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La acumulación de penas es el mecanismo que fija un límite máximo al cumplimiento cuando una persona ha sido condenada por varios delitos. En lugar de cumplir la suma aritmética de todas las penas, el penado cumple hasta un tope legal. Se regula en el artículo 76 del Código Penal.

No se trata de un beneficio gracioso, sino de una regla de proporcionalidad: el ordenamiento impide que la suma de condenas se convierta, de hecho, en una pena desmedida.

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