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Pamplona, 30 nov (EFE).- El juez ha condenado a 18 años de prisión al autor de un asesinato perpetrado el 15 de enero en Villava, a 9 años por complicidad al amigo que le acompañó y a 6 meses como encubridora a la mujer del primer acusado y que estaba con la víctima la noche en que recibió 25 cuchilladas, ha informado el TSJN.

Tras el juicio, el jurado popular consideró al autor material del crimen culpable de un delito de asesinato por haber acuchillado a un vecino de Pamplona de 48 años cuando se encontraba en el asiento del copiloto de un vehículo.

La víctima estaba en el coche de la mujer del acusado, con la que mantenía una relación sentimental. Ella en esos momentos había entrado en un hotel de Villava próximo para interesarse por una habitación.

Tras el acuchillamiento, el procesado huyó del lugar junto con un amigo que le había acompañado. Ambos se dirigieron a Madrid, desde donde el asesino huyó a la República Dominicana, aunque regresó de forma voluntaria a España el 13 de marzo y desde entonces se encuentra en prisión provisional.

La semana pasada, tras el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, la fiscal solicitó 20 años de prisión para el autor del crimen, 11 años para el cómplice y un año y 9 meses de prisión para la encubridora, unas peticiones a las que se adhirió la acusación particular.

Las defensas, por su parte, reclamaron la imposición de las penas mínimas. Así, para el culpable de asesinato pidieron 15 años, para el cómplice 7 años y 6 meses, y para la mujer 6 meses.

Además de las penas solicitadas por el crimen, el amigo del autor material fue declarado culpable por el jurado de un delito de falsead documental por disponer de un pasaporte colombiano falso. Por este delito la fiscal solicitó una condena de 9 meses, mientras que su defensa reclamó la imposición de 6 meses. Al respecto, el magistrado le ha impuesto 7 meses de prisión, así como una pena de multa de 420 euros.

Mitad inferior de la pena imponible para el autor del asesinato

En la sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el magistrado que presidió el juicio razona las penas impuestas a cada condenado.

En cuanto al autor del asesinato, indica que la pena oscila entre 15 y 20 años. En el supuesto enjuiciado, el juez valora, por un lado, las circunstancias en las que se produjeron los hechos enjuiciados y, muy especialmente, el hecho de que fueran 25 las heridas causadas a la víctima con la navaja utilizada, muchas de ellas “de especial entidad e intensidad”.

Sin embargo, por otra parte, el magistrado destaca que el encausado padece trastornos acreditados y, además, regresó a España para ser juzgado después de haberse marchado a la República Dominicana y abonó 6.000 euros en concepto de responsabilidad civil. Si bien ninguna de estas tres circunstancias han sido tenidas en cuenta como atenuantes, el juez las valora para la imposición de la pena.

Por lo expuesto, el juez considera procedente acudir a la mitad inferior de la pena imponible y, dentro de esta, fijar una condena de 18 años.

Respecto al cómplice, la pena puede oscilar entre 7 años y 6 meses y 15 años. El juez señala que este acusado "favoreció y no dificultó" los hechos, aunque considera "adecuada y proporcionada" situar la pena en la mitad inferior de la imponible y, dentro de esta, determina una condena a 9 años de prisión.

Para la tercera condenada, en este caso por encubrimiento, se inclina por la pena mínima ­(6 meses). Aun cuando tras el crimen ocultó a la policía la identidad del autor (su marido), el juez destaca que, según los agentes, se encontraba muy alterada y, de hecho, precisó la asistencia de una psicóloga.

Los dos condenados como autor y cómplice del asesinato deberán indemnizar a la viuda y los cuatro hijos de la víctima con 100.000 euros a cada uno. También tendrán que abonar 25.000 euros a una hermana del asesinado y 4.731 por los gastos derivados del fallecimiento.




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