una demanda en el juzgado.

"Miles de niños y niñas de este país y sus familias están pendientes de una decisión que afecta a cuestiones vitales de sus vidas, como la fijación de la pensión de alimentos o la posibilidad de ver a su padre y a su madre. No podemos fallarles. En esta cuestión, los partidos políticos deben actuar con sentido común y dejar a un lado sus rivalidades", ha subrayado  Lola López-Muelas,  presidenta de la AEAFA.

Desde la AEAFA se reitera una postura favorable a los MASC y se comparte la necesidad de fomentar una cultura de colaboración y diálogo en la sociedad, en lugar del enfrentamiento. No obstante, la asociación especifica que en los litigios de familia existen cuestiones urgentes —vinculadas a los derechos alimenticios, de vivienda y de relación con los progenitores— que exigen una respuesta rápida por parte de los tribunales para proteger eficazmente el interés superior del menor.

Efectos perniciosos de los MASC

Desde su implementación los abogados de familia de la AEAFA han constatado que la  obligatoriedad de intentar una vía negociada previa retrasa resoluciones vitales cuando menores o progenitores se ven privados de derechos elementales. De prosperar la iniciativa, se llevará a cabo la reforma de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia en el Servicio Público de Justicia.

Así, con la aprobación del Proyecto de Ley presentado por el PNV, se pondría fin a varios problemas generados desde abril de 2025 con la introducción obligatoria de los MASC:

• Pérdida de plaza escolar, viajes, tratamientos médicos no urgentes... La discrepancia de los padres respecto al cambio o elección de centro escolar, cursos en el extranjero, expedición de pasaporte, tratamientos médicos o psicológicos no urgentes, prácticas religiosas, entre otras, abocan a emprender un MASC. Los plazos que exige la Ley para cumplir con el requisito de procedibilidad alargan el proceso y conducen en muchas ocasiones a la pérdida de la plaza en el centro escolar, el viaje programado, el agravamiento de una enfermedad o fomentan el secuestro del menor por parte de uno de los progenitores.

•  Retraso en garantizar los alimentos y las visitas de los hijos. Antes de la entrada en vigor de la LO 1/2025, de 2 de enero, los procesos de Familia contaban con herramientas procesales para dar una respuesta rápida a situaciones de alta conflictividad entre los progenitores. De este modo, se daba una respuesta provisional sobre quién se queda en la vivienda, cómo se organiza la custodia de los hijos, o la pensión alimenticia mientras se resuelve el divorcio o la separación. Con la entrada en vigor de la LO 1/2025, hay retrasos de varios meses para fijar una pensión de alimentos o establecer visitas con el padre o madre que no tiene la custodia.

• Desventaja de los juzgados españoles en los procesos de Familia transfronterizos. En los procesos de familia con alguno de los miembros de la pareja extranjeros, la prioridad en la presentación de la demanda puede resultar determinante para fijar la jurisdicción competente. Es decir, quien interpone la demanda primero, elige el foro. La exigencia de un MASC implica la pérdida automática de la competencia de los tribunales españoles en favor de terceros países.

• Procedimientos más caros. El requisito de procedibilidad, lejos de reducir los costes, encarece los procedimientos de Familia al obligar a las partes a acudir a una fase previa de negociación o mediación, con la intervención de profesionales y sin garantías de éxito.

Cambios propuestos este martes

Los cambios que propone el PNV y cuentan con el apoyo de la abogacía de Familia de todo el país afectarían a la de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero en su apartado 3 del artículo 5, que quedará con la siguiente redacción literal:

“No será preciso acudir a un medio adecuado de solución de controversias para:

a) la interposición de una demanda ejecutiva;

b) la demanda de exequátur o de cualquier otro procedimiento sobre reconocimiento o declaración de fuerza ejecutiva de resoluciones, acuerdos y documentos públicos extranjeros;

c) la interposición de una demanda de separación, divorcio y nulidad matrimonial o demanda de medidas patern- filiales, la solicitud de medidas cautelares, medidas provisionales previas a la demanda y la demanda de modificación de medidas, cuando en dichos procedimientos se soliciten, entre otras medidas, las que afecten a derechos de los menores;

d) la solicitud de diligencias preliminares;

e) la iniciación de expedientes de jurisdicción voluntaria, con excepción de

los expedientes de intervención judicial en los casos de desacuerdo conyugal y en

la administración de bienes gananciales;

f) presentar la petición de requerimiento europeo de pago conforme al Reglamento (CE) n.º 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se establece un proceso monitorio europeo, o solicitar el inicio de un proceso europeo de escasa cuantía, conforme al Reglamento (CE) n.º 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, por el que se establece un proceso europeo de escasa cuantía.”

La AEAFA ya ha trasladado sus objeciones sobre la aplicación de los MASC en estos procedimientos tanto al Defensor del Pueblo como a los grupos políticos. Ahora confía en que la tramitación parlamentaria permita introducir una excepción específica para los asuntos de Familia con menores, algo que considera compatible con mantener y fomentar los mecanismos negociados en aquellos conflictos en los que puedan resultar adecuados.