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Adolfo Diaz Ambrona y Rafael Catala del Centro Español de Mediación posan con Cristina Jimenez y Helena Soleto, directoras académicas de este estudio sobre MASC

  • Desde el CEM, su presidente Rafael Catalá se muestra partidario de abrir un debate sobre la norma para introducir mejoras en su regulación.

En un encuentro en el que han participado instituciones, empresas y profesionales, Rafael Catalá, presidente del Centro Español de Mediación ( CEM,) ha exhortado a conseguir que “antes de decidir cómo afrontar un conflicto, profesionales y clientes puedan valorar con rigor todas las opciones disponibles y elegir la que mejor responda a sus intereses”.

 En su opinión hay que abrir un debate sereno sobre la norma que regula los MASC y se debe trabajar conjuntamente para lograr un mejor uso de los MASC, que ahora únicamente se utilizan por su requisito de procedibilidad. Solo así lograremos que deje de usarse como un simple trámite y se utilicen como instrumentos de gestión estratégica. Solo así avanzaremos hacia un sistema de Justicia más moderno, eficaz y adaptado a la realidad de nuestro tiempo”.

Catalá cerro la presentación del “Estudio sobre percepción del uso y el impacto en la práctica profesional de la abogacía de los Métodos Adecuados de Solución de Controversias” que han realizado el Centro Español de Mediación (CEM) y Fide en el, que recoge las percepciones de abogados expertos y no expertos en MASC sobre el uso de los MASC y el impacto en la percepción de abogados y clientes al año de la entrada en vigor de la LO 1/2025.

En este análisis, el primero que se conoce de esa naturaleza Se analiza la situación actual de estos mecanismos en la práctica profesional, su grado de implantación, los factores que condicionan su uso o los retos asociados a su consolidación como herramientas para la gestión eficiente de conflictos. La falta de formación de los abogados sobre los MASC y la falta de una regulación clara sobre su uso está frenando su impementacion.

Tras la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, y su entrada en vigor el 3 de abril de 2025, ante la polémica generada por los MASC, con un horizonte polarizado entre los partidarios de su uso, frente a aquellos que reclaman su supresión o un reforma de su ley, lo que ha generado un debate importante en el que nuestro medio está recogiendo todos los puntos de vista sobre esta cuestión.

En este entorno, el CEM decidió llevar a cabo una serie de estudios que contribuyeran a mejorar el uso de los MASC, a su conocimiento por las empresas, los particulares y las diferentes instituciones involucradas en su utilización y desarrollo. Para este primer trabajo, pionero en la materia, el CEM ha colaborado con la Fundación Fide, el Centro de Mediación Fide, el Instituto Alonso Martinez de Justicia y Litigación y la propia Cámara de Comercio de España.

El Estudio ha sido elaborado por expertas como Helena Soleto y Cristina Jiménez S (directoras académicas); María Arias y Carmen Hermida (coordinadoras académicas) y un consejo de redacción formado por abogados expertos en la materia como son Fernando Cabello de los Cobos, Fernado Bejerano, Paulino Fajardo, Eduardo García Peña y Carles García Roqueta, con quien nuestro medio publicó un serial sobre los MASC, donde explicamos uno a uno cada masc

También cabe destacar la contribución del Servicio de Estudios de la Cámara de Comercio de España.

Rafael Catala pide un esfuerzo a las instituciones publicas y privadas para hacer un debate sereno sobre el uso de los MASC

El poder de la formación

Entre las conclusiones que presento Soleto a los asistentes que acudimos a la presentación por del estudio destaca que los MASC más utilizados son la negociación (en un 85,1% de los casos), la oferta vinculante (65,7%), la mediación (40,3%) y la conciliación (23,9%). En cambio, presentan un uso residual la evaluación de persona experta (6%) y el derecho colaborativo (1,5%). Cabe destacar que, entre profesionales con formación específica en MASC, incrementa el uso de la negociación (93,3%) y de la mediación (53,3%).

En cuanto al momento procesal en que se utilizan los MASC, la mayoría de los encuestados señala que los emplea lo antes posible, desde que el cliente plantea el asunto (50,7 %), y, en todo caso, antes de la presentación de la demanda. Por otro lado, los factores que más influyen en la decisión de proponer un MASC son el tiempo (53,7 %), la exigencia legal (53,7 %), el coste económico (46,3 %) y la estrategia (44,8 %). Una gran parte los utilizan en el momento que marca la ley por requisito de procedibilidad pero no hay un uso continuado

Los resultados obtenidos mediante el uso de los MASC reciben, en términos generales, una valoración positiva: el 49,2 % de los encuestados considera que obtuvo mejores resultados de los que habría alcanzado sin recurrir a un MASC. Sin embargo, esta percepción varía en función de la formación específica en MASC. Así, entre los abogados que cuentan con dicha formación, el 66,7 % considera que los resultados fueron mejores, mientras que, entre los profesionales sin formación específica, el 65,2 % considera que fueron análogos a los que habría obtenido sin recurrir a un MASC.

Preguntados por el punto de vista de sus clientes, la mayoría de los profesionales (79,1%) considera que sus clientes presentan un nivel de conocimiento de los MASC bajo (59,7%) o nulo (19,4%). Sin embargo, el 44,6% de los encuestados considera que los clientes que han utilizado previamente un MASC son favorables a repetir la experiencia, frente al 21,5% que se han mostrado reacios a hacerlo.

