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  • Según informa Unión de Consumisodres de Asturias el BBVA ha sido condenada por no aportar el contrato de tarjeta de crédito

Desde Unión de Consumidores de Asturias consideran como pionera la sentencia de la Audiencia de Oviedo de fecha 24 de enero de 2022. el abogado de la Asociacióno Unai Alonso ya había conseguido la condena del BBVA en el Juzgado de Primera Instancia de Langreo, por no aportar la entidad financiera el contrato de tarjeta de crédito de su socio. Ahora es la Audiencia quien ratifica íntegramente este criterio: SI NO HAY CONTRATO, EL BANCO NO PUEDE ACREDITAR QUE EL CLIENTE CONOCÍA LAS CONDICIONES A LAS QUE SE COMPROMETIA.

Este supuesto es muy común entre las personas con tarjetas de crédito, la entidad financiera o el establecimiento comercial que emite la tarjeta no facilita ningún documento en el momento de la contratación, en el cual se acredite que se informa a la persona consumidora de las condiciones y compromisos del uso de la tarjeta.  Por ello, la Audiencia de Oviedo sentencia la nulidad de la tarjeta, con condena al BBVA a devolver al socio de Unión de Consumidores de Asturias todos los intereses y comisiones pagadas, más las costas judiciales.




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