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  • El Instituto Nacional de la Seguridad Social recurrió la sentencia del Juzgado de lo Social quien nos había reconocido una Incapacidad Permanente Absoluta, sin embargo, el alto tribunal nos dio la razón.
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La trabajadora de 39 años, representada por el centro médico jurídico www.tribunalmedico.com, había solicitado el reconocimiento de la Incapacidad Permanente en grado de absoluta por no poder desarrollar tanto su actividad laboral habitual, como auxiliar administrativa, como ninguna otra actividad laboral a causa de las limitaciones que sus patologías le ocasionaban.

La trabajadora sufre de síndrome miofascial de musculatura pélvica (a causa de mioma pediculado de 41mm) en contexto de endometriosis, que aun habiendo sido tratado farmacológicamente e, incluso, habiéndose realizado infiltraciones en la clínica del dolor, no se obtuvo mejoría teniendo que utilizar bastones para la marcha. Como es habitual en los pacientes que no obtienen mejoría de las limitaciones ni del dolor, aún bajo tratamiento, se ve agravado su cuadro clínico por la aparición y padecimiento de depresión, en este caso diagnosticada como depresión ansiosa severa.

El Inss resolvió denegando la Incapacidad Permanente alegando que las limitaciones que padecía la trabajadora no alcanzaban ningún grado equivalente a Incapacidad Permanente. Nuestros profesionales quienes, previamente a iniciar solicitud habían realizado una valoración médica a la trabajadora, sostenían que si tenía derecho a una Incapacidad Permanente en grado de absoluta. En consecuencia, ante dicha resolución nuestros profesionales interpusieron demanda.

El Juzgado de lo Social Nº2 de Barcelona, aceptada la demanda interpuesta por la trabajadora contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, declaró a la misma en situación de Incapacidad Permanente en grado de absoluta. Contra dicha resolución el Inss presentó recurso de suplicación elevando el caso al alto Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

El alto tribunal resolvió desestimar íntegramente el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº2 de Barcelona dándonos la razón, sentando jurisprudencia y declarando a la trabajadora en situación de Incapacidad Permanente Absoluta. 

 




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