Mejorar la regulación

En cuanto a las propuestas de mejora planteadas para consolidar la integración sistemática de los MASC en su ejercicio, la prioridad más ampliamente compartida por los encuestados es la mejora de la regulación: el 55,9% reclama una regulación más clara de los MASC y su integración con el proceso, el 38,2% demanda una clarificación de las reglas deontológicas sobre confidencialidad y el 32,4% incide en la necesidad de cursos de formación impartidos por los Colegios profesionales. Sobre esa mejor regulación desde Gemme España, su presidenta Rosalia Fernández hablo de lo mismo de mejorar la regulación

 Si se observan los resultados atendiendo la materia principal de especialización, los profesionales especializados en Mercantil reclaman en un 78,6% una regulación más clara de los MASC y su integración con el proceso, 22 puntos porcentuales más.

“La norma ha generado un impulso indudable. Ahora corresponde a profesionales e instituciones convertir ese impulso en una práctica de calidad”, ha incidido Adolfo Díaz-Ambrona, secretario general de la Cámara de Comercio de España y vicepresidente del CEM, quien ha resaltado también que para ello “serán necesarias formación, seguridad jurídica, información accesible y recursos suficientes; pero también será necesario escuchar, evaluar y corregir”.

La codirectora académica del estudio, Cristina Jiménez Savurido, presidente de Fide y vocal del Pleno del CEM, ha recalcado que este estudio consiste en un “punto de partida” para conocer en qué punto se encuentran los MASC y cuáles son sus áreas de mejora. Con este estudio “representamos a profesionales, despachos e instituciones, este trabajo es uno de los primeros que busca generar un debate en torno a los MASC, para conocer su eficacia, qué estamos haciendo bien y qué podría hacerse mejor. Es responsabilidad de todos nosotros difundir sus resultados y aristas”.

Por su parte, Helena Soleto Muñoz, catedrática de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid, y codirectora académica del Estudio, ha puesto el foco en el papel de la mediación, como método que “puede alcanzar un peso muy significativo en los próximos años. Si llegara a canalizar el 10% de los tres millones de demandas anuales, estaríamos hablando de unas 300.000 mediaciones, una cifra que no resulta desproporcionada a la vista de la experiencia de países como Italia u otros países de nuestro entorno.

Para esta experta es fundamental que las instituciones púbicas realicen campañas de difusión para que se conozcan los MASC. Y que los Colegios de Abogados sigan formando a los profesionales en su uso porque todavía muchos de estos letrados desconfían de su utilidad. En su opinión, razonable que, en una primera etapa, se recurra con mayor frecuencia a instrumentos más sencillos, como la oferta vinculante o la negociación, pero la evolución natural debe llevar hacia una utilización más amplia de los distintos MASC. En ese proceso, la formación de los abogados será fundamental para orientar al ciudadano hacia el mecanismo más adecuado en cada caso”.

Debate sobre los Masc, De izd a derecha, Maria Arias,  Fernando Cabello, Helena Soleto,  Fernando Bejerano y Eduardo Garcia comentaron la necesidad de mejorar la formación para que abogados y clientes acudan a los MASC Foto luisjasanchez/L&T

Coloquio: los MASC se conocen poco

En el coloquio de la jornada, Helena Soleto, junto con los miembros del Consejo de Redacción del Estudio Fernando Cabello de los Cobos, secretario general del CEM; Fernando Bejerano, abogado, y Eduardo García Peña, fundador y codirector de García Peña y Andújar Abogados, han presentado los principales resultados y conclusiones del Estudio, moderados por María Arias, directora jurídica del CEM, y coordinadora académica del Estudio.

“Estamos ante una primera fase bastante natural de implantación. La negociación y la oferta vinculante son los mecanismos más utilizados porque son los que resultan más próximos a la práctica tradicional de la abogacía”, ha incidido Fernando Cabello de los Cobos. El secretario general del CEM ha advertido que, según el estudio, uno de los mayores riesgos “radica en que el requisito de procedibilidad se cumpla mediante el mecanismo más sencillo o más rápido, sin que exista siempre una verdadera selección estratégica del MASC más adecuado para el conflicto.

Desde su punto de vista, según Cabello de los Cobos, “nuestro actual desafío es pasar de una lógica de cumplimiento formal a una lógica de análisis del conflicto: identificar qué necesita realmente el cliente, qué obstáculos impiden el acuerdo y qué mecanismo ofrece mayores posibilidades de alcanzar una solución adecuada”.

En esta línea ha coincidido Fernando Bejerano, para quien la verdadera función de la abogacía es “analizar, prescribir el mecanismo adecuado, acompañar y preparar al cliente para participar en los MASC. Esta ley va a potenciar esa función y servirá de apoyo para que quienes hasta ahora no incorporaban los MASC a su estrategia, empiecen a utilizarlos de forma más estratégica a medida que los conozcan mejor”.

Bejerano, impulsor de MediaICAM en el Colegio de la Abogacía de Madrid durante muchos años, es consciente que los programas formativos ayudarán a que el abogado se acerque a los MASC de forma más natural. En un contexto de colapso judicial, cree como el resto de los expertos que se deben buscar otras vías para resolver los conflictos y no judicializarlos.

Finalmente, Eduardo Garcí, abogado penalista, ha calificado como “demoledor” que el 0% de los abogados encuestados sin formación específica en MASC los utilicen en fase de ejecución. “Aquellos que no tienen formación se focalizan en cumplir con el requisito de procedibilidad y, una vez cumplido, ya no quiere saber nada más de estos métodos adecuados”.

En su opinión, sigue imperando una mentalidad desde la abogacía que no conecta las etapas procesal y pre procesal. Ante este escenario de Justicia absolutamente colapsada, los MASC emergen como la mejor solución. Cuanto más sea capaz el abogado de explicar a su cliente que el proceso sería más breve, económico y satisfactorio, mayor uso de los MASC habrá”, ha afirmado.