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  • Se plantearon más recursos de inconstitucionalidad que el año anteriorpero disminuyó el principal caudal de asuntos que recibe el Tribunal
  • En 2017 la actividad jurisdiccional del Tribunal Constitucional ha estado marcada por la situación vivida en Cataluña

El Presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas, ha entregado a su majestad el Rey la Memoria correspondiente a 2017, de cuya lectura se desprende, por tercer año consecutivo, un notable descenso del número de asuntos pendientes de sentencia tanto del Pleno como de las Salas y, ha terminado con un número de recursos ligeramente inferior al de los ingresados con respecto al año anterior.

Es decir, en 2017, fueron 6.381 frente a los 6.774 recursos de 2016. Ello supone una minoración del 5,8 por ciento. La demanda de justicia constitucional en el año 2017 ha disminuido ligeramente. Aunque se suscitaron más recursos de inconstitucionalidad que el año anterior (47, en comparación con 32 en 2016), así como otros procesos (cuatro impugnaciones de disposiciones autonómicas y seis cuestiones prejudiciales de validez sobre normas forales fiscales), disminuyó el principal caudal de asuntos que recibe el Tribunal Constitucional: hubo 6.286 recursos de amparo (en vez de los 6.685 recibidos el año 2016) y 33 cuestiones de inconstitucionalidad (frente a las 44 de 2016), así como cinco conflictos constitucionales (en 2016, 12).

Aparte de los datos meramente estadísticos, en 2017 la actividad jurisdiccional del Tribunal Constitucional ha estado marcada por la situación vivida en la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como por la respuesta jurídica que desde esta sede se ha dado a la misma, en aras de preservar los límites que impone la Constitución como marco de convivencia integrador de todos los españoles.

Especialmente, el Tribunal tuvo que pronunciarse sobre la validez de dos leyes aprobadas por el Parlamento de Cataluña; la 19/2017, de 6 de septiembre denominada “del referéndum de autodeterminación” y la 20/2017, de 8 de septiembre, llamada “de transitoriedad jurídica y fundacional de la república”. Ambas normas fueron anuladas y declaradas inconstitucionales por sendas sentencias 114/2017, de 17 de octubre, y 124/2017, de 8 de noviembre.

En sendos casos se trataba de leyes que pretendían fundar un régimen jurídico excepcional y que, al proclamar su supremacía jurídica sobre cualesquiera otras
normas que pudieran contradecirlas, vulneraban abiertamente la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Cataluña.En este contexto, el Tribunal Constitucional ha defendido sin fisuras, desde la óptica del Derecho, la supremacía de la Constitución, la soberanía nacional y la indisoluble unidad de la Nación española.

Como actividades extrajurisdiccionales, el Tribunal mantiene intacto el esfuerzo
por seguir avanzando hacia la máxima transparencia, dando a conocer a la institución a través de una página web que ofrece información detallada sobre la misma. El compromiso del Tribunal ha merecido el reconocimiento del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, cuyo “Informe de evaluación de los órganos constitucionales y reguladores”, conocido en abril de 2017, le otorgó una puntuación de 9,87 por su fiel cumplimiento de las previsiones contenidas en la Ley de transparencia.

Con ese mismo objetivo, cada vez son más las notas de prensa publicadas sobre las resoluciones del Tribunal, ya sean providencias, autos o sentencias. Una práctica que permite una rápida difusión de las decisiones jurisdiccionales más relevantes y contribuye a que los ciudadanos comprendan mejor la función constitucional que cumple la institución.

Se puede consultar la Memoria del Tribunal Constitucional del año 2017 aquí.




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