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  • La Zona Especial Canaria (ZEC) se posiciona en el mercado de la Unión Europea como inversión segura para entidades que deseen tributar al 4% en el Impuesto de Sociedades

Esta zona de baja tributación fiscal, creada en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, comprende todo el territorio canario y tiene como objetivo promover el desarrollo económico y social del Archipiélago.

¿Es posible tributar al 4% en el Impuesto de Sociedades en España? La respuesta debe ser afirmativa gracias a la condición de región ultra periférica de las Islas Canarias.

Desde el Consorcio de la ZEC – organismo autónomo adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas - y despachos como BOSCH&MORERA Abogados y Economistas, con sedes en Barcelona y Tenerife, se desarrollan todas las actividades tendentes a dar a conocer este ventajoso régimen fiscal para todas aquellas entidades y sucursales que pretendan desarrollar actividades de tipo industrial, comercial y de servicios, así como el asesoramiento legal y fiscal en aras a obtener la autorización previa para convertirse en entidad ZEC.

Según la memoria publicada por el Consorcio de la ZEC para el ejercicio 2017, un 68% de las entidades que pasaron a formar parte de la ZEC, son entidades internacionales. No obstante, siguen in crescendo las entidades de la ZEC que resultan ser de inversión nacional, aunque de momento no superan el 25 %.

Cabe destacar que para formar parte de esta ventajosa plataforma fiscal, hay que cumplir con unos compromisos de inversión y empleabilidad que deben materializarse en un período de tiempo entre 2 años y 6 meses, respectivamente.

En particular, son requisitos necesarios para ser entidad ZEC constituirse en entidad o sucursal de nueva creación y sede de dirección efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC y al menos uno de los administradores debe residir en Canarias. De igual modo, debe realizarse una inversión mínima de 100.000€ para las islas de Tenerife y Gran Canaria o 50.000€ para el resto de Islas, en activos fijos afectos a la actividad, dentro de los 2 primeros años desde el momento de la inscripción.

En lo que respecta a la condición de empleabilidad, como requisito necesario deberán crearse al menos, 5 o 3 puestos de trabajo según se trate de islas capitalinas o no, dentro de los 6 meses siguientes al momento de la inscripción y mantener este promedio durante los años que está adherida a la Zona Especial Canaria. En último lugar, y de acuerdo con el despacho de abogados BOSCH&MORERA, el objeto social de entidad ZEC debe estar dentro de las actividades permitidas en el marco de la ZEC.




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