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En el centro de la imagen la magistrada Cira Garcia con Lola Calderón, acompañadas de Gema Cornejo y Eva Papadopulos, abogadas que forman parte de esta sección

  • La Sección de Violencia de Género del ICAM organizó este lunes, la jornada «Visibilización judicial de la violencia vicaria y su abordaje desde el punto de vista jurídico».

La magistrada Cira García —perteneciente a la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Madrid— impartió este martes la ponencia en la jornada titulada «Visibilización judicial de la violencia vicaria y su abordaje desde el punto de vista jurídico», moderada por Lola Calderón, abogada y presidenta del Sección de Violencia de Género del ICAM

En su intervención la magistrada analizo la evolución de la violencia vicaria en nuestro país, que hasta hace poco estaba invisibilizada para luego explicar el proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros en julio del 2026 y un caso práctico que compartió con las asistentes al seminario de detección de violencia vicaria.

Como conclusiones, Lola Calderón comentaba que en esta jornada dedicada a la violencia vicaria, aquella en la que el agresor se sirve de los hijos e hijas para causar a la madre el mayor daño posible la magistrada Cira García, de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Madrid, la situó entre las expresiones más graves de la violencia de género y recordó que durante años se tuvo delante sin llamarla por su nombre.

En su opinión, para la magistrada, las señales suelen estar presentes antes de que se produzca el daño: la ruptura de la convivencia, el uso instrumental del régimen de visitas y de la custodia, o el control ejercido durante la relación. De ahí su reflexión sobre las herramientas de valoración del riesgo, VIOGEN entre ellas, y sobre la medida en que incorporan indicadores pensados específicamente para la infancia.

Según Calderón, Cira García identificó también los obstáculos que siguen dificultando la respuesta judicial: la ausencia de un cauce procesal específico para estas denuncias, la falta de puesta en marcha de los juzgados especializados en violencia sobre la infancia y la adolescencia que anunciaba la LOPIVI, un derecho del menor a ser oído y escuchado, sin límite de edad, que no siempre se garantiza, y la presencia todavía en la práctica judicial y pericial del llamado síndrome de alienación parental, carente de respaldo científico.

“A su juicio, la formación especializada de jueces, fiscales, equipos psicosociales y profesionales de los Puntos de Encuentro Familiar es imprescindible para que la respuesta judicial esté realmente adaptada a la infancia, como lo es contar con mecanismos para exigir responsabilidad cuando el sistema de protección falla. Y subrayó la necesidad de que las víctimas cuenten desde el primer momento con una defensa especializada”, señala esta jurista

La ponencia terminó con la vista puesta en el miércoles 30 de septiembre, fecha en que el Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria inicia su tramitación parlamentaria. La magistrada lo presentó como la oportunidad de recoger en una norma con nombre propio avances que hasta ahora dependían de la interpretación de cada juzgado, siempre que después se aplique con conocimiento en el día a día de los tribunales.

La magistrada Garcia explicó de forma detallada el desarrollo de la violencia vicaria en España y porqué ahora es necesario que se regule via proyecto de Ley Orgánica en las próximas semanas

Muchos menores asesinados

En su intervención, la magistrada Cira Garcia indicó que en nuestro país se comenzó a contabilizar oficialmente los asesinatos de menores por violencia vicaria en 2013. Desde entonces hasta la actualidad, al menos 68 menores han sido asesinados por este motivo.

También comentó que la estadísticas muestran que el riesgo se concentra especialmente en los momentos de ruptura de la pareja o cuando la mujer expresa su voluntad de separarse y que a través del sistema policial Vio Gen, las fuerzas de seguridad realizan un seguimiento activo de los menores en riesgo. Mensualmente se contabilizan entre 1.400 y 1.500 menores en situación de vulnerabilidad o riesgo (desde medio hasta extremo/letal), lo que ha permitido activar protocolos de emergencia con la Fiscalía y los juzgados.

En su opinión, durante años los asesinatos de menores en contextos de violencia machista se catalogaban de forma genérica como "homicidios" o "violencia doméstica", invisibilizando la raíz de género y el propósito de castigar a la madre.

A su juicio, el impulso del Pacto de Estado (2017 hizo que el concepto comenzó a ganar peso institucional y social gracias a la lucha de asociaciones y expertas (como la psicóloga forense Sonia Vaccaro, acuñadora del término). El Pacto de Estado contra la Violencia de Género supuso un punto de inflexión para visibilizar esta forma extrema de violencia machista y modificar leyes civiles y penales.

En este contexto se impulsaron modificaciones legislativas para suspender el régimen de visitas a los padres imputados o investigados por violencia de género de forma cautelar, así como la retirada de la patria potestad en los casos más graves, buscando blindar a la infancia frente a decisiones judiciales que en el pasado exponían a los menores a convivir con maltratadores.

El foco en la detección temprana: los datos reflejan que en una proporción significativa de los casos de asesinatos vicarios no existían denuncias previas de la madre, lo que pone de relieve la dificultad de detectar el riesgo a tiempo.

Por ello, la evolución actual de las políticas públicas se centra en mejorar la coordinación entre los ámbitos sanitario, educativo, judicial y policial para detectar señales de alerta antes de que se produzca el desenlace fatal.

