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  • Tras la denuncia en el Juzgado Contencioso-Administrativo, el Ayuntamiento de Ávila estima válidas las pretensiones de las dos vecinas de la localidad sin necesidad de que se celebre el juicio.
  • El decreto del Ayuntamiento de Ávila abre la vía al resto de contribuyentes de la ciudad para recuperar el 100% del impuesto.
  • En Ávila, el régimen de gestión es por liquidación, por lo que se dispone únicamente de un mes desde que se gira el impuesto para reclamar.

Acabamos de conocer una buena noticia para los habitantes de Ávila. El ayuntamiento de la ciudad ha aceptado devolver a dos clientas de reclamador.es el 100% de lo que pagaron por el impuesto de plusvalía municipal tras recibir una vivienda en herencia, incluso habiendo obtenido una ganancia en la transmisión. El decreto emitido por el ayuntamiento viene a confirmar la teoría de la compañía de reclamaciones online, que considera que se deben anular las liquidaciones y autoliquidaciones del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana al haber sido declarado nulo por el Tribunal Constitucional el artículo que regula este tributo. En este caso, son más de 8.000€ lo que pagó por dicho impuesto cada hermana y que ahora el Ayuntamiento de Ávila les devolverá. 

El régimen de gestión del impuesto en Ávila es por liquidación, por lo que para reclamar la plusvalía municipal en la ciudad, el contribuyente cuenta sólo con un mes desde que el ayuntamiento le notifique la cantidad a abonar con la liquidación. Para defender los intereses de sus clientas, desde reclamador.es explican que interpusieron recurso de reposición en el ayuntamiento de la localidad, pero que este fue inicialmente desestimado por el consistorio a finales del pasado año. Así las cosas, solo quedaba la vía judicial para defender los derechos de las dos vecinas de Ávila. Presentada la demanda ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, el tribunal acaba de notificar a reclamador.es el escrito presentado por el Ayuntamiento de Ávila en el que traslada a las contribuyentes copia del decreto dictado con posterioridad que deja sin efecto el inicial y anula las liquidaciones giradas y abonadas por sus clientas. Más de 8.000€ que recibirá cada hermana por el impuesto de plusvalía que pagaron al heredar una vivienda.

 

El ayuntamiento centra su decisión en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que, a su vez, toma en consideración la sentencia del Tribunal Constitucional en la que se anula el artículo que regula el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal). Es decir, devuelven el 100% de lo pagado por dicho tributo pues considera nulo el artículo que regula la plusvalía municipal.

 

Este decreto abre la puerta a otros contribuyentes de la ciudad

El reciente pronunciamiento, además, dará pie a que los contribuyentes de la localidad que abonen el impuesto incluso cuando se produzca una ganancia en la transmisión, puedan reclamar que les sea devuelto el 100% de la plusvalía municipal pagada.

Es importante hacer hincapié en la importancia del tiempo para reclamar en Ávila, pues al gestionarse por liquidación el impuesto (y no por autoliquidación) el plazo para reclamar es de un mes desde que el ayuntamiento gire la liquidación del impuesto.

 




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