- La Guerra de Irán puede perjudicar más a los consumidores. Ocho de cada diez no llegan a fin de mes y hay más consumidores vulnerables en estos momentos
Con motivo de la celebración este domingo 15 de marzo del Día Mundial de los Derechos de las Personas Consumidoras, entidades como el Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU); asociaciones como la Asociacion Española de Consumidores (ASESCON) y juristas y Carlos Zarco, presidente de la sección de Consumo del iCALI de Alicante muestran su preocupación ante l entorno actual marcado por la subida de precios sin freno y el retraso normativo en algunas normas consumeristas.
Para estos profesionales y entidades, el retraso en el desarrollo y aplicación de diferentes normas que considera fundamentales para la protección de la ciudadanía. Según estos expertos creen que son necesarias para garantizar la protección de la ciudadanía frente a las prácticas comerciales desleales.
El CCU, presidido por la jurista Ana Caballero desde mayo del 2024, cuenta con la representación e nueve asociaciones de consumidores, valora positivamente la aprobación en 2025 de la tan esperada Ley de Servicios de Atención a la Clientela, pero recuerda que siguen pendientes el desarrollo de la regulación de facilite la interposición de Acciones Colectivas por parte de los consumidores; la creación de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero; la Ley de Consumo Sostenible y otras normas destinadas a garantizar la protección de los usuarios en el entorno digital.
Este organismo consultivo del Ministro de Consumo menciona positivamente la aprobación en 2025, y tras 14 años de espera, de la Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela, que debe propiciar la puesta en marcha de unos servicios para la resolución de las quejas y consultas de los consumidores y usuarios accesibles, inclusivos y no discriminatorios. La Ley SAC: es el reconocimiento de algo tan básico como el derecho a ser atendidos en un plazo razonable y con garantías y un avance hacia un trato más cercano, claro y justo.

El CCU con Ana Caballero, presidenta y Pablo Bustinduy, ministro de Agenda 2030 y de Consumo en una reunión de trabajo (CCU)
La inflación es un problema
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Un experto como Carlos Zarco cree necesario que el Gobierno frene la escalada de precios porque la inflación resta poder adquisitivo a los consumidores (Imagen cedida) |
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Carlos Zarco, abogado experto en la materia y presidente de la Sección de Consumo en el ICALI de Alicante, distingue dos cuestiones relevantes ante esta efeméride, “urgen medidas de alivio a los consumidores ante esta situación de estas últimas semanas por la Guerra de Irán donde la inflación ha hecho crecer la cesta de la compra y otras cuestiones. Más del 60 por ciento de los consumidores son vulnerables tras la pandemia porque la subida de esos precios de bienes y servicios esenciales es continua, energía, alimentación, vivienda, transporte y servicios financieros porque ya se rumorea subida del Euribor, fruto de las subidas de los tipos de interés que haga el BCE para frenar la inflación”. Desde su punto de vista en esos temas se debería oír la voz del CCU porque la economía de los consumidores se está convirtiendo en un problema
En cuanto al medio y largo plazo, este experto en derecho de consumo que ha colaborado con la Europeo Consumen Network , en distintos estudios, donde se indica que en el 2023 España había subido a la cifra del 28% de familias vulnerables subraya la desidia y lentitud en las normas pendientes que afectan a los consumidores.
Recuerda que han sido necesarios catorce años para aprobar la Ley de Atención al Cliente “respecto anteproyecto de ley crédito al consumo que procede de una trasposición tardía de una directiva cuyo plazo concluyo en noviembre del 2025. La mayoría de los países tiene aprobada la ley. En nuestra normativa, debe aclararse que ese tope que se plantea es un 4% mensual, lo que supone un 48% de TAE anual. Es evidente que este proyecto de ley deja mucho margen a las entidades financieras”.
En este anteproyecto echa en falta algún tipo de sanción para aquellas entidades financieras que no hagan ese ejercicio de solvencia con aquellos consumidores a los que ofrezcan dichos préstamos. “En otros países de la UE, sí hay consecuencias contractuales por no hacer dicha supervisión como en el caso de Francia donde los prestamistas pierde todo derecho a cualquier tipo de interés o comisiones derivadas de ese contrato al no evaluar esa solvencia.. En este anteproyecto no se traspuesto lo que dice el articulo 36 de la directiva de la obligación de los Estados de antes del 26 de noviembre del 2026 un servicio de asesoramiento en deudas a las personas en sobreendeudamiento”.