En su intervención moderada por Lola Calderón, presidenta de la sección de Viogen del ICAM, la magistrada insistió en la formación de abogados, jueces y psicólogos sociales para detectar esta lacra cada vez más frecuente IMÁGENES ICAM

Una norma pionera en su genero

Sobre el Proyecto de ley de violencia vicaria aprobado en Consejo de Ministros de julio del 2026 en su día se dijo que era una norma pionera a nivel europeo. Para la magistrada Cira Garcia la justicia debe adaptarse a la infancia. Es el sujeto pasivo ahora mismo, el más importante, el niño al que debe mejorarse su protección. En ese sentido indicó la necesidad de mejorar el derecho de ese niño a que se le escuche.

 En ese Proyecto de ley el interés del niño nunca puede ser tener contacto con un maltratador, padres violentos que pueden ejercer la violencia vicarial. Ese superior interés del menor, ese concepto jurídico indeterminado que está en la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, en la normativa internacional, en la Observación de Naciones Unidas del Comité de los Derechos del Niño. Ese interés superior del menor, que todo el mundo habla pero que no es fácil concretar

Sobre las ideas fundamentales de ese anteproyecto, la magistrada indicó que en el pacto de Estado del 2017 mencionaba poco la violencia vicaria. Es el del 2025 el que ya de las medidas doscientos ochenta y uno a trescientos veinte introduce la violencia vicaria como uno de los ejes fundamentales en el abordaje de la violencia. Gracias a ese pacto de Estado, luego se ha traducido , en el proyecto de ley que tenemos, pues decía cosas muy interesantes. Por ejemplo, plan nacional de reconocimiento, pues efectivamente se tiene que reformar la protección en entornos de violencia vicaria, porque la protección estaba siendo inadecuada.

Otra cuestión es que la norma crea unos indicadores, similares a los de VioGen Desde su punto son necesarios. Tenemos que tener indicaciones para su detección Con posterioridad la norma habla de coordinación. No puede ser que la justicia vaya por un lado, servicios sociales vaya por otro y todo va por su lado. O sea, esto es complicado. Y luego formación, No tenemos otro opción, de verdad, y falta mucha formación para detectar este fenómeno de la violencia vicaria”,

Violencia vicaria es violencia de género

En este Proyecto de ley se indica que la violencia vicaria se enmarca dentro de la violencia de género “ Violencia vicaria es violencia de género. Eso queda claro. Importante, que el proyecto reconoce como una forma de violencia y se enmarca dentro de la violencia de género, La redacción actual se refería a familiares o allegados menores de edad, pero ahora ya hijos, descendientes y otras personas del entorno afectivo. Se amplía el ámbito de protección, Y luego el elemento definitorio, la intención, donde hay que estar fino. La intención, la finalidad: causar daño o sufrimiento a la mujer”. comentó

La ponente indicó que menores asesinados que se contabilizan, efectivamente sesenta y ocho entre 2013 y el 31 de mayo del 2026 . Hay más niños asesinados. El caso de Bretón, ese es un caso de violencia vicaria extrema. Y se preguntó cuántas violencias vicarias hay que no están contabilizadas; Cuándo se empieza a detecta y que utilidad tiene la contabilización que cree escasa de un problema que es estructural .

En su opinión ya teníamos instrumentos en el Código civil como es la privación de la patria potestad en los casos de condenas firmes por delitos graves. Nosotros ya tenemos en el artículo sesenta y cinco de la Ley de Violencia de Género, un artículo que establece que se podrá suspender el ejercicio de la patria potestad a los inculpados por violencia. ¿Qué pasa? Que esto es, es fundamental para evitar a veces violencia vicaria.

Esta magistrada cree importante que la futura ley de violencia vicaria hable de protocolos de detección y evaluación del riesgo. “Tenemos que tener protocolos e instrumentos de riesgo de violencia vicaria, mayor coordinación, formación específica y una atención adaptada a la infancia para adaptar esa revictimización también incluye otras medidas relevantes, como por ejemplo, cambio de apellidos sobre supuestos previstos para víctimas supervivientes, mejora de las estadísticas, tenemos todavía que mejorar las estadísticas, ampliación de los supuestos que impiden generar prestaciones de muerte y supervivencia en caso de una seguridad social y sobre todo el acompañamiento y demás cuestiones”.

Desde su punto de vista esta futura normativa debe coordinar la respuesta penal y civil. “No podemos ir por un lado pidiendo en penal y por otro lado en civil otra cosa. Tenemos que ser coherentes en ambos casos y sobre todo, pues prevenir y formar”. En su opinión un país como México tiene mejor organizado esta problemática. Lo tienen tipificada la violencia vicaria dentro del Código Penal.

En este contexto valora que hay una serie de indicadores que pueden dejar claro que se está ante un caso de violencia vicaria. Entre ellos citó cuestiones como si existe violencia previa o un patrón de control sobre la mujer; la utilización de los hijos e hijas como medio para mantener el control o causar daño; la existencia de amenazas de separación, daño, pérdida de custodia, ruptura del vínculo, si ese obstaculiza las convivencias o se producen retenciones o sustracciones; se intenta utilizar a los niños para obtener información de la madre o incluso si se instrumentalizan los recursos económicos, los alimentos y los procedimientos judiciales.

Cira García comentó que el principal reto operativo radica en conectar de manera eficaz los ámbitos educativo, sanitario, policial y judicial. Dado que los menores acuden a colegios y centros de salud, son los profesionales de estos sectores quienes a menudo pueden captar los primeros indicadores de alarma (cambios de conducta repentinos, regresiones, ansiedad o expresiones de miedo hacia uno de los progenitores), convirtiendo la alerta temprana en la mejor barrera de contención.