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El divorcio de mutuo acuerdo ante Notario es una posibilidad, para muchos desconocida.

¿Cuáles son los requisitos para plantear el divorcio de mutuo acuerdo ante notario?

Pero no todos los divorcios de mutuo acuerdo pueden tramitarse ante Notario.

Es necesario que concurran todos y cada uno de los siguientes requisitos:

- Tratarse de un divorcio de mutuo acuerdo.

- Haberse celebrado el matrimonio hace más de tres meses. divorcio mutuo acuerdo.

- No haber hijos menores de edad o incapacitados judicialmente. En caso de que haya hijos menores o con la capacidad modificada judicialmente, será preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal, que deberá aprobar las medidas que les afecten y por tanto será necesario tramitar el divorcio en el juzgado.

- Que la mujer no esté embarazada en el momento de solicitar el divorcio. Esto es porque aunque la personalidad se determina por el nacimiento, al concebido se le tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables.

- El matrimonio deberá contar con la asistencia de un letrado que firmará junto con los cónyuges la escritura de divorcio. También es posible, incluso aconsejable, que cada uno de los cónyuges cuente con su propio letrado, tal y como ocurre en el divorcio que se tramita ante el Juzgado.

- Los cónyuges deberán manifestar su voluntad de disolver el matrimonio y acordarán las medidas derivadas de esa disolución.

- En caso de que el matrimonio tenga hijos mayores de edad o menores emancipados, éstos deberán prestar su consentimiento en el mismo acto en relación a las medidas que les conciernan si carecen de ingresos y conviven en la vivienda familiar.

- Es necesaria la comparecencia personal de ambos cónyuges ante el Notario.

¿Qué documentación es necesaria?

El abogado deberá recabar los siguientes documentos para su presentación en Notaría:

- DNI o NIE de los cónyuges.

- Certificado de matrimonio.

- Libro de familia.

- Certificado de nacimiento de los hijos mayores de edad en su caso.

- Convenio Regulador.

- Certificado de empadronamiento de los cónyuges.

- Documentación acreditativa del letrado interviniente como colegiado ejerciente.

- Documentación relativa a los bienes y deudas en caso de que se vaya a liquidar la sociedad de gananciales.

Conclusión del divorcio de mutuo acuerdo ante notario:

Además de la agilidad del procedimiento y de la posibilidad de escoger el día y la hora más conveniente para el otorgamiento de la escritura, hay otras ventajas que aconsejan, en caso de reunir los requisitos necesarios, optar por este trámite frente al proceso judicial:

La inmediata ejecutividad de la escritura frente a la necesidad de esperar al transcurso del preceptivo plazo procesal para que la resolución judicial sea firme.

No es necesaria la asistencia de procurador, lo cual ahorra a los cónyuges el coste de los honorarios de este profesional; lo que sí deberán abonar son los gastos de Notaría, si bien, no se trata de un importe elevado, alrededor de 200 Euros aproximadamente (siempre y cuando no se liquide la sociedad de gananciales).




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