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  • La Sala entiende que debe aplicarse el principio “in dubio pro reo”

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL ha estimado el recurso de apelación planteado por la defensa de un hombre y ha revocado la resolución de la Audiencia Provincial de León que le condenó a la pena de 6 años de prisión como autor de un delito de agresión sexual.

El TSJCyL considera que la declaración de la víctima no logra superar el examen del parámetro de la credibilidad objetiva, es decir, de su verosimilitud.

Tras una valoración de todas las pruebas practicadas, subsisten importantes dudas acerca de la realidad o veracidad de las imputaciones, constatándose la ausencia de verdaderos elementos objetivos que corroboren dicha versión.

Tales dudas son de la suficiente entidad para imponer la aplicación del principio “in dubio pro reo”, es decir, “en caso de duda, a favor del reo”.

La Sala entiende que no se ha logrado desvirtuar eficazmente la presunción de inocencia y por tanto es obligado absolver al acusado.




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