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Bruselas, 16 ene (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dijo este martes que las comisiones de investigación de los parlamentos deben respetar la privacidad de los datos de las personas que acudan a declarar, con la excepción de aquellas que analicen asuntos relacionados con la seguridad nacional.

Según la sentencia, el Reglamento General de Protección de Datos (RGDP) de la UE no se aplica al tratamiento que hacen de ellos las autoridades estatales en el marco de una actividad destinada a preservar la seguridad nacional.

El tratamiento de estos asuntos puede justificar que a través de las leyes se limiten las obligaciones y los derechos que establece el RGDP.

Los jueces se pronunciaron a raíz de un caso austriaco, en el que un testigo denunció ante la autoridad de protección de datos que una comisión de investigación del parlamento, que se retransmitió a través de los medios de comunicación, publicase su nombre en la página web institucional, a pesar de que el afectado pidió el anonimato.

La comisión de investigación se creó para analizar una posible influencia política sobre la Agencia Federal de Protección Constitucional y Lucha contra el terrorismo de Austria y, en su alegato, el testigo señaló que trabajaba como agente infiltrado en el grupo de intervención de la policía encargado de la lucha contra la delincuencia en la vía pública.

En la sentencia de hoy, el TJUE llegó a la conclusión de que esta comisión de investigación no tenía como objetivo, en principio, analizar una cuestión relativa a la seguridad nacional, si bien dejó en manos de la justicia austriaca determinar si esa era su función. 




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