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Blas Jesús Imbroda Ortiz

Presidente de las Subcomisión de Extranjería y Protección Internacional del CGAE

Se ha iniciado un proceso extraordinario de regularización dirigido a personas migrantes que se encuentran en situación irregular en España. Con ello se intenta encontrar una solución paras miles de personas que están viviendo en nuestro país, y que al menos de momento, por distintas circunstancias, no van a retornar a sus respectivos países. No hacerlo y dejar que permanezcan en el limbo sin opción de regularizarse, sin poder acceder al mercado de trabajo, no dejaría de ser una pésima reacción ante un problema que quedaría indefinidamente sin solución, ello además de que muchas de estas personas son ya explotadas laboralmente.

Los movimientos migratorios son una realidad que siempre han existido y que han aumentado exponencialmente en el mundo actual, globalizado y con permanente acceso a las comunicaciones y a la información que refleja la realidad y desarrollo de todos los países. Personas que no tienen acceso a una vida lo más mínimamente digna en sus lugares de origen, aspirarán a alcanzar las sociedades desarrolladas buscando así una oportunidad de vida. Otras tantas vienen huyendo de persecuciones, guerras, genocidios, crímenes de lesa humanidad y también merecen la protección de nuestros países. Por ello no debe olvidarse nunca, que a la hora de desarrollar políticas migratorias debe darse una respuesta respetando siempre los principios de solidaridad y humanidad, y ello, por supuesto, además de un escrupuloso respeto a los Derechos Humanos.

Los flujos migratorios y desplazamientos poblacionales no deben tratarse o contemplarse meramente como cifras o datos numéricos y sí hacerlo pensando siempre que son personas, seres humanos también con sueños y con ilusiones de vida, y con derecho a que puedan ser realidad algún día. Nadie elige el lugar donde nacer, tampoco las personas migrantes, que como decía buscan una oportunidad de vida y merecen nuestro apoyo y solidaridad.

La Abogacía históricamente ha estado al lado de las personas migrantes, como siempre lo ha hecho con todas las personas vulnerables. Los grandes logros y avances en el Derecho de Extranjería en nuestro país se han obtenido gracias al trabajo de Abogados y Abogadas durante décadas. Y siempre los ha apoyado, defendido y ha reivindicado el escrupuloso respeto a sus derechos fundamentales.

También ha sido esencial el trabajo constante que desde el Consejo General de la Abogacía Española y desde los 83 Colegios de la Abogacía, y dentro de aquél, desde la Subcomisión de Extranjería y Protección Internacional, se ha desarrollado en este ámbito, velando por el respeto a los derechos de las personas, desarrollando una constante formación de los profesionales y organizando los turnos de oficio especializados en estas materias, garantizando con ello la asistencia letrada. También colaboramos con organizaciones como ACNUR y unimos esfuerzo en el camino de la protección internacional.

En este proceso de regularización, los más de 28.000 Abogados y Abogadas especialistas en extranjería, también están asistiendo y apoyando jurídicamente a todas estas personas. La regularización no es un mero trámite burocrático y es por ello, que no tengo duda que la asistencia de la Abogacía garantizará la protección jurídica de las personas migrantes en este proceso.

Un  Real Decreto necesario

El Real Decreto 316/2026 que entró en vigor el pasado 16 de abril, ha establecido procesos sencillos para la tramitación de las solicitudes. Si bien parecía, por borradores previos que habían circulado, que no iba a ser preceptivo el informe de vulnerabilidad, finalmente, tras el dictamen del Consejo de Estado, es exigible en algunos casos, lo que ha generado cierta incertidumbre sobre su obtención. Es posible que muchas de las personas que en los primeros días aguardaban en colas para obtenerlo no eran conscientes de que no lo necesitaban, como ocurre con aquellos que han sido o son solicitantes de asilo, o que han trabajado por cuenta ajena o por cuenta propia durante su permanencia en España, o que presenten una oferta de trabajo o por cuenta propia, o aquellos que permanezcan junto a unidad familiar compuesta por hijos menores de edad o mayores con discapacidad, o con ascendientes de primer grado.

Son supuestos en los que no es preciso el certificado de vulnerabilidad, que sin embargo en los restantes cas os va a ser necesario y para su obtención se deberá gestionar ante las entidades con competencia en materia de asistencia social, o entidades del tercer sector inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería. También es esencial la cooperación de las administraciones autonómicas y locales para la emisión de dichos certificados a través de los órganos competentes en materia de asistencia social y servicios sociales.

Otro tema que ha generado cierta controversia es la acreditación de que carecen de antecedentes penales no solo en España sino también en su país de origen o en el que hayan residido, por la dificultad en muchos casos de su obtención en el plazo de presentación de solicitudes que finaliza el próximo 30 de junio. Para ello la norma ha establecido un procedimiento de apoyo a los que acrediten haberlo solicitado y efectúen una declaración responsable de no haber recibido respuesta en el plazo de un mes.

En ese caso el Ministerio de Justicia a través de nuestras Misiones Diplomáticas recabará dicho certificado en el país que corresponda, suspendiéndose el procedimiento administrativo tres meses. Si transcurrido ese plazo sin haberlo obtenido el Ministerio, se le otorgará un nuevo plazo al solicitante de quince días para que lo aporte y si finalmente no lo hace, se le tendrá por desistido de la solicitud.

Por lo que respecta a los antecedentes policiales es cierto que la mera tenencia no excluye la posibilidad de la regularización. Esto ha generado ciertas críticas suscitando alguna alarma, si bien creo que merece que lo analicemos en su contexto. El Decreto establece que la presencia de antecedentes policiales “no supondrá por sí misma y de forma automática, causa de denegación de la autorización”.

Pero la norma dispone a continuación que “el órgano competente para tramitar la solicitud valorará de forma casuística y circunstanciada, que la persona extranjera no suponga una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública o las relaciones internacionales de ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea”. Entiendo que la presencia de antecedentes policiales por temas que carezcan de gravedad y no afecten a lo expuesto no impedirá la regularización. Caso distinto será cuando estos informes policiales reflejen del solicitante riesgos considerables para el orden público o la seguridad interior, por ejemplo. En estos casos, siguiendo la interpretación de la norma, no se podrán acoger al proceso de regularización, si bien la desestimación de la autorización precisará una valoración “casuística y circunstanciada” que no provoque indefensión a la persona afectada.

Es cierto que el reto de poner en marcha este procedimiento de regularización ha sido sumamente complejo, pero ya es una realidad. Y no debe obviarse que este proceso es dinámico y que en este corto periodo la propia Administración deberá ir aclarando y matizando los aspectos que sean necesarios para su desarrollo, y ello con la celeridad máxima que exige la temporalidad de este.

Por último, echo en falta una vez más en nuestro país, que temas de magnitud como este proceso, no sean consensuados entre los grandes partidos políticos y que, en consecuencia, no sean usados para la confrontación política de una forma o de otra. Se convierte en un debate político, que se transforma siempre, en estos últimos tiempos, en una confrontación en la que no existe el menor ánimo o interés de consensuar posturas y de convencerse los adversarios políticos. En mi humilde opinión, las políticas de estado, y la inmigración lo es, deberían consensuarse y nunca buscar la polarización de la sociedad y sería siempre lo aconsejable, que los políticos demócratas, aun de distinto signo político, pudieran sentarse sin tacticismos y hablar y trabajar conjuntamente para mejorar la sociedad. Una forma de mejorarla es contar también con el apoyo día a día de la inmigración, la que también colabora a su crecimiento. Y por supuesto, regularizada. El estado no puede condenar a un colectivo a permanecer en la irregularidad.