El consumidor esta desprotegido
Por su parte Miguel Angel Ruiz, presidente de la Asociación Española de Consumidores, cree que hay poco que celebrar. “Pedimos soluciones a los graves problemas económicos que los consumidores y usuarios están sufriendo en la actualidad. Estamos hablando de diferentes frentes abiertos que van desde una cesta de la compra con unos incrementos de precios insostenibles para las economías de los consumidores, pasando por subidas muy importantes de los suministros básicos, en especial la electricidad o el gas y, terminando con una situación muy complicada para las viviendas en tanto que los consumidores cuentan con elevadísimos incrementos de los tipos de interés en las hipotecas o alquileres imposibles de pagar.
Para Ruiz, es cierto la parálisis legislativa que se detecta afecta al bolsillo de los consumidores todas estas complicaciones que ya han sido denunciadas en diferentes momentos por nuestra organización se agravan tras el inicio de la guerra de Irán sin que la UE ni el Gobierno de España estén generando tranquilidad ni estén ofreciendo soluciones a la ciudadanía. Echamos en falta una sensibilidad especial por parte de las administraciones pública, tanto desde la UE, Gobierno de España y CCAA hacia la protección del consumidor. No se le presta la atención adecuada pese a su importancia como agente económico y social en estos momentos”.
Dese esta asociación se nos insiste en que el concepto de consumidor vulnerable se ha ido ampliando considerablemente siendo una mayoría de consumidores los que nos señalan que tienen auténticos problemas para llegar a final de mes. “en España no existe una legislación que posibilite el resarcimiento del daño si hubo un incumplimiento. Los consumidores tienen que acudir a los tribunales como vimos con las cláusulas suelo y ahora vemos con las tarjetas revolving o phishing, con el gasto que ello conlleva tanto en tiempo como en dinero. Junto a ello hay otra cuestión que señalamos y es que es económicamente incumplir la normativa. Las sanciones son mínimas y no hay una disuasión para que las empresas incumplidoras no lo hagan”:

Miguel Angel Ruiz muestra su preocupación por la situación actual donde los derechos de los consumidores están siendo cercenados (ASESCON)
Normativa pendiente de aprobar
Los expertos consultados en este reportaje reconocen la necesidad de trasponer distintas directivas. Respecto a la futura Ley de Consumo sostenible, otra directiva que se debe trasponer integra la sostenibilidad ambiental como eje central, y el derecho a reparar bienes. La lucha contra prácticas comerciales desleales, el impulso del consumo consciente, la promoción de la reparación de bienes y la información clara, fiable y verificable sobre las características ambientales de productos y servicios, serán el pilar fundamental de esta norma. “Es algo esencial para evitar la obsolescencia programada, el fomento de la economía circular y el incremento de la garantía de dos tres años en bienes de consumo”.
Otra de las reivindicaciones de los consumidores es lograr la incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva (UE) 2020/1828, del Parlamento Europeo, de 25 de noviembre de 2020 relativa a las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores. Regularía las acciones colectivas, lo que permitiría, a las asociaciones de consumidores representativas, solicitar medidas de cesación y prohibición de las prácticas infractoras cuando afecten a un amplio número de usuarios, sin necesidad de que cada perjudicado manifieste su voluntad de estar representado por ellas y sin que la entidad habilitada tenga la obligación de demostrar la pérdida o daño concreto para cada consumidor individualmente considerado.
Desde el CCU se observa con preocupación el retraso en la puesta en marcha de la Ley de creación de Autoridad administrativa independiente de Defensa del Cliente Financiero, una figura clave en la resolución de conflictos entre esos clientes y los agentes económicos, y que tras décadas de espera se encuentra atascada como proyecto de Ley, a falta de su aprobación final, en el Congreso de los Diputados.
Esta norma agilizaría las reclamaciones de los usuarios. Las personas consumidoras y usuarias no cuentan en estos momentos con vías de reclamación efectivas en el ámbito financiero: las resoluciones del Banco de España, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones no son vinculantes, y las entidades financieras no se adhieren a mecanismos de resolución alternativa de conflictos (ADR).
Por último, desde ese organismo se echa de menos la protección de los consumidores en el entorno digital La entrada en vigor del Reglamento europeo de Servicios Digitales (Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022 relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE) ha supuesto un paso importante para la defensa de las personas consumidoras en el entorno online, Esta defensa de las personas consumidoras y usuarias se ve completada por otros reglamentos recientes, como el de Mercados Digitales, el de Libertad de Medios y el relativo a la regulación de la Inteligencia Artificial.
El Consejo de Consumidores y Usuarios espera que a la mayor brevedad pueda dotar de atribuciones en este ámbito al regulador designado como coordinador de servicios digitales, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, al igual que ocurre ya con sus homólogos en los diferentes Estados miembros y a nivel europeo. En este normativa la figura de los alertadores fiables” contemplados en el Reglamento. Se trata de una figura pensada para entidades que puedan actuar de manera más rápida y eficaz contra los contenidos ilícitos difundidos por los prestadores de plataformas en línea, ya que sus notificaciones serán tratadas de forma prioritaria.