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Las X Jornadas de Prevención y Represión de Blanqueo de Capitales tuvieron lugar el 18 de febrero, en Madrid, en la sede institucional del Consejo General de la Abogacía Española, bajo el lema “Retos nuevos, soluciones nuevas”. Organizadas por el Órgano de Prevención de Blanqueo de la Abogacía (OPBA), presidido por Jesús Pellón, las jornadas se desarrollaron de forma presencial y pudieron seguirse también en streaming, lo que permitió una participación amplia y cualificada.

La sesión se inició con la intervención del presidente del Consejo General de la Abogacía Española, Salvador González, quien reafirmó el compromiso institucional con la prevención del blanqueo de capitales y defendió el secreto profesional no como un privilegio del abogado, sino como garantía estructural del derecho de defensa. La confidencialidad en la relación abogado-cliente constituye presupuesto indispensable de la libertad técnica y de la efectividad del derecho fundamental consagrado en el artículo 24 de la Constitución.

La intervención inaugural técnica correspondió al magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Julián Sánchez Melgar, quien ofreció una brillante y actualizada exposición sobre la labor jurisprudencial del alto tribunal en la delimitación del delito de blanqueo de capitales. Subrayó la amplitud del artículo 301 del Código Penal y advirtió del riesgo de interpretaciones desmesuradas, especialmente cuando las investigaciones se sustentan en macro-atestados de discutible depuración técnico-jurídica que terminan siendo asumidos en muchas ocasiones en las fases de instrucción judicial.

Un año más coincidieron en estas jornadas  De izda. a dcha.: Luis Manuel Rubí, socio director de Rubí Blanc Abogados; Jesús Pellón, presidente del Órgano de Prevención de Blanqueo de la Abogacía y África Pinilla, responsable de gestión del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC)   (Abogacia Española)

Recordó que el blanqueo constituye el flujo vital de las organizaciones criminales, en cuanto permite integrar en el tráfico económico los beneficios ilícitos, pero también es el punto por el que pueden ser detectadas. Su incidencia trasciende el ámbito individual, pues altera el orden socioeconómico y puede erosionar la confianza en las instituciones. Destacó igualmente la relevancia de los aspectos cuantitativos como pauta orientadora para apreciar la entidad del ilícito, sin olvidar que el tipo exige una conducta dirigida a ocultar o encubrir el origen delictivo previo, siempre que la actividad antecedente fuera típica en el momento de su comisión, haya sido o no objeto de condena.

En las mesas redondas intervinieron destacados profesionales tanto del sector público como privado: África Pinillos, Belén Álvarez, Pilar Cruz-Guzmán, Luis RubÍ, Manuel Vélez, Francisco Herrero y Sofía Romáy. Las sesiones estuvieron moderadas por Jesus Pellón,  Jaime Aneiros y Silvia de Andrés, quienes condujeron el debate hacia las cuestiones más sensibles para el ejercicio profesional. Se analizó con detalle la determinación de las actividades en las que el abogado puede ostentar la condición de sujeto obligado conforme al artículo 2 de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales —especialmente en el asesoramiento societario, operaciones inmobiliarias o gestión de fondos— así como los estándares concretos de diligencia debida y su adecuada documentación.

Como asistente presencial, puedo afirmar que fue una jornada especialmente enriquecedora, no solo por el alto nivel técnico de las intervenciones, sino también por el excelente ambiente entre los asistentes y las numerosas caras conocidas del ámbito jurídico.

Para mí tuvo un significado particular la presencia de Nelson Sánchez Stewart, con quien me fundí en un sentido abrazo. La conclusión que se impone es clara: la abogacía debe reforzar sus mecanismos de prevención y consolidar estructuras internas eficaces, preservando al mismo tiempo el núcleo esencial del secreto profesional. El desafío, coherente con el lema de estas décimas jornadas, exige soluciones nuevas que permitan combatir eficazmente el blanqueo sin comprometer la independencia y la función constitucional de la abogacía.