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Pamplona, 2 feb (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha revocado la condena de 6 años de prisión impuesta en octubre por la Audiencia Provincial a un joven que supuestamente abusó sexualmente en un piso de Pamplona de una amiga suya que estaba en estado de inconsciencia por la ingestión de bebidas alcohólicas o de alguna sustancia desconocida.

En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN estima el recurso de la defensa y absuelve al procesado, actualmente de 25 años y originario como la víctima de un país del sudeste asiático, al entender que el testimonio de la denunciante “no despeja las dudas” sobre si tuvieron una relación sexual sin consentimiento.

“Con la absolución del acusado por esta causa, la Sala no está declarando falsa la denuncia formulada contra él, ni probada su inocencia, sino sólo improbada la acusación”, destaca el Tribunal.

En la sentencia se señala que el 1 de abril de 2022 la víctima, que entonces tenía 18 años y estaba en Pamplona cursando estudios universitarios, acudió con un grupo de amigas a una fiesta en un piso de estudiantes, “en donde consumió bebidas alcohólicas con moderación”.

Sobre las 0:30 horas del día 2, se trasladaron a una discoteca donde pidió un combinado y después un chupito con una amiga. Después de eso, según recoge la sentencia, no se acuerda de nada de lo que sucedió a continuación hasta las 12:00 horas de la mañana.

Durante el tiempo que estuvieron en la discoteca ambos, el procesado bailó con la denunciante “de manera insinuante e invadiendo su espacio, y ella lo hacía de forma extraña, encontrándose muy embriagada por la ingestión de bebidas alcohólicas”.

Sobre las 4:00 horas, en el exterior de la discoteca, una amiga de la víctima les vio salir a los dos. Le pareció que la denunciante “estaba muy borracha y presentaba dificultades para caminar”. A pesar de dicho estado, el acusado decidió llevarla a su casa.

La mujer se despertó sobre las 12:00 horas en la cama del inculpado, junto a él. Ambos estaban desnudos y ella no recordaba absolutamente nada de lo sucedido. Según considera probado la Sala, permanecieron en la habitación un largo rato hablando sobre lo sucedido y sobre otros recuerdos de su infancia. En el curso de esa conversación, mantuvieron “consciente y voluntariamente una relación sexual”.

Tras abandonar el piso, esa tarde la joven llamó a su hermano y a una prima para lo contarles lo sucedido. Fueron ellos los que le dijeron que lo que le había pasado era que la habían violado.

El pasado octubre, la Sección Primera de la Audiencia de Navarra condenó al inculpado a 6 años de prisión como autor de un delito de abuso sexual con acceso carnal. Establecía que, una vez cumplida la mitad de la pena, sería expulsado de España, a donde no podría regresar en 7 años.

El TSJN, que ha estimado el recurso presentado por la defensa, sostiene que "no parece corresponderse" con un abuso sexual aprovechando la inconsciencia de la víctima la conducta de la misma en las horas siguientes a su despertar.

Al respecto, los magistrados subrayan que no está en cuestión la credibilidad de la denunciante, sino "la solidez, consistencia y suficiencia de la prueba de cargo" conformada por su relato de los hechos y otros indicios.

“Con la absolución del acusado por esta causa, la Sala no está declarando falsa la denuncia formulada contra él, ni probada su inocencia, sino sólo improbada la acusación”, concluyen los magistrados.




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