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Santa Cruz de Tenerife, 10 mar (EFE).- El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por la defensa del ciudadano alemán condenado a prisión permanente revisable y a otras dos penas que suman 39 años de cárcel por matar en 2019 a su mujer y a uno de sus hijos e intentar acabar con la vida de otro en Adeje (Tenerife).

En su fallo, el Supremo hace suyas las consideraciones efectuadas en su momento por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), al que recurrió en primera instancia la defensa de Thomas Handrick la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que acogió el juicio con tribunal del jurado.

Entre otros motivos, subraya el alto tribunal, porque "las quejas" del recurrente son una "reproducción exacta" de las trasladadas ante el TSJC, ante las que ya obtuvo la "oportuna contestación".

Abunda en que el tribunal de instancia tuvo en cuenta todas las pruebas practicadas y tras su "adecuada y ponderada valoración, conforme a los criterios de la sana crítica, la lógica y la experiencia", ofreció la "oportuna respuesta" al recurrente, "explicando de manera clara los hechos que han quedado probados conforme a la totalidad de la prueba practicada y el razonamiento discursivo que le lleva a alcanzar la conclusión".

Además de ratificar la condena, el Supremo le impone a Handrick el pago de las costas judiciales.

El TJSC ratificó en su totalidad la pena impuesta a este ciudadano alemán, con la salvedad de que estimó parcialmente el recurso de su defensa solo en el sentido de suprimir la agravante de ensañamiento en el asesinato consumado del niño, que murió inmediatamente después de su madre, agredido con la misma piedra.

Tanto el alto tribunal canario como el Supremo coinciden en que de la prueba practicada se excluye que Thomas Handrick sufriera "abolición plena o limitación de sus facultades mentales, lo que lógicamente impide la apreciación de la eximente o atenuantes" esgrimidas por su defensa.

Ambas instancias confirman, pues, el grueso de la sentencia de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife que dio forma jurídica al veredicto de culpabilidad emitido por el jurado dos semanas antes.

El tribunal popular declaró al acusado culpable de un delito de asesinato con las agravantes de alevosía y parentesco en referencia a su hijo mayor (por el que se le impuso la pena de prisión permanente revisable), de otro delito de asesinato con la agravante de parentesco en referencia a su esposa (por el que se le condenó a 23 años) y de un tercero de tentativa de asesinato con las agravantes de alevosía y parentesco en referencia a su segundo hijo, por el que se le cargaron 16 años más de prisión.

Dicha sentencia confirma como hechos probados que en la mañana del 23 de abril de 2019, en un paraje aislado del término municipal de Adeje (Tenerife) cercano al camino de Ilfonche a la Quinta, el acusado agredió a su esposa y, con intención de causarle la muerte, "la golpeó repetidamente con fuerza, empleando tanto sus manos como alguna piedra, hasta que consiguió que cayera al suelo en el interior de una cueva".

Momento en el que "la golpeó con una piedra de unos ocho kilogramos y medio de peso hasta aplastarle el cráneo y provocar finalmente su muerte".

Añade que el acusado, con el fin de ejecutar un plan preconcebido, había conducido a su esposa y a sus dos hijos, de diez y siete años de edad, intencionadamente a un lugar aislado donde no podían recibir ayuda alguna, "sin que tuvieran posibilidad de defensa efectiva".

Según el fallo, cuando el hijo mayor del acusado salió en defensa de su madre, fue "violenta y reiteradamente golpeado por su padre con las manos y utilizando piedras, hasta que el mismo cayó al suelo en el interior de una cueva".

Allí, el hoy condenado le dio muerte de la misma manera que a su madre.

Agrega la sentencia que, tras presenciar que su padre agredía a su madre y a su hermano, el hijo menor "decidió huir del lugar, dejándolo el acusado, en la creencia de que no sobreviviría, dado su desconocimiento de un terreno angosto y solitario".




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