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Miles de interinos en fraude como los esta manifestación tendrán que volver a los tribunales a reclamar la indemnización y/o fijeza que le corresponda (LJsanchez/Lawandtrends)

  • El fallo del Supremo es un avance en los derechos de los interinos pero, si no hay reforma legislativa, abre un escenario de mayor litigiosidad en los juzgados

Cuarenta y ocho horas después de conocer la sentencia respuesta de la Sala Social del Supremo a la Obadal del TJUE, una sentencia donde los magistrados, salvo Rafael López Parada, con su voto particular, apuestan por las indemnizaciones que señala el Tribunal de Luxemburgo frente a la fijeza,  solo permitible en aquellos interinos en fraude de ley que entrasen en un proceso selectivo para ocupar plaza, sin lograrlo, las primeras reacciones apuntan a un incremento de litigiosidad.

Según nos confirma Javier Araúz, abogado del Estado en excedencia, y defensor de cientos interinos, denunciara a esta Sala Social ante la Comisión porque la sentencia sigue sin cumplir con la directiva 1999/70. Al mismo tiempo otros expertos consultados en este reportaje como los abogados Gerardo Pérez y Beatriz González auguran mas litigiosidad porque ante esa puerta de fijeza que abre el Supremo será necesario una reclamación judicial para lograrlo. Mientras tanto el Gobierno sigue sin mover ficha y regular este caos.

Desde fuera da la sensación que esta sentencia de la Sala Social no arregla todo. Tiene unos doscientos recursos pendientes de resolver con asuntos muy específicos que no tendrán un fallo judicial parecido. Al mismo tiempo la Sala Contenciosa se desmarca de Obadal, como si no fuera con ella, cuando las sentencias del TJUE obligan a todos los jueces. El problema sigue siendo grave porque hay muchos interinos ya cesados sin indemnización. Los pleitos judiciales se van a acumular y con ello la amargura de muchos profesionales que llevan años trabajando en la más dura precariedad.

La estabilización no va contra la Constitución

Javier Araúz de Robles, abogado del Estado en excedencia y defensor de cientos de asuntos de este colectivo, adelanta algunas de las acciones que pondrá en marcha su despacho. “nosotros la sentencia la vamos a denunciar a la Comisión Europea. También vamos  a denunciar a la sala de lo contencioso-administrativo, que ha dicho en un auto  en un auto que no va a cambiar de criterio pese a Obadal. Y al mismo tiempo vamos a también a denunciar a la sala de lo social del Tribunal Supremo ante la Comisión Europea para que vea que tampoco en este caso está cumpliendo la directiva”.

Este experto cree que la Sala Social debería haber planteado una cuestión de inconstitucionalidad. Es decir, si tiene dudas sobre inconstitucionalidad de la, de la posible fijeza, lo que tiene que hacer es plantear una cuestión inconstitucional al Tribunal Constitucional. Y si tiene dudas de cómo aplicar la directiva, lo que está obligado es a plantear una cuestión prejudicial al TJUE.  En ese fallo hay discrepancias y un voto particular. La Sala Social debería haber vuelto a plantear otra prejudicial, para que el tribunal determine cómo debe aplicarse la directiva y si está, por ejemplo, tiene prevalencia sobre la Constitución, como ha dicho el TJUE en varias ocasiones”.

Respecto al voto particular, nuestro interlocutor cree que es muy apropiado.  “Me parece  muy brillante. Lo comparto prácticamente salvo en un punto, que es el tema d del, del tiempo para el abuso, salvo ese aspecto, creo que sus planteamientos son de sentido común. Como dice en ese voto, no se puede poner en conocimiento de la inspección de trabajo porque ésta no puede sancionar a las administraciones públicas. Luego defiende que puedan ser fijos aquellos que pasaron un proceso selectivo como temporales, al igual que los que lo hicieron para ser fijo y sin plaza. No se puede volver a sancionar a la víctima del abuso. Esto es discriminatorio y va contra la Constitución. Además las indemnizaciones la sentencia dice que deben ser disuasorias

En su opinión, esta sentencia va a incrementar la litigiosidad en los tribunales. “No es definitiva porque quedan tres cuestiones prejudiciales en las que se están planteando cuestiones importantes, entre ellas la prevalencia del derecho europeo. En un año tendremos sentencia de la cuestión prejudicial del juzgado de lo social de Murcia que pregunta por el contra legem que incluyó el TJUE en una de sus últimas sentencias. A nosotros nos han dado trámite y hemos pedido que se celebre vista oral. La sentencia en tres ocasiones señala la necesidad de una reforma legislativa para gestionar todo este casos. Llevamos veinticinco años sin legislar este asunto. La única solución a este problema es una Ley de Punto final e impulsar la figura del fijo a extinguir”.

