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  • Poner decoración en zonas comunes que entorpezcan el paso, hacer uso de espacios comunitarios abiertos para celebrar la Navidad o poner la música muy alta no son alternativas legales para unas navidades en pandemia.

A estas alturas ya todos sabemos que estamos ante unas navidades diferentes a lo que estamos acostumbrados. En apenas unos días las celebraciones que antes llenaban las mesas de los hogares españoles tendrán un número limitado de comensales y además otras muchas tradiciones de estas fechas tan especiales cambiarán, al menos por este año.

La necesidad de guardar la distancia, de permanecer con mascarilla en los espacios cerrados, el no poder dar besos y abrazos, el querer decorar la casa de un modo más especial hará posiblemente que el ingenio se desarrolle más que nunca, pero no por ello podemos obviar una serie de aspectos legales que nos limitarán a la hora de que cosas podemos hacer o no.

Desde Legálitas recuerdan los límites de estas celebraciones tan particulares marcadas por el coronavirus.

¿Puedo organizar una cena privada en un espacio abierto de zona de uso común de mi urbanización?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que cuando hablamos de elementos comunes esenciales, no cabe plantearse su propiedad privada. Es posible, no obstante, que los estatutos permitan un aprovechamiento especial de ellos en beneficio de algún propietario, siempre que así lo haya autorizado la Comunidad de propietarios tras la solicitud de un vecino.

Como norma general la celebración de acciones privadas en zonas comunes supone un uso indebido de las mismas, ya que no se puede utilizar recintos comunitarios para la celebración de fiestas de índole personal salvo que los propios estatutos de la comunidad recojan la autorización de estas, algo que no suele ser habitual.

Si nuestro vecino organiza fiestas en una zona común, como la azotea o el jardín de la comunidad podemos denunciarlo por encontrarnos ante un uso indebido de los elementos comunes de la finca, salvo que, con carácter previo, hubiera obtenido permiso de la comunidad a través de la Junta o que este uso esté autorizado en los propios estatutos.

En definitiva, hablamos de un espacio comunitario, que se rige según lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal, que en su artículo 9 dice que son obligaciones de cada propietario “Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos”.

¿Puedo poner luces navideñas por la fachada?

Muchos hogares se están llenando este año de decoración como nunca. No hay que olvidar que ese espíritu navideño tiene unos límites y que durante estas últimas semanas son muchas las personas que han hecho de sus ventanas y balcones un verdadero despliegue navideño, algunos incluso de puertas para fuera en descansillos o portales: luces de colores, colocando adornos de gran tamaño en el pasillo, instalando un belén gigante en el portal, etc.

Lo más recomendable es ponerse de acuerdo de antemano en la Junta de Vecinos correspondiente. Por mucho que sea Navidad, los adornos navideños deben ser seguros, no obstruir el paso en las zonas comunes, ni ir contra la armonía de la fachada, como recoge la Ley de Propiedad Horizontal.

Es importante tener presente también que aquellos propietarios que tienen pisos bajos y disponen de patio o jardín y también para los áticos que disponen de una terraza amplia no pueden hacer lo que quieran si esto afecta a la comunidad en general a nivel estético o de seguridad.

Además, es muy importante tener en cuenta la seguridad de estos productos por eso debemos prestar especial atención a la decoración lumínica que usamos. Por motivos de seguridad, no es conveniente comprar el alumbrado navideño en cualquier lugar, ya que estamos tratando con artículos de electricidad. Es fundamental que las luces contengan el marcado CE, que indica que cumplen la normativa europea. Ningún producto importado de países exteriores a la Unión Europea puede entrar a Europa si no cumple la normativa de seguridad y las condiciones técnicas. No obstante, existen falsificaciones en los etiquetados, y en concreto a la hora de indicar el marcado CE. Por ello, recordemos adquirirlo en un establecimiento de confianza.

¿Puedo poner los villancicos a todo volumen?

El ruido entre vecinos es una de las quejas más habituales durante todo el año, y los meses de confinamiento que obliga a pasar más tiempo en nuestras casas ha incrementado si cabe aún más esta problemática.

Ahora que llegan las navidades son muchos los hogares que se llenan de música, y aunque en estas fechas se suele ser más flexible con los vecinos ruidosos hay que recordar que no todo vale solo por estar en Navidad o en celebraciones de Fin de Año.

En caso de encontrarse en una repetida situación de ruido constante lo mejor es tratar de solucionarlo de manera amistosa, hablando con el vecino en cuestión. Si esta conversación no llega a buen puerto lo mejor que podemos hacer es poner los hechos en conocimiento del presidente de la comunidad de propietarios, para que requiera de forma oficial que el vecino disminuya los ruidos en estas fiestas.

Otra alternativa es llamar a la policía local, para que, con un sonómetro, midan los niveles de ruido y comprueben si están sobrepasando los decibelios permitidos en cada comunidad autónoma, y abrir un expediente sancionador contra la persona infractora. 

En el caso en que los problemas de ruido vengan provocados por alguna fiesta clandestina organizada en un local de ocio o restauración, serán los ayuntamientos los organismos competentes para controlar este tipo de contaminación acústica imponiendo medidas para eliminar las molestias y sancionando a los establecimientos que incumplan la normativa vigente en esta materia.




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