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  • La justicia consolida la protección del consumidor adquiriente de vivienda en plano que anticipó su dinero a cuenta de una vivienda que nunca llegará. Julio César Arnáiz y Susana Santamaría resumen lo acontecido:

  • "Nunca se siente más cercana la Justicia que cuando se necesita y en este sentido, los Jueces y Magistrados españoles están dando el do de pecho en protección de los derechos de los consumidores, parte débil en la contratación con grandes empresas. Eso también es democracia, y de la buena."

El Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Valencia ha dictado sentencia esta condenando a Caixabank, S.A. entidad avalista de Trampolín Hills Golf Resort a reintegrar a dos compradores que entregaron 25.260 euros y 31.000 euros por sus viviendas en la promoción Trampolín Hills Golf Resort en Campos del Río (Murcia).

Estos dos afectados, de Barcelona y Zaragoza, que han estado representados por los abogados especialistas de Grupo Lawyer, Susana Santamaría Santamaría y Julio César Arnáiz Hoyos, son los dos primeros de los más de 1.500 compradores que adelantaron su dinero por una vivienda en Campos del Río (Murcia) que la promotora Trampolín Hills Golf Resort nunca llegó a realizar. 

Después de las charlas informativas sobre los derechos del consumidor que Grupo Lawyer realizó principalmente en Madrid y Murcia durante el pasado año explicando los derechos que tienen los compradores de vivienda, estos dos afectados decidieron interponer una demanda el el Juzgado de Primera Instancia de Valencia reclamando el dinero que habían adelantado, más los intereses legales. Concretamente, estos clientes solicitaron el reintegro del dinero a la entidad avalista Caixabank de la promoción que Trampolín quería realizar en Campos del Río.

Julio César Arnáiz y Susana Santamaría, abogados especialistas que cooperan con Grupo Lawyer, argumentan que la Ley 57/68 protege al consumidor y obliga al banco a garantizar el dinero entregado a cuenta para viviendas sobre plano. "Caixabank tiene avales por solo 6 millones de euros de los 53,5 millones que dieron los compradores, pero según ha dejado claro el Tribunal Supremo en otros fallos, la cantidad avalada tiene que cubrir las cantidades aportadas y si esto no es así el avalista tiene que hacerse responsable de ello", explica Julio César Arnáiz.

El juzgado estimó la demanda de estos afectados y ha condenado a la entidad bancaria a reintegrar a estos clientes 56.260 euros que pagaron por unas casas que nunca se construyeron además de los intereses legales.

Julio César Arnáiz y Susana Santamaría resumen brevemente lo acontecido: “Nunca se siente más cercana la Justicia que cuando se necesita y, en este sentido, los Jueces y Magistrados españoles están dando el do de pecho en protección de los derechos de los consumidores, parte débil en la contratación con grandes empresas. Eso también es democracia, y de la buena.”

 




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