Hay margen de mejora

Para Beatriz González,  abogada experta en derecho administrativo, logro una sentencia de fijeza hace unos días de una funcionaria interina de la Comunidad de Madrid, cree que la sentencia Obadal va a ser un punto de inflexión importante “la Sala Social va a cambiar su jurisprudencia al hijo de esta cuestión prejudicial que planteó. Así lo comente en una mesa redonda en la que participe para explicar esta sentencia Obadal en Barcelona”. Esta jurista es consciente del debate que ha habido en la Sala sobre esta cuestión, una Sala muy renovada, de aquella que en el 2024 planteo la cuestión prejudicial, ahora con al menos seis magistrados nuevos.

En su opinión, es importante ese cambio de jurisprudencia, tanto en este asunto donde se le da la fijeza a la trabajadora, como en los más de doscientos recursos que la Sala tiene pendiente de resolver a la espera de la resolución del TJUE que se conoció el pasado 14 de abril. “Mientras tanto hemos conocido un auto de la sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, donde se resuelve un recurso de queja, pero en unas líneas, para sorpresa de muchos, viene a decir que la jurisprudencia de esa Sala se mantiene igual con los mismos criterios. Sin embargo la Sala Social, evoluciona”.

En su opinión”, todavía la Sala Social tienen margen de mejora. Por lo que sabemos de la nota informativa relaciona la fijeza con los interinos que hayan superado un proceso de selección y no tengan plaza.  Ese es un grupo elevado que existe en la administracion. Sin embargo, es posible que tengamos otra discusión, sobre si los procesos de selección de temporales que son iguales que los de fijos, que pueden ser un concurso oposición con varios ejercicios como la sentencia que acabo de ganar hace unos días. Ahí queda la duda si ese proceso le da derecho a ser fijo a ese interino en fraude de ley. Vamos a tener que hilar fino los abogados al respecto”.

Desde su punto de vista será clave estudiar cada situación concreta: años trabajados, tipo de contratos, procesos selectivos superados y forma de acceso. Además, s”e abre con fuerza la vía de reclamar una indemnización específica por el abuso. Esa indemnización no es la del cese: es distinta, pensada para  compensar años de incertidumbre y precariedad.  Hay que ver cada caso con más detalle y abre nuevas vías reales de reclamación”. Esta jurista se pregunta si estamos ante un  cambio real de criterio del Supremo ante el abuso de la temporalidad. También cree que la reforma legislativa ahora seria adecuada

Habrá que ver la aplicación práctica

Para Gerardo Perez, abogado experto en derecho constitucional que vimos como ponente junto a Francisco Javier Ramón en la Asamblea de ANSITI .

 “Esta sentencia es un antes y un después de todo lo que habíamos conocido de esta Sala Social del Supremo.  Nos olvidamos del indefinido no fijo y hablamos claramente de abuso y compensación. Hay que verlo como un avance, sin duda. Aquí los problemas son que la Sala Tercera del Supremo por los autos que hemos visto suyos recientes, este tema no va con ellos y que habría que ver cómo se termina ejecutando esta nueva doctrina, Habrá más litigiosidad, quien quiera lograr una indemnización o ser fijo como dice el Supremo tendrá que ir a los tribunales. Creo que sería el momento que el Gobierno aprobara una normativa para gestionar este asunto”.

A juicio de este jurista “ yo me alineo más con el voto particular cuando habla de que, la solución de la fijeza no tendría que estar,  con ese condicionamiento al  haber superado un proceso selectivo sin plaza. Lo  argumenta de una manera, más allá de que la argumentación me parezca más o menos, la conclusión a la que llega el voto particular en relación a la fijeza, pues me parece más correcto con la que llega la sala mayoritaria. Es la primera vez que tenemos una sentencia del Supremo que da la fijeza a un trabajado en abuso, porque había superado un proceso selectivo sin plaza2.

Respecto a las indemnizaciones, parece que no valen las de la ley 20/2021 que aprobó Iceta hace cinco años y que suponían 20 días por doce mensualidades, algo que no repara ese abuso en fraude de ley “Deben ser más elevadas, ahora se habla de la indemnización por ese fraude que es distinta a la del cese. Incluso apela a la LISOS, ley laboral para cuantificar esos daños morales. La sentencia es un avance. Esperemos que reaccionen de la misma manera los órganos jurisdiccionales del orden social y de alguna forma contagien al contencioso que de momento está al margen de Obadal, como han indicado en un auto reciente de la Sala Tercera del Supremo”.

Nuestro interlocutor vuelve a hablar de una reforma legislativa, que él personalmente preparó en un documento para el colectivo de interinos y que nuestro medio informativo se hizo eco de ello. “Tenemos un problema cada vez más complejo que va a judicializarse mas y un requerimiento que hizo la Comisión Europea el pasado 29 de abril con un plazo para resolver el tema, so pena de llevar el asunto al TJUE. Esa reforma legislativa es necesaria. Confiemos que de alguna manera, esta situación actual, de alguna manera empuje e impulse , aunque sea a regañadientes, pero lo haga con una reforma legislativa, que ahora es muy necesaria”.