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Creadores ante el Ministerio de Educación reivindican el derecho a seguir creando tras la jubilación

  • Profesionales del sector legal como Rosalina Díaz y Enrique Pascual ven anacrónica esta medida de impedir que el jubilado reciba derechos de autor
  • Mal lo tienen nuestros creadores jubilados en nuestro país para percibir derechos de autor. Desde el 2013 una ley prohíbe que esos derechos se compaginen con la pensión que les corresponde.
  • En este debate abierto, diferentes entidades como CEDRO, SGAE, ACE, VEGAP y la AELC han puesto en marcha “Seguir creando” para romper esta tendencia. 
  • Estas organizaciones consideran que esta medida es injusta y está causando “graves perjuicios” a la cultura porque se nos está privando del talento de los creadores con más experiencia. 

El objetivo es equipar la legislación española a la de otros países de la Unión Europea, en los que jubilación y creación son actividades compatibles al entender que su aportación contribuye a enriquecer el acervo cultural de una sociedad. Al mismo tiempo, profesionales como Rosalina Díaz, presidente de la Asociación de Editores de Madrid, vicepresidenta de la Federación de Gremios de Editores de España y presidente de la Fundación Wolters Kluwer y Enrique Pascual, director de librerías de Marcial Pons, ven esa medida anacrónica.

#Seguircreando

Desde “Seguir creando”,  se pretende poner en marcha diferentes actividades y actos reivindicativos para frenar esta ola de inspecciones en marcha a los propios creadores. Estos profesionales quieren seguir trabajando de forma remunerada durante su jubilación por su aportación especial a la sociedad. Las medidas que reclaman tienen que ver con la suspensión de las inspecciones ya abiertas y paralizar los actuales procesos puestos en marcha por el Gobierno contra algunos autores. Eso supondría, modificar la actual legislación que regula la materia (RDL 5/2013, Reglamento IRPF, etc… y diseñar una nueva normativa que recogiera las particularidades de los creadores y la salvaguarda de sus derechos. Todos estos objetivos ya se están empezando a darse a conocer en redes sociales con la etiqueta o hastag #seguircreando. Actualmente, la Seguridad Social penaliza a los autores de mayor edad.

Hasta ahora, las entidades que han suscrito el Manifiesto que se encuentra en dicha página web son: Visual Entidad de Gestión de Ar​tistas Plásticos (VEGAP); Sociedad General de Autores y Editores (SGAE); Asociación Colegial de Escritores de España (ACE); Plataforma en Defensa de la Cultura; Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO); Federación de Músicos Asociados (FEMA); Foro de Asociaciones de Guionistas de Audiovisual (FAGA); Asociación estatal de compositores para el audiovisual. (MUSIMAGEN); Asociación de Autores Literarios de Medios Audiovisuales (ALMA); Federación de Compañías de Danza (FECED); Junta de Autores de Música (JAM); Asociación de Grupos de Música Antigua (GEMA); Associació d’Escriptors en llengua catalana (AELC); Asociación de Autores Científico-Técnicos y Académicos (ACTA); Asociación de Traductores, Correctores e Intérpretes de Lengua Vasca (EIZIE); Asociación de Escritores en Lingua Galega (AELG). Euskal Idazleen Elkartea (EIE).​

 Hablan los profesionales

En opinión de Rosalina Diaz, recientemente reelegida presidente de la Asociación de Editores de Madrid, vicepresidenta de la Federación de Gremios de Editores de España y presidente de la Fundación Wolters Kluwer: ”el problema que ha surgido por las inspecciones que se están realizando sobre quienes reciben derechos de autor  al mismo tiempo que su pensión de jubilación, ha alarmado  a todo el mundo de la creación literaria. “

Desde su punto de vista “No resulta razonable la incompatibilidad entre la pensión de jubilación y la percepción de ingresos derivados de una actividad de creación intelectual.  Estos últimos son ingresos dependientes del éxito que una obra pueda tener, y obligar a una persona a escoger entre la seguridad de una pensión o la incertidumbre de lo que obtendrá por una obra literaria, por ejemplo, puede hacer que el autor que en los años de la jubilación puede estar en su mejor momento creativo  (por la acumulación de conocimientos, experiencias y reflexión) prefiera no crear nada, antes que renunciar a su seguridad, su pensión, ganada tras muchos año de cotización.”

Para Díaz “Por otro lado, ha resultado una sorpresa encontrarse con inspecciones y multas desconociendo el cambio legal en 2011 y su aplicación reglamentaria. Como en estos momentos no parece posible cambiar rápidamente la legislación en la materia, lo más rápido y eficaz sería una circular interpretativa dirigida a la Inspección, para que se aborde el tema de la incompatibilidad de una manera lógica: no puede entenderse que recibir derechos de autor pueda ser incompatible con la jubilación, igual que no lo es recibir dividendos o el pago de alquileres.”

Por su parte, Enrique Pascual, director de Librerías en Marcial Pons recuerda que “como miembros de CEDRO que somos, los editores jurídicos formamos parte también de la plataforma que se ha creado para tratar de cambiar la legislación que impide a los creadores jubilados percibir junto con su pensión unos derechos de autor superiores al salario mínimo interprofesional.“ 

Para este profesional, “La creación intelectual no tiene edad. Cualquier remuneración de los Derechos de autor que se produzca después de la jubilación debe ser considerada rendimiento del trabajo y tributar como tal, sin límite alguno. La mayor parte de los artistas y creadores que perciben Derechos de autor una vez jubilados, lo hacen porque como actividad profesional han tenido una distinta a la de artista o creador, normalmente vinculada a la docencia.”

A juicio de Pascual, “Un país que obliga a los creadores a elegir entre su pensión (exigua en muchos casos) y la posible retribución a su trabajo artístico o intelectual que en muchos casos se produjo en años anteriores a su jubilación, es un país que desincentiva la creación y la generación cultural. Imaginemos que a Einstein le hubieran hecho en su día elegir entre su pensión como funcionario de una oficina de patentes y los derechos que podría percibir por la venta de sus libros.“

 

 




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