El pasado 11 de marzo el BOE publicó el Real Decreto 106/2018 de 9 de marzo (versión consolidada) por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (versión consolidada). Este plan aporta importantes novedades como la posibilidad de obtener subvenciones para rehabilitar unifamiliares e interiores de pisos. Como en anteriores planes el objeto de la rehabilitación debe ser conservación, mejora de la accesibilidad y eficiencia energética.
En 2017 se rehabilitaron 1,5 millones de viviendas. Un 2,3% más que en 2016. Con las condiciones de este nuevo plan podrían acogerse al mismo 17,5 millones de viviendas.
Repasemos mediante la siguiente tabla el alcance y novedades de este importante y esperado plan. España cuenta con un parque de viviendas bastante envejecido. Pese el boom inmobiliario más del 50% de las viviendas tiene más de 45 años. Además durante muchos años los edificios construidos se hacían con una calidad muy baja y los españoles dedican al mantenimiento de sus viviendas menos dinero que para el mantenimiento de los vehículos.
|
Dotación |
|
•1.443 millones de euros (para todo el plan, no solo rehabilitación). Un 64% más que el plan anterior. •El reparto por años es de 350 millones para 2018, 357 millones para 2019, 364 millones para 2020 y 372 millones para 2021. •Las ayudas están sobre todo enfocadas a jóvenes -muy en especial de zonas rurales-, mayores de 65 años, personas con discapacidad y familias numerosas. •Para 2018, se mantiene el criterio de cofinanciación de las comunidades autónomas que en el Plan Estatal de Vivienda anterior. •Para 2019, 2020 y 2021, por cada 100 euros estatales, 70 se condicionan a la cofinanciación de 10 euros autonómicos y los 30 restantes se condicionan a la cofinanciación de otros 20 euros autonómicos. •El Gobierno prevé que, entre su aportación y la inversión privada que se dinamice, el plan mueva más 4.000 millones de euros y genere más 60.000 puestos de trabajo. |
|
Entrada en vigor |
|
•Las ayudas se aplican con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2018. •Las CCAA deben suscribirlo en dos-tres meses, por lo que las ayudas se podrán pedir a partir de junio. |
|
Obras subvencionables |
|
•Conservación, Seguridad, Accesibilidad: lo que incluye, por ejemplo, arreglo de fachadas, tejados, cimientos, infraestructuras como fontanería, ascensores, rampas, video porteros, rehabilitación de baños, cocinas, etc. •Mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad: sistemas de calefacción o refrigeración, agua caliente sanitaria, ventanas, envolventes de la fachada del edificio para aislamiento térmico y acústico, puntos de recarga de vehículos eléctricos, etc. |
|
Propiedades subvencionables |
|
•Zonas comunes de edificios (exteriores e interiores). •Pisos individuales (exteriores e interiores). •Viviendas unifamiliares (aisladas o agrupadas). |
|
Fecha de construcción |
|
Anteriores a 1996 (antes era antes de 1981). |
|
Tipo de uso |
|
Se abre la posibilidad de rehabilitar no solo viviendas que sean domicilio habitual sino también segundas residencias, alquileres vacacionales e incluso pisos vacíos. El 50% de las ayudas están reservadas a viviendas que sean domicilio habitual. En el plan anterior esa reserva era del 70%. |
|
Cuantía de las ayudas |
|
La cuantía depende del tipo de inmueble a rehabilitar. •Vivienda unifamiliar: el máximo que se puede recibir son 12.000€ o el 40% de la inversión •Pisos: se podrá recibir un límite de 8.000€ •Edificios de viviendas: 8.000€ por vivienda como máximo y no podrá superar el 40% de la inversión (en el anterior plan el 35%). •Locales comerciales: 80€ por metro cuadrado de local comercial. •Inmuebles declarados Bien de Interés Cultural (BIC) tanto viviendas unifamiliares como edificios de viviendas podrán recibir 1.000€ más por vivienda y 10 euros más por metro cuadrado en los locales de uso comercial. • 75% de la inversión si hay residentes con movilidad reducida o mayores de 65 años. • 75% de la inversión si el beneficiario tiene ingresos inferiores a tres veces el IPREM (salario mínimo). • 60% si la reforma incluye obras de accesibilidad. |
|
Plazos de ejecución |
|
•Los plazos máximos para realizar las obras son de entre 12 y 18 meses desde que se concede la licencia municipal. •Para unifamiliares, por ejemplo, es 1 año. Para edificios que tengan más de 40 viviendas, el límite es año y medio